viernes 29 marzo 2024

El derecho a defender

por Fernando Batista Jiménez

Toda persona tiene el derecho, ya sea de manera individual o colectiva, de promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y libertades fundamentales en los planos nacional e internacional. Así lo dicta, en su artículo primero, la “Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones” de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos.

Las y los defensores de derechos humanos promueven y protegen a éstos; acompañan a personas, comunidades y grupos vulnerables y les ayudan a sistematizar sus denuncias, a plantear líneas de acción, a construir programas de trabajo. Al denunciar y combatir la impunidad, proteger los derechos de las víctimas y pugnar por la transparencia en los procedimientos judiciales, aportan en mucho al avance en ese ideal de igualdad y justicia al que todos aspiramos en México.

En nuestro país, son cada vez más constantes y mayores los riesgos a los que se enfrentan las y los defensores de los derechos humanos. En su labor cotidiana son víctimas de amenazas y agresiones diversas, que van desde una llamada telefónica, con el propósito de acallar su voz, hasta casos muy lamentables en que estas amenazas se tornan en realidad, lo que en muchas ocasiones deriva de la displicencia de las autoridades.

Tal es el caso que recientemente ha documentado el Ombudsman Nacional, Raúl Plascencia Villanueva, en su recomendación 54/2010, en la que pone en evidencia la grave omisión, de parte del gobierno de Chihuahua, para implementar medidas cautelares que la CNDH le solicitó en diversas ocasiones, a efecto de garantizar la integridad de una defensora de derechos humanos, actuar negligente que culminó en la desaparición de la luchadora social, sin que a la fecha se conozca su paradero y se castigue a los responsables.

Este lamentable suceso es tan sólo un “botón de muestra” de lo que enfrentan las y los defensores de derechos humanos en México, lo que se agrava si nos detenemos a considerar que en nuestro país, de cada 100 delitos que se denuncian, en tan sólo dos supuestos se consigna el caso ante las autoridades judiciales.

Cada violación que se comete en perjuicio de un defensor no sólo constituye una afectación directa a su dignidad personal, sino, además, al tejido social; a esa red de solidaridad que coadyuva con una responsabilidad que, al final del día, corresponde al Estado Mexicano: garantizar el pleno ejercicio de los derechos más esenciales de la persona. Con la finalidad de contribuir con las autoridades de los tres órdenes de gobierno en materia de prevención a violaciones de difícil o imposible reparación, el Presidente de la CNDH ha dado a conocer la “Guía para implementar medidas cautelares en beneficio de defensores de los derechos humanos en México”, en la que se plantea la necesidad de articular esquemas de protección con el seguimiento respectivo, estudios de riesgo, atención médica y psicológica, así como medidas preventivas, de acuerdo con la gravedad de cada caso, a favor de este grupo de la población que trabaja de manera por demás heroica por la plena vigencia de los derechos de todas y todos.

El derecho a defender es fundamental en un Estado democrático de derecho, de ahí el compromiso del Ombudsman para con las y los defensores de los derechos humanos; su ocupación constante en defender su libertad de actividad y profesión, su libertad de expresión y de protesta, y su acceso a una justicia pronta y eficaz.

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