jueves 18 abril 2024

Transparencia: caminos de regreso

por Ernesto Villanueva

Me dio gusto que el Presidente electo, Enrique Peña Nieto, hubiera puesto sobre la agenda el tema de transparencia. Lo que resultó al final del día, empero, fue un proyecto de iniciativa de reforma constitucional que no resiste el menor análisis lógico. Y, por supuesto, nadie en su sano juicio puede compartir porque de manera clara se busca hacer del tema un medio para fortalecer la figura presidencial a costa del derecho a saber. En esta entrega para etcétera y aprovechando la hospitalidad de Marco Levario amplío los puntos de vista que he externado en Proceso (edición 1876 del 14 de octubre de 2012) y someto al debate público diez pasos que advierto como un camino de regreso en la protección de este novel derecho. Veamos por qué afirmo lo anterior.

Primero. El derecho de acceso a la información pública, o más sintéticamente, la transparencia, genera un discurso políticamente correcto. Sería un suicidio político estar en contra públicamente. Lo que se busca con el proyecto de reforma constitucional de EPN es simular que se avanza en la protección del derecho para reducir los espacios de decisión. De 33 que existen ahora a uno, el del Presidente de la República, sin que esta transformación vaya acompañada de garantías a favor del bien jurídico protegido, la información pública. Me parece una ofensa a la inteligencia de este país que un proyecto de tal naturaleza pudiera convertirse en norma constitucional en sus términos. No lo creo probable, pero es posible. Lo es más si nadie dice nada y deja que los asuntos públicos se decidan al margen de la comunidad aprovechando los débiles tejidos de socialización de conocimiento y la deficitaria cultura cívica que afecta a México. He señalado, y así lo creo, que el proyecto de iniciativa se maquiló de manera artesanal, carece de un hilo conductor sólido entre la exposición de motivos y el contenido de la reforma. Se dice defender el federalismo para justificar el centralismo. Pone de relieve el lugar común y la retórica sobre argumentos técnico jurídicos. Es entendible que hay momentos en que a lo injustificable resulta difícil de imprimirle un tinte de verosimilitud. Al menos hubiera sido agradecible un mayor esfuerzo por generar argumentos para defender semejante proyecto.

Segundo. El proyecto en cuestión es, de entrada, reglamentista; es decir, no establece los aspectos básicos, sino que es prolijo en desarrollar aspectos que ponen de relieve el conspicuo desconocimiento de su autor o autores sobre el tema objeto de reforma. Como es lógico a mayor desarrollo mayor evidencia de que el proyecto entraña una gran simulación. En el marco del derecho comparado sólo la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha optado por este método de hacer de la Carta Magna un reglamento más por fines de filigrana discursiva que por razones técnicas.

Tercero. El proyecto de iniciativa propone la reforma del artículo 6º constitucional para el cual establece de entrada en su apartado b) que “El Estado contará con un organismo especializado e imparcial, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho al acceso a la información pública y la protección de datos personales…” La impericia de los asesores de EPN no sabe diferenciar los conceptos de órgano y el de organismo. De plano hizo trizas la doctrina del derecho administrativo más reconocida. El primero generalmente tiene mayores espacios de independencia y el segundo existe en función de una secretaría que coordina un sector. Al mismo tiempo hecha por la borda a los órganos garantes previstos en el constitucionalismo local. En el colmo de los absurdos conviven en el proyecto “órganos” “organismos” y “entidades” sin diferenciar uno de otro.

Cuarto. No se supo cómo procesar el cambio de 33 espacios de decisión a uno y de plano se optó por el camino de la aplanadora, y por ello mismo ayuno de razones, para acabar con el diseño actual. En la experiencia local se han dado avances en algunas entidades federativas como el Distrito Federal, Morelos, Chihuahua y Coahuila tan sólo por citar algunos ejemplos. Grave sería el impacto de la regresión si esta iniciativa que busca homologar a la baja el derecho a saber adquiere carta de naturalización en el texto constitucional.

Quinto. El citado proyecto propone también que: “El organismo garante tiene competencia para conocer de los asuntos relacionados con el acceso a la información pública y la protección de datos personales de cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo que forme parte de alguno de los poderes de la Unión, salvo aquellos que correspondan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en cuyo caso resolverá un Comité integrado por tres ministros. También conocerá de los recursos que interpongan los particulares respecto de las decisiones de los organismos especializados de los estados y el Distrito Federal, y podrá revisar cualquier otra resolución de esos organismos en los términos que establezca la Ley”. Esta propuesta admite varias lecturas, todas ellas ajenas al interés público: a) Control político sobre lo que es público y aquello que no lo es. No hay mejora alguna del sistema actual; antes bien, genera tres instancias posibles para ejercer el derecho a saber, recurso de revisión de órganos garantes de las entidades federativas o de los Poderes de la Unión, recurso ante el IFAI y el amparo. Se garantiza que, en el mejor de los casos, el acceso de a información pase de 90 días promedio a 120, lo que constriñe el derecho a saber; b) No hay justificación que permita un mínimo de razonabilidad en el proyecto porque se propone un sistema idéntico de diseño institucional que el que se busca reemplazar. ¿Cómo se puede argumentar que trasladando la decisión de qué es público y qué no lo es de la periferia al centro es mejor per se? Por sentido común una reforma debe implicar pasar de A a B no de A a A-. Aquí, sin embargo, el sentido común quedó ausente.

Sexto. El proyecto propone eliminar el principio de definitividad que se encuentra en la ley federal, en disposiciones constitucionales y en criterio reiterado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y lo hace mal disfrazado: “Las resoluciones del organismo garante son vinculatorias, definitivas e inatacables. De manera excepcional, el consejero jurídico del gobierno o los Presidentes de la Cámara de Senadores o la Cámara de Diputados o los titulares de los órganos constitucionales autónomos podrán interponer recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando exista una alta probabilidad de daño directo y trascendente a la seguridad nacional”. Como todos sabemos, en México, la excepción es la regla. Esta redacción deja en la indefensión a la sociedad por las razones siguientes: a) Elimina la definitividad al establecer el principio y al mismo tiempo sus excepciones. Sobra decir que hoy no hay excepción alguna; b) Introduce conceptos jurídicos indeterminados como “seguridad nacional”, “alta probabilidad”, etcétera. Lo anterior generaría que el derecho a saber esté sujeto a una interpretación casuística y se tendría que contratar filólogos para desentrañar lo que se presenta como una excepción. Peor todavía, el diseño normativo previsto en la Ley de Seguridad Nacional genera más dudas que certezas. Baste decir que el artículo 5 de la ley de referencia ofrece 12 hipótesis como amenazas a la seguridad nacional, y en el artículo 6 de definiciones no se definen conceptos como inteligencia, contrainteligencia, entre otros. No se razona en la exposición de motivos por qué es mejor tener una definitividad a medias que una definitividad plena como hoy existe. Si se toca la Constitución hay que hacerlo para beneficio del interés público claramente motivado. Si el proyecto no lo hace es simple y sencillamente porque sus resortes retóricos no alcanzaron a defender lo indefendible. ¿Cómo, por ejemplo, se podría justificar que el derecho a la vida que en México no admite excepciones se pudiera modificar para que lo que se ha ganado por la fuerza de la civilidad se elimine? ¿Cómo podría, en otro caso, argumentarse para pasar de la prohibición de la esclavitud a la creación de excepciones a este principio constitucional?

Séptimo. El proyecto propone que el artículo 6º constitucional disponga que: “El organismo garante se integra por siete comisionados, quienes serán nombrados por el Ejecutivo Federal. La Cámara de Senadores podrá objetar dichos nombramientos por mayoría…” Esta propuesta no tiene asideros doctrinales que la justifiquen toda vez que: a) El proyecto lo que hace es transformar el poder de decisión del derecho a saber de la periferia al centro, sin garantía alguna, como ya lo he señalado; b) Es posible advertir que si esta propuesta se convierte en norma jurídica en sus términos, lo que haría es consolidar la injerencia del Presidente de la República a costa de las influencias de los gobiernos locales. Esa búsqueda de recuperar espacios del Presidente, en este caso, lastima el derecho a saber

de los gobernados, y c) La conformación del “organismo” garante con 7 comisionados en lugar de 5 como está actualmente conformado no es motivo de explicación, justificación o defensa de idoneidad en la exposición de motivos. La cantidad jamás ha sido sinónimo de calidad. Lo que se puede deducir es que este diseño está animado por razones cortoplacistas para capturar al actual órgano garante por parte del Presidente de la República.

Octavo. El proyecto como la cereza del pastel introduce una chusca e infeliz expresión: “Toda autoridad y servidor público está obligado a prestar ayuda al organismo garante y a sus representantes para el buen desempeño de sus funciones”. Este enunciado no abona nada, es retórica pura y pone de relieve las leyendas de las “charolas” que por muchos años portaban servidores públicos o no, como escudos de protección ante la aplicación de la ley a lo largo y a lo ancho del país. No hay duda que el camino a la transparencia tiene grandes oportunidades de mejora, pero no es con un salto al pasado como se va a resolver este problema. En el nivel primario de la ciencia se encuentra lo que se denomina “ocurrencia”, que el diccionario de la RAE define como “Idea inesperada, pensamiento, dicho agudo u original que ocurre a la imaginación”, que es lo que presenta EPN como anuncio de lo que se advierte será su tónica de gobierno: recuperar espacios perdidos, en este caso a costa del derecho a saber.

Noveno. Mi propuesta de contenido es, por el contrario, la siguiente: a) No generar más pasos burocráticos entre la solicitud de información pública y el acceso a la misma; b) Garantizar independencia real del órgano que resuelve; c) Asegurar especialidad y conocimiento de quienes integren ese órgano; d) Mantener la amigabilidad del derecho de acceso a la información y e) Mantener el principio de definitividad en sus actuales términos. Es por lo anterior que insisto en que el IFAI debe transformarse en un tribunal especializado (como los tribunales agrarios) que mantenga la bi instancialidad del recurso de impugnación para evitar que la transparencia se convierta en apariencia. Estoy convencido de que los mecanismos de acceso, estabilidad, promoción y sanción deberían retomarse de los observados por el propio Poder Judicial de la Federación. O, en todo caso, otorgar esta atribución al PJF con jueces de derecho, especializados, independientes que retomen el principio de amigabilidad del derecho.

Décimo. Bien ha dicho Santayana que quien no conoce su pasado está condenado a repetirlo. Hoy el país asiste a un peligro que sería irresponsable no señalarlo. Esta primera incursión de Peña Nieto muestra un talante de simulación y regresión que en el mejor de los casos ofrece grandes oportunidades de mejora para reducir la denominada curva de aprendizaje. Sea como fuere, el país ha ido cambiando sin prisas pero sin pausas en donde por fortuna los contrapesos políticos y sociales están adquiriendo nutrientes para vivir. Corresponde a todos urgir a que los avances en el derecho a estar informado se mantengan y si hay reforma tenga cabida sí y sólo sí sea para ensanchar el derecho, no para restringirlo. No debería haber en esta materia ni en ninguna otra caminos de regreso. Si como sociedad no nos metemos en política bajo el cómodo argumento de que sean otros los que resuelvan el mundo, la política se habrá metido con nosotros.

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