sábado 20 abril 2024

El perdón a las televisoras

por Jaime Hernández Gómez

El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), en sesión extraordinaria del 13 de febrero de 2009, desistió en sancionar a Televisa y TV Azteca por las conductas irregulares observadas en la transmisión de los promocionales políticos, en sus canales de transmisión abierta, los primeros 11 días de precampañas electorales en México.

La estrategia de las televisoras en contra de la aplicación de las leyes electorales ha representado un tema de debate en la opinión pública, por lo que resulta conveniente conocer en qué consiste el nuevo marco de comunicación política, cuáles fueron las conductas atípicas observadas, así como el procedimiento sancionador que al final terminó por excusar las acciones de dichos consorcios televisivos.

Precampañas y la aplicación del nuevo marco de comunicación política
A partir de 2009 se comenzaron a aplicar, en toda su amplitud, las reglas electorales derivadas de la reforma electoral de 2007-2008; una de las principales medidas fue la prohibición a los partidos políticos y a terceros de comprar publicidad electoral en la radio y la televisión, lo que derivó en la creación de nuevas reglas de acceso de las entidades partidistas a dichos medios de comunicación.

Entre las justificaciones del Congreso para la legislación de dicha medida se encuentra el monto significativo de recursos que los partidos destinaban a la contratación de publicidad en los medios electrónicos de comunicación. Tan sólo en 2006, erogaron mil 968 millones de pesos en dicho rubro, es decir, 56% de su gasto total durante las campañas.

Así, para la difusión de la publicidad política de los partidos y las autoridades electorales, se dispuso utilizar los denominados tiempos del Estado, que eran utilizados, hasta la reforma 2007-2008, preponderantemente para la difusión de la publicidad del gobierno.

La reforma efectuó la modificación del uso de dichos tiempos. Así, con base en el artículo 41 de la Constitución: A partir del inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral quedarán a disposición del Instituto Federal Electoral cuarenta y ocho minutos diarios, que serán distribuidos en dos y hasta tres minutos por cada hora de transmisión [de las 6 a las 24 horas] en cada estación de radio y canal de televisión.

Las precampañas electorales comenzaron el 31 de enero y los promocionales políticos fueron estandarizados con una duración de 30 segundos, por lo que, a partir de la fecha indicada, todas las estaciones de radio y canales de televisión del país deben difundir diariamente 96 spots, de los cuales 60 corresponden al IFE y otras autoridades electorales y 36 a los partidos políticos.

Las conductas atípicas
Durante la transmisión de la publicidad electoral, del 31 de enero al 10 de febrero, se observaron las siguientes irregularidades: 1) la transmisión en paquete de los promocionales; 2) la duración de dicho empaquetamiento de tres a seis minutos; 3) la emisión de cortinillas antes y después de los promocionales; 4) la homologación de la difusión en todos los canales concesionados de dichas empresas, y 5) la emisión dentro de los programas deportivos.

Primero, la manera lógica de difundir los promocionales para los concesionarios de radio y televisión es distribuirlos en todos los espacios comerciales de programación a efecto de cumplir con los 2 o 3 minutos que les corresponden y así perjudicar en lo menos posible la comercialización de sus espacios, sin embargo, las televisoras decidieron acumularlos y difundirlos en un solo bloque.

Segundo, en algunas horas los bloques constituyeron no sólo dos o tres minutos sino cuatro o seis debido a que se difundieron en el momento exacto de cambio de hora, lo cual pudo generar agotamiento en el espectador, y por consiguiente, escaso impacto de los publicidad de los partidos políticos.

Tercero, ambas televisoras emitieron cortinillas que antecedían a los promocionales partidistas y de la autoridad electoral. Televisa indicaba: Los siguientes promocionales son ordenados por el IFE y serán transmitidos hasta el 5 de julio. Por su parte, TV Azteca mencionaba: Lamentamos esta interrupción, su programación favorita se reanudará en tres minutos y después remata: Regresamos a su programa favorito.

Cuarto, la difusión de los spots fueron difundidos al mismo tiempo, con fracciones de milésimas de segundos de diferencia, en los canales 2, 4, 5 y 9 (concesiones de Televisa), y 7, 13 y 40 (concesiones de TV Azteca).

Quinto, lo que causó más polémica fue la transmisión de los promocionales políticos dentro de la barra de programación deportiva. Se interrumpió el juego del América contra el Morelia el 31 de enero, y la final del Super Bowl, efectuado el 1 de febrero.

Estas conductas fueron calificadas de atípicas por parte de algunos consejeros electorales como Virgilio Andrade, presidente de la Comisión de Radio y Televisión del IFE.

El procedimiento sancionador
Tanto en sus principales noticieros (preponderantemente TV Azteca) como en las mismas cortinillas que antecedían de la publicidad electoral, las televisoras responsabilizaron al IFE por la interrupción de los programas deportivos, enfatizando además, el número considerable de spots (23 millones) a los que se verán sometidos los ciudadanos durante el proceso electoral de este año.

En este sentido, el Instituto Electoral aclaró, en un desplegado emitido el 3 de febrero, que la decisión de agrupar los promocionales de los partidos políticos y autoridades electorales en un sólo bloque comercial, así como interrumpir programas deportivos o de entretenimiento para ofrecer al público la transmisión de dichos promocionales dentro de los mismos programas y no en bloques comerciales normales, ha sido adoptada exclusivamente por las televisoras y no por el Instituto Federal Electoral.

Ante las irregularidades presentadas, el IFE emitió el 3 de febrero la notificación a las televisoras para preguntarles sobre las causas de dichas irregularidades, respuestas que fueron entregadas 24 horas después. En sus argumentos mencionaban que no incurrían en ninguna conducta sancionable pues cumplieron con las leyes electorales vigentes.

La Secretaría Ejecutiva del Instituto fue la encargada de valorar la gravedad de las conductas observadas y proponer ante los integrantes del Consejo General del mismo IFE, un proyecto que contemplaba una sanción por más de 11 millones de pesos para las dos televisoras.

Entre los artículos que de acuerdo con la SecretarÍa Ejecutiva fueron violados, están el 350, incisos b, c y d, y el 75-1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe). Este último sólo por TV Azteca por no haber difundido los promocionales correspondientes al 1 de febrero, en su señal de televisión restringida a través de SKY.

El inciso de mayor polémica fue el siguiente: Constituyen infracciones al presente Código de los concesionarios o permisionarios (&) d) La manipulación o superposición de la propaganda o los programas de los partidos políticos con el fin de alterar o distorsionar su sentido original o distorsionar a las instituciones, a los propios partidos, o para calumniar a los candidatos. Consejeros como Leonardo Valdez, Virgilio Andrade y Alfredo Figueroa apoyaron el incumplimiento a este artículo por parte de las televisoras.

Sin embargo, para los demás consejeros y sumados los representantes del Partido Verde Ecologista de México, las conductas de Televisa y TV Azteca no violaron las normas electorales debido que no se podía demostrar la manipulación de los spots, y que mensajes de aclaración como las cortinillas son comunes. Como ejemplo mencionaron a los emitidos antes de los mensajes presidenciables en cadena nacional.

Al final, en votación cerrada (5 contra 4) se determinó aprobar la propuesta del consejero Marco Antonio Baños que señaló sobreseer el procedimiento sancionador debido a que desde el 11 de febrero, fecha en que se realizó un acuerdo entre el IFE y la Cámara de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT), se comenzó un proceso de corrección por parte de Televisa y TV Azteca.

Así culminó el primer enfrentamiento entre las dos cadenas principales de televisión y la autoridad electoral derivado de la aplicación del nuevo marco de comunicación política. No obstante, ya se perfila un nuevo litigio entre los mismos actores, debido que el 8 de febrero, durante la transmisión de algunos partidos de futbol, las cadenas televisivas no transmitieron los promocionales políticos correspondientes.

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