jueves 28 marzo 2024

Lecciones de la precampaña

por Carlos A. Flores Vargas

Durante este proceso electoral federal, la etapa de precampaña, que ocurrió del 10 de enero al 18 de febrero del año en curso, constituyó un episodio sin luz ni sombra.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) establecen que este momento temporal está destinado para que los partidos políticos, sus militantes y precandidatos a cargos de elección popular realicen actos, incluida la propaganda, para obtener el respaldo y ser efectivamente postulados. Para ello, el Instituto Nacional Electoral (INE) dispuso todo lo necesario para que esta etapa tuviera lugar, es decir, puso la mesa para que los partidos políticos se sentaran, presentaran su oferta programática y elevaran el debate público con ideas y propuestas. Sin embargo, nada de eso ocurrió a nivel federal en lo que respecta a la radio y la televisión. Entonces ¿qué vimos durante esta etapa?, ¿qué lecciones pudimos aprender? Veamos solo tres de los elementos más significativos.

1. Banalización de la política. La república del spot reeditó su vigencia a partir del modelo de comunicación política y los ciudadanos atestiguamos mensajes breves, vacíos y llenos de recetas de texto de marketing político en donde los precandidatos nunca aparecieron. La autoridad electoral programó la difusión de promocionales en poco más de dos mil 30 canales de televisión y estaciones de radio de todo el país para que partidos políticos y autoridades electorales dispusieran de cerca de 9 millones de spots que en poco o nada alentaron el debate programático y la buena política, ¿a poco no?

Seguramente, por su naturaleza, la etapa de campaña elevará la propuesta y la crítica entre candidatos y gestión de gobiernos, pero por qué desperdiciar la precampaña frente al desencanto ciudadano y a la urgencia de propuestas para tantos asuntos prioritarios en el país. ¿No que quieren ser mi voz? En suma, aprendimos que el tiempo del Estado en radio y televisión durante la precampaña es subutilizado, valdría la pena repensar el modelo para buscar mejores formas de comunicación política.

2. La pantalla, el micrófono y el derecho a ser votado. Durante este periodo la postulación de candidatos a cargos de elección popular ha vuelto a poner en el centro del debate la posibilidad de que actores, comunicadores y hasta futbolistas (Lagrimita y Costel, Cuauhtémoc Blanco, Juan Osorio, Alejandro Camacho, María Rojo, etcétera.) refresquen la oferta mediática de los partidos políticos ante el desencanto ciudadano, sin que su ejercicio profesional viole alguna disposición electoral. En la genuina aspiración para que ciudadanos vinculados al mundo del espectáculo y el deporte, la pantalla y los reflectores compitan por un cargo y sean abanderados por diversas fuerzas políticas, es importante recordar en qué condiciones pueden o no entrar a la contienda.

En 2011, Marko Antonio Cortés Mendoza fue abanderado del PAN a la presidencia municipal de Morelia, Michoacán. Ya como precandidato a dicho cargo de elección, participó en espacios televisivos y radiofónicos emitiendo su opinión sobre diversos temas y este hecho generó inconformidad de sus adversarios debido a que, a juicio de éstos, la participación de Marko Cortés en la radio y la televisión fuera de los spots con los que contaba como parte de la prerrogativa del PAN para acceder a los tiempos del Estado, le daban ventaja y hacían inequitativa la contienda.

De aquel caso, el Instituto Federal Electoral (IFE) estableció un precedente en la resolución CG359/2011 que, luego de ser impugnado, fue confirmado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) mediante la sentencia SUP-RAP-548/2011. En una síntesis muy apretada, las autoridades electorales del país concluyeron que la calidad de precandidato a la presidencia municipal de Morelia en 2011 por parte del ciudadano Marko Antonio Cortés Mendoza, lo obligaba a aparecer exclusivamente en los tiempos del Estado a que tenía derecho su partido. Haber dado su opinión en un programa noticioso de cobertura en Michoacán, cuando ya había iniciado la etapa de precampaña implicó un violación a la normativa electoral y lo colocó en una posición de privilegio respecto del resto de los contendientes dentro de los procesos internos en los cuales participó e incluso, frente a los candidatos que compitieron junto con él por la alcaldía de la ciudad de Morelia, en virtud de que “tuvo una exposición pública a través de dichos medios de comunicación social, por encima del resto de los contendientes”.

Queda claro que quienes ostenten el carácter de analista, reportero, comentarista, en conjunción con los de precandidato o candidato, se encuentran imposibilitados para dedicarse al ejercicio de su profesión durante el tiempo que compiten por un cargo de elección y que la participación y opinión en espacios televisivos y radiofónicos son considerados una indebida adquisición de tiempo, toda vez que permiten al candidato “posicionarse” frente a la ciudadanía. La sobreinterpretación del modelo de comunicación política bien podría orillar a que actores, futbolistas y payasos queden en el mismo supuesto. Ya lo veremos en las próximas campañas.

 3.Un INE mediador en telecomunicaciones. A finales de 2014, el Comité de Radio y Televisión aprobó un acuerdo (INE/ACRT/20/2014) sobre retransmisión de señales para velar por las condiciones de equidad en la contienda, a través del diseño de una pauta especial para la televisión restringida satelital que evita que los spots de una elección local se transmitan a nivel nacional. En el marco de estas decisiones, los regulados (SKY y DISH) quedaron a expensas de un acuerdo con los concesionarios de la televisión radiodifundida para poder retransmitir sus señales.

Luego de diversas impugnaciones, el TEPJF resolvió que el cumplimiento de las pautas electorales para concesionarios de televisión restringida sí debe darse bajo el acuerdo con los concesionarios de televisión radiodifundida, pero con la mediación del Comité de Radio y Televisión del INE. De no lograr acuerdos, el INE deberá establecer lineamientos para que los regulados puedan cumplir y, si la transmisión de la pauta especial implica costos para concesionarios de televisión radiodifundida, éstos deberán ser cubiertos por la televisión restringida.

Del éxito de esta innovadora mesa de mediación obligada por el TEPJF dependerá que las pautas electorales sean correctamente difundidas y bajo una contienda equitativa, además de que se cumplan también complejas medidas en materia de telecomunicaciones. En caso de que la mediación no genere acuerdos, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debería acompañar técnicamente al INE para el análisis de costos y precios de la generación de señales. Posibilidades de solución hay varias y no todas dependen de precios, veremos qué resuelve el mediador. Aunque hay que agregar a la ecuación la reciente resolución del IFT que señala que Telmex habría concentrado a DISH lo que tiene efectos no menores en el ámbito de las telecomunicaciones, pues podrían llevar a la revocación de la concesión tanto de Telmex como de DISH. Por lo que el INE debe de tener cuidado hasta donde y cómo abordar este asunto para no sumar litigios interminables.

El análisis de esta importante etapa del proceso electoral nos deja estas lecciones y la expectativa de mayor debate y oferta programática en el marco de campañas competidas. Ya vendrá el momento de evaluación de esa etapa y de la reforma electoral 2014.

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