jueves 28 marzo 2024

Cuando los medios y los periodistas «arbitramos»

por Marco Lara Klahr

Este es un adelanto, el primer capítulo de un libro extaordinario que circulará a fines de este mes. Es extraordinario no sólo por su rigor expositivo, que es poco frecuente entre quienes acuden a esos temas, sino porque expone con nitidez yu precisión las taras más destacadas del periodismo al registrar los avatares del sistema de procuración de justicia.

Con datos en la mano, el autor muestra cómo los profesionales de la comunicación, en forma recurrente, presumen la culpabilidad y no la inocencia de los ciudadanos en conflicto con la ley. Sobre esa base es con la que pontifican, reclaman e incluso acusan para configurar un tribunal mediático que no sólo llega a ir a contracorriente de la procuración de justicia sino que, incluso, contibuye a perpetuar los vicios del sistema penal.

Capítulo 1

Imaginemos este escenario descabellado: un partido de futbol donde los periodistas, habilitados por nuestros medios, pretendiéramos tomar las decisiones arbitrales, suplantando a quien está para ello en la cancha.

Validáramos nosotros los goles y determináramos las faltas y sanciones, y al final, de cuántos minutos fuera el tiempo de compensación. Y que hiciéramos todo esto, unas veces directamente, siguiendo las acciones en el terreno de juego, aunque ignorando ciertas reglas básicas, y otras, desde la distancia del palco de prensa, en medio de toda suerte de puntos de visión ciegos y distractores que nos impidieran concentrarnos.

Como en esta situación hipotética desconocemos normas y aun carecemos de los criterios básicos para definir con precisión, digamos, una jugada en fuera de lugar, un fault técnico o una falta que amerita tiro penal, opináramos de manera discrecional, según nuestras inferencias o lo que alguien que habría visto la jugada nos dijo. Y, bueno, en momentos nos tomáramos licencias para vilipendiar a los jugadores y aún al árbitro.

Entretanto, si acaso este último intentara hacer su trabajo, resultara infructuoso en la medida en la que los periodistas diéramos nuestros veredictos antes o por encima de él, descalificándolo además. Por su parte, el público lo abucheara, ignorara sus resoluciones y se atuviera con fervor a nuestra verdad , aunque muchas veces también recelara de nuestra confiabilidad.

Si se nos reprochara por ser parciales, arbitrarios e irrespetuosos con jugadores, con uno de los equipos, con el árbitro y hasta con el público, o falsear y exagerar las incidencias del partido, respondiéramos cándidamente que eso es lo que la gente quiere , aparte de que nosotros no inventamos la realidad , nos limitamos a hacer nuestro trabajo de informar .

Este símil con el periodismo policial y judicial es pertinente. En México, algo semejante ocurre durante el proceso penal o incluso antes de que este comience formalmente. Es habitual que los periodistas, avalados o azuzados por nuestros medios, desarrollemos en las noticias sobre el delito una idea preconcebida acerca de las personas imputadas, y hasta de las víctimas, tantas veces basados en información parcial, ignorancia de las etapas y garantías procesales, y prejuicios incluidos los machistas, racistas, clasistas y criminalizantes. Llegamos a erigirnos en tribunales paralelos , consumando de ese modo juicios mediáticos inapelables.

Es así como el espacio mediático se convierte en apéndice de la maquinaria echada a andar por el viejo sistema de justicia inquisitorio en México para justificar cada año el encarcelamiento de miles de personas que son o podrían ser inocentes, o cuya culpabilidad no será probada por la autoridad judicial. Tanto, que hoy 41.5% de la población penitenciaria del país está presa sin haber sido juzgada al dictársele, muchas veces de manera arbitraria e irracional, la medida cautelar de prisión preventiva .

Esto produce una realidad tan cruda y normalizada, que en el argot de las prisiones del Distrito Federal se llama pagadores a aquellos presos que, se asume de manera fatal, están ahí sin haber cometido un delito, literalmente, pagando por un daño que otros hicieron. Mucho antes de terminar en la cárcel y aun sin ser sometidas a proceso, cientos de esas personas fueron sentenciadas y condenadas por periodistas, desde el espacio mediático.

Veamos una muestra de tribunal mediático , de cómo desde el periodismo pretendemos arbitrar :

En Acuña, libera Jueza Penal a homicida confeso*

Por Héctor Sifuentes

Acuña, Coah.- En un hecho que causó sorpresa e indignación no sólo en los círculos judiciales sino en la sociedad acuñense por tratarse de un caso que conmocionó a esta comunidad, la Jueza Penal, Rosa Patricia Sena Vargas, dictó auto de libertad a Bladimir Domínguez Mezta de 20 años de edad, presunto homicida de su hijastra Jazmín Estupiñán Limones, de apenas un año y nueve meses, a quien ante la Policía Investigadora y el Ministerio Público aceptara haberle dado muerte a golpes con el puño cerrado en la cabeza.

Luego de ser puesto a su disposición, aún antes que se cumplieran las 72 horas para que se definiera la situación jurídica de este confeso homicida, le dictó auto de libertad, no obstante haber aceptado plenamente su delito, al ser detenido.

Los hechos sucedieron la madrugada del siete de mayo anterior en el domicilio donde este sujeto vivía en unión libre con la madre de la niña, Sandra Jazmín Limones Ontiveros, en calle Lima 115 del fraccionamiento Las Américas, quien la dejaba a ella y a otra pequeña a su cuidado mientras ella se iba a su trabajo en el turno nocturno.

Una vez ante la Jueza, el mozalbete cambió toda su declaración inicial, afirmando que las lesiones que dos días después le costaron la vida a la pequeña en un hospital de Monterrey se las causó al caerse de su cama y que su dicho ante la Policía y el Ministerio Público lo había manifestado bajo presiones, por lo que fue puesto en libertad al no encontrar la juzgadora pruebas plenas de su presunta culpabilidad.

De inmediato la Fiscalía General del Estado apeló dicha decisión, pidiendo que fuera revocada, por lo que ahora el caso deberá revisarse en segunda instancia por un Tribunal Distrital.

Cuestionado sobre el fallo, el coordinador de Agentes Investigadores de la Fiscalía General, Noé Tovar Hernández, dijo que es injusta esta decisión de la Jueza, toda vez que sí existen fundamentos de presunta responsabilidad, es la razón por la cual de inmediato apelaron, esperando que el fallo sea revocado en los próximos días.

En su declaración preparatoria, como se indica, Bladimir Domínguez Mezta cambió toda su versión que rindió ante el Ministerio Público, donde aceptó haber asestado tres golpes a su hijastra con el puño, molesto porque no cesaba de llorar, uno de los cuales le causó la muerte.

Por el momento, Bladimir Domínguez Mezta ya goza de su libertad, pero se espera que se revoque esta decisión de la jueza Rosa Patricia Sena, considerada como una “pifia” judicial que ha indignado a la sociedad.

* Por respeto a los derechos a la propia imagen, el resguardo de la identidad y la vida privada, fueron cubiertos el nombre de la víctima y la dirección personal de la familia, en tanto que ocultar los apellidos de Bladimir se hizo con la intención de respetar su derecho a la presunción de inocencia.

Como ha podido verse, la edición online del diario Zócalo de Saltillo encabeza así esta historia: En Acuña, libera Jueza Penal a homicida confeso [junio 18, 2010], y desde las primeras líneas el periodista atribuye a otros, a muchos, a la sociedad acuñense lo que no obstante él mismo no podría demostrar -salvo con un complejo estudio demoscópico-, al hablar de un hecho que causó sorpresa e indignación no sólo en los círculos judiciales sino en la sociedad acuñense por tratarse de un caso que conmocionó a esta comunidad… .

El hecho, para él conmocionante, fue que … la Jueza Penal, Rosa Patricia Sena Vargas, dictó auto de libertad a Bladimir… de 20 años de edad, presunto homicida de su hijastra […], de apenas un año y nueve meses, a quien ante la Policía Investigadora y el Ministerio Público aceptara haberle dado muerte a golpes con el puño cerrado en la cabeza .

Es significativa la incoherencia entre el titular que deciden los editores y el párrafo anterior responsabilidad, al menos formal y legalmente, del reportero firmante de la nota: el encabezado se refiere al detenido ya como homicida confeso , en tanto que según el primer párrafo del cuerpo de la nota es apenas presunto homicida . El periodista, aunque tibiamente, intenta por lo visto respetar a su modo el derecho de presunción de inocencia consignado en el Artículo 20 constitucional, pero en la presentación editorial el editor eventualmente toma decisiones que corresponden a un juez.

De forma deliberada, al reproducir este párrafo fue ocultado en la presente Guía el nombre de la víctima, que siendo menor de edad está amparada por la Convención sobre los Derechos del Niño, de Naciones Unidas, cuyo Artículo 16 impone que Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación , edemás de que tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques . Aparte de que, del mismo modo, el Artículo 20 de la Constitución incorpora entre los derechos de la víctima el del resguardo de su identidad tratándose de un menor de edad.

Pero el periodista escribió el nombre y el diario lo publicó, de donde surgen cuando menos las siguientes preguntas: ¿Quién le proporcionó el nombre de la pequeña? Si fue un servidor público, como suele ocurrir, ¿el periodista sabía que su fuente violaba la Convención y la Constitución mexicana al revelarle la identidad de una víctima menor de edad? ¿El funcionario mismo era consciente de esa violación flagrante? ¿El periodista y sus editores entendían las implicaciones que para la vida privada, la honra y otros derechos de la niña y su familia tenía publicar su nombre? Si supieran con claridad, desde el punto de vista legal, las implicaciones de revelar la identidad de ella, ¿actuarían de otra manera como profesionales de la comunicación, omitiendo su identidad para no lesionar sus derechos como víctima? Difícil saberlo.

Retomemos la nota en su segundo párrafo: Luego de ser puesto a su disposición, aún antes que se cumplieran las 72 horas para que se definiera la situación jurídica de este confeso homicida, [la jueza] le dictó auto de libertad, no obstante haber aceptado plenamente su delito, al ser detenido .

Por decisión del periodista, en la escasa distancia que media entre un párrafo el primero y el siguiente, el imputado deja de ser presunto homicida para convertirse en confeso homicida . En ambos párrafos el autor y sus editores dan por buena, se someten, dóciles, a la verdad de una de las partes en litigio: la del Ministerio Público y la policía a su cargo.

Ni el periodista ni sus editores parecen haberse preguntado en qué condiciones fue obtenida, si acaso lo fue, la supuesta declaración auto-incriminatoria del procesado ante las autoridades policiales y ministeriales. ¿Ingenuidad, ignorancia, severa omisión, complicidad o sometimiento de los periodistas a esos servidores públicos?

Una semana después de aparecida esta noticia en Zócalo de Saltillo, el 26 de junio de 2010, Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de la Tortura, la Organización Mundial contra la Tortura de Naciones Unidas y entidades ciudadanas locales asociadas emitieron, por cierto, el comunicado La justicia y la reparación, ausentes en México este Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura , donde afirman algo suficientemente documentado hace mucho tiempo por Amnistía Internacional y otras iniciativas globales en defensa de los derechos humanos: en nuestro país, la tortura sigue siendo una práctica sistemática, generalizada e impune a nivel federal, estatal y municipal , y el abuso físico, psicológico e incluso sexual, se usa para extraer confesiones o información durante los interrogatorios ministeriales o interrogatorios practicados por elementos militares u otras autoridades .

Volvamos a la nota. A juzgar por el tercer párrafo, al periodista de Zócalo de Saltillo le parece inconcebible que un imputado al que, de pasada ofende, cambie su declaración ante el juez, como si no fuera su derecho hacerlo, en especial si fue torturado por la policía para auto-inculparse, algo que por supuesto ignoramos: Una vez ante la Jueza, el mozalbete cambió toda su declaración inicial, afirmando que las lesiones que dos días después le costaron la vida a la pequeña en un hospital de Monterrey se las causó al caerse de su cama y que su dicho ante la Policía y el Ministerio Público lo había manifestado bajo presiones, por lo que fue puesto en libertad al no encontrar la juzgadora pruebas plenas de su presunta culpabilidad .

El periodista no hizo el esfuerzo, ni por lo visto sus editores se lo exigieron, de reportear en qué condiciones fueron obtenidas las supuestas declaraciones del implicado. Si conociera, si hubiera tomado en cuenta los siguientes derechos de toda persona imputada asentados en el Artículo 20 constitucional, habría tenido una buena pauta para sus pesquisas reporteriles: un imputado tiene derecho A declarar o a guardar silencio. Desde el momento de su detención se le harán saber los motivos de la misma y su derecho a guardar silencio, el cual no podrá ser utilizado en su perjuicio , además de que Queda prohibida y será sancionada por la ley penal, toda incomunicación, intimidación o tortura. La confesión rendida sin la asistencia del defensor carecerá de todo valor probatorio . ¿La policía ministerial advirtió al imputado de estos derechos cuando lo aprehendió e interrogó? ¿Fue torturado? ¿Lo acompañó su defensor en todo momento durante los interrogatorios? De la nota no pueden siquiera inferirse las respuestas.

Conforme avanza, el tono de la nota es de enfado, justicieroy ostensiblemente parcial: De inmediato la Fiscalía General del Estado apeló dicha decisión, pidiendo que fuera revocada, por lo que ahora el caso deberá revisarse en segunda instancia por un Tribunal Distrital. Cuestionado sobre el fallo, el coordinador de Agentes Investigadores de la Fiscalía General, Noé Tovar Hernández, dijo que es injusta esta decisión de la Jueza, toda vez que sí existen fundamentos de presunta responsabilidad, es la razón por la cual de inmediato apelaron, esperando que el fallo sea revocado en los próximos días .

Y, cada vez más distante de la veracidad obligada en periodismo, remata dictando su propia sentencia: Bladimir… ya goza de su libertad, pero se espera que se revoque esta decisión de la jueza Rosa Patricia Sena, considerada como una “pifia” judicial que ha indignado a la sociedad .

El trabajo periodístico analizado no es excepcional, sino una muestra prototípica del periodismo policial y judicial mexicano, que suele ser apéndice del anacrónico modelo de justicia penal de tipo inquisitorial, el cual es descrito por Guillermo Zepeda “Lecuona en Los mitos de la prisión preventiva en México”. Segunda Edición, como uno que no está buscando quién lo hizo, sino quién la pague [p. 21].

La idiosincrasia criminalizante de ese sistema penal ha sido históricamente interiorizada por los periodistas y los medios informativos. Desde el siglo XIX hasta nuestros días, este es uno de los rasgos de lo que se denomina nota roja . Para el periodista de Zócalo de Saltillo, parece dar lo mismo que un proceso judicial implique, por un lado, a una víctima y al Ministerio Público, y por el otro, a un imputado y su defensor, arbitradas ambas partes, al cabo, por un tribunal que constitucionalmente tiene el monopolio de la administración de justicia, atendiendo al Artículo 17 constitucional.

Puesto que se trata de un litigio, los jueces deben valorar los argumentos y pruebas de las dos partes en disputa, para emitir sus resoluciones. Pero esto quizá resulta inadmisible en la mentalidad del autor de la nota, como en la de la generalidad de los periodistas: reprocha a la jueza el que liberara al acusado e incluso que no encontrara pruebas plenas de su presunta culpabilidad . Pasa por alto las garantías constitucionales del derecho a la libertad (Artículo 14) y a la administración de justicia pronta, completa e imparcial (Artículo 17).

Si percibió que la jueza es corrupta o incompetente, o su decisión estaba de algún modo viciada, el periodista pudo proponer al lector un reportaje que diera indicios de ello. En cambio, sigue el camino más fácil: de forma arbitraria, toma partido por la representación de una de las partes en disputa aunque ni siquiera lo hace por la víctima, cuyo derecho a preservar su identidad violó, sino por el Ministerio Público y le da toda la voz, ignorando como fuentes de primera mano a la otra parte el imputado y a la jueza, eludiendo la contrastación de fuentes que dictan la técnica y la ética periodísticas.

¡Los periodistas no tenemos el tiempo de esperar a los jueces!

Los periodistas policiales y judiciales formados en la tradición clásica de la nota roja , imbuidos en la cultura de los operadores del sistema penal inquisitorio desde el surgimiento del periodismo industrial en México, en la segunda mitad del siglo XIX, poseemos esta concepción punitiva de cubrir noticiosamente la violencia y el delito, que se nos ha ido transmitiendo por tradición oral , a través de un sistema de usos y costumbres que se recrea en las redacciones generación tras generación.

Como el viejo sistema penal, los periodistas y los medios presumimos la culpabilidad y no la inocencia de los ciudadanos en conflicto con la ley penal -cuando no establecemos una relación de dependencia con los servidores públicos que nos proveen la información, garantizándoles un periodismo acrítico y dócil a cambio de primicias o dinero.

Es habitual que en talleres, conferencias, foros de discusión y entrevistas, expongamos una disyuntiva profesional -justificante- en si nuestro papel es a) defender criminales o, por el contrario, b) asegurarnos de demostrar su culpabilidad. Tal protagonismo casi nunca considera que la función del periodista en este caso es la de identificar el apego del sistema judicial a las garantías procesales de víctimas e imputados, independientemente del tipo de delito del que se trate.

El papel de watchdog de la función pública que nos atribuye el periodismo cívico lo desempeñamos fielmente si denunciamos a toda autoridad que viole los derechos ciudadanos, ya sea por incompetencia, abuso de autoridad o corrupción. Por supuesto, esto incluye la enorme oportunidad de investigar y denunciar casos donde una persona imputada logró o pretende librarse de un proceso penal corrompiendo y/o presionando a servidores públicos.

Aquí, seis momentos que retratan esta mentalidad inquisitoria que nos caracteriza, en general, a los periodistas latinoamericanos:

1) Cuando impartía un taller para comunicadores comunitarios en Tapachula [2008], un reportero veterano me interpeló con gesto iracundo: Si lo que tú me estás diciendo es que gente como Raúl Salinas de Gortari y otros delincuentes de ese calado tienen derechos, no puedo aceptarlo .

2) Antes, durante un taller en la Fundación Prensa y Democracia [2007], un colega presentó un reportaje de investigación caracterizado por un lenguaje animalizante del protagonista de su historia. Cuando le hice notar esto, respondió con solemnidad que el tipo lo merecía porque era culpable . ¿Y cómo estás tan seguro de que lo era? , le pregunté. Le vi la culpabilidad en los ojos , respondió.

3) Al final de un taller en la Ciudad de Panamá, organizado por el Centro Latinoamericano de Periodismo [2009], golpeando la superficie de la mesa, casi a gritos, un colega me reclamó, Nosotros somos periodistas, no abogados. Tú insistes en que debemos conocer de Derecho, Derecho y más Derecho. Pero nosotros somos periodistas y no tenemos por qué saber de Derecho. Que los abogados se hagan cargo del Derecho .

4) Durante un taller en el Centro Internacional de Estudios Superiores de Comunicación para América Latina, en Quito [2010], un alto ejecutivo editorial del influyente diario El Extra sugirió que cuando el sistema penal no funciona, bueno, el asunto lo remedia su periódico, no con la legítima herramienta de la denuncia pública, sino gracias a pesquisas pseudo-periciales donde sus reporteros analizan la escena del crimen, valoran pruebas y entrevistan sagazmente a supuestos o reales testigos , aparte de conseguir fragmentos de las actas ministeriales documentos parciales, por cierto, en virtud de que son formulados por el Ministerio Público, que es, como se ha dicho, una de las partes en litigio-, para finalmente dar su veredicto .

5) En Buenos Aires, en el transcurso de un encuentro con periodistas de los más diversos medios informativos, organizado por el Centro de Estudios Legales y Sociales [2011], una periodista televisiva me reprochó: ¡De ninguna manera vamos a esperar a que un juez decida para poder acusar a alguien si nosotros tenemos pruebas; lo digo por eso de respetar la presunción de inocencia! . Mi respuesta fue: Si no debemos esperar que un tribunal defina quién es culpable y quién no, para nosotros informarlo, ¿en qué momento del proceso de producción de una noticia debe decidirse la culpabilidad de un ciudadano? . No respondió, prefirió salir intempestivamente de la sala.

6) Meses antes, al inicio del Foro Austin [2010], un prestigiado reportero investigador veterano desveló todo ese pensamiento inquisitivo en esta convicción, expresada de manera apasionada y concisa: ¡Los periodistas no tenemos el tiempo de esperar a los jueces! .

Otro periodismo es posible

Cuando los periodistas escuchamos que es necesario auto-regularnos, muchas veces respondemos que eso equivale a auto-censura y, en consecuencia, atenta contra la libre expresión. Falso. Esto somos, aunque podemos cambiar. Otro periodismo es posible. Enseguida, un ejemplo sobre cómo puede informarse de manera plena, contextual e integral, cuidando al mismo tiempo de no dañar a los protagonistas de las noticias que damos:

La policía halla desnutrida a una mujer tras año y medio encerrada

Los agentes hablan de “liberación”, pero el juez no ve aún indicios contra su pareja

MÓNICA CEBERIO BELAZA – Moral de Calatrava (Ciudad Real) –

Petronila V. salió rumbo a España de Hernandarias, una ciudad del Alto Paraná, en Paraguay, el 24 de mayo de 2006. Tenía 11 hermanos, dos hijas y nada que llevarse a la boca. Cuatro años y medio después la policía la ha encontrado en una casa de un pueblo manchego, Moral de Calatrava, sin apenas haber comido ni bebido en semanas, rodeada de basura y de alimentos putrefactos.

Llevaba al menos un año y medio sin salir y sin hablar con su familia. Está recuperándose, internada en el áreade psiquiatría del Hospital General de Ciudad Real. Estos son los hechos contrastados. Lo que ha sucedido en medio es una historia llena de contradicciones, confusa, en la que aún no queda claro si ha sido víctima de un secuestro por parte de su pareja o ella, fruto de una depresión o enfermedad mental, decidió no salir más. El Cuerpo Nacional de Policía ha hablado de “liberación” pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dice que no ha encontrado por el momento indicios de delito.

Fue su familia en Paraguay la que dio la voz de alarma de que algo podía estar pasando. “Cuando llegó a España nos llamaba una vez por semana y enviaba dinero a mis papás”, recuerda por teléfono su hermano Lorenzo desde Hernandarias. “Nos contó también que había conocido a un hombre y que vivía con él”. Él era Lorenzo M., un hombre que tiene ahora 33 años, de Moral de Calatrava, un pueblo de 6.000 habitantes a 43 kilómetros de Ciudad Real. Él se dedicaba a las obras de albañilería, y se fueron a vivir juntos a una casita blanca de dos pisos cerca de la plaza del Ayuntamiento.


“De repente dejó de hablar con nosotros, de llamarnos, de mandar dinero a mis papás”, relata su hermano Lorenzo. Eso sucedió hace más o menos un año y medio, según la familia. Los vecinos de Moral de Calatrava también coinciden con este cálculo. Lorenzo, el compañero de Petronila, les llamaba de vez en cuando y les decía que estaba deprimida y que no quería hablar con nadie. “Una vez escuchamos su voz de fondo, gritando ‘no voy a hablar, no tengo parientes”, cuenta su tía. Una sobrina de la mujer que vive en España, la única familiar que está en el país, también les contó que Petronila estaba deprimida, según afirman su hermano Lorenzo y su tía María Santa. Durante un año y medio no lograron hablar con la mujer, de 35 años, según confirma la familia.

Su hermano Lorenzo decidió acudir a la fiscalía. Se puso en contacto con María Isabel Arnold, agente fiscal de la unidad especializada en trata de personas del Ministerio Público paraguayo, y ella inició las gestiones con España. Proporcionó el número del teléfono móvil del novio. Era la única pista de la que disponían. La Jefatura Superior de Policía de Madrid averiguó que la mujer estaba encerrada en la casa de Moral de Calatrava.

Los agentes fueron a buscarla el pasado 4 de noviembre. Lorenzo, su compañero, fue detenido horas antes en casa de sus padres. A ella la encontraron sola y en un estado desolador. La llevaron al hospital de Valdepeñas y de allí fue trasladada al General de Ciudad Real. Aún no ha hablado con su familia y fuentes del centro sanitario explican que probablemente tenga que estar una larga temporada ingresada y bajo atención psiquiátrica, aunque no informan del diagnóstico porque es confidencial.

“Nosotros llevábamos tiempo queriendo traerla a Paraguay y Lorenzo [el novio, que les llamó para avisarles del arresto y de que había quedado libre bajo fianza, según afirma la tía de Petronila, María Santa] no ponía problemas. Pero no tenemos dinero. Somos muy pobres”. En este punto es donde la historia comienza a ser confusa. ¿Lorenzo M. la tuvo secuestrada o todo fue fruto de su depresión? Una vecina relata que él les había contado que Petronila estaba muy mal y que no quería comer ni salir de casa.

Las hijas de la mujer, Daisy y Eliana, de 16 y 13 años, solo esperan poder ver pronto a su madre. “Aquí la cuidaremos bien”, dice su tía. “Que la policía española haga su investigación para ver si Lorenzo cometió un delito o no. Nosotros no sabemos, pero sí podemos decir que hablábamos con él a menudo”.

Por el momento, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha pide prudencia para evitar que se puedan “anticipar hechos o imputaciones que no se corresponden con la realidad”. El juez de instrucción de Valdepeñas ha dejado en libertad a Lorenzo por “no existir, según una valoración provisional, indicios suficientemente fundados de un delito de detención ilegal o de un supuesto de violencia de género”. El fiscal no recurrió la decisión. La justicia tendrá que determinar ahora qué sucedió durante ese año y medio de encierro.

Es kilométrica la distancia ética y profesional entre el texto de Zócalo de Saltillo presentado antes, y este reportaje del diario español El País [noviembre 11, 2010], donde la periodista y el tratamiento editorial resguardan las identidades de la víctima -con lo cual no la revictimizan-, y de quien podría o no ser un sospechoso ante la ley, a quien no se criminaliza ni vilipendia; se asienta la versión de la policía, contrastándola con la de la autoridad judicial, misma que, a su vez, no es denostada por tomar una decisión provisoria sustentada; se citan las versiones de testigos como dato contextual, sin dar necesariamente por sentado que estén diciendo la verdad o mintiendo.

Además, emplaza a la justicia a determinar… qué sucedió durante ese año y medio de encierro de Petronila, sin abrogarse la extravagante y cómoda atribución de decidir quién es culpable. Con sensibilidad, en el reportaje se relativiza y pone en contexto la historia. No se pretende poseer la “Verdad” ni erigir un tribunal pseu-do-legal o moral. Se da cuenta integralmente del caso. Hay equilibrio noticioso. Nadie pierde. No se daña a nadie. Y gana la comunidad, al ser informada.

Las fuentes y la industria noticiosa

Además del factor cultural mencionado, otro fenómeno estructural de la industria noticiosa que produce el tipo de periodismo referido en el primer ejemplo es el de la alta dependencia que padecen las empresas noticiosas hacia la información barata, de ínfima calidad y no siempre confiable proveniente, formal o informalmente, de la policía, el Ministerio Público, la fiscalía, la procuraduría y, hoy cada vez más, de las Fuerzas armadas en funciones de seguridad pública -e igualmente, de organizaciones criminales.

Los directivos de esas empresas omiten este hecho, sabiendo que mucha de la información proveniente de fuentes policiales-militares y judiciales podría situarse en el terreno de la ficción, ya por ser producida sin normas éticas y profesionales, ya por ser deliberadamente exagerada o falseada, violando el debido proceso penal, lo cual termina produciendo que las prisiones estén abarrotadas de pagadores o personas cuyos delitos, por desgracia, nunca podrán ser probados.

Bastan un apodo -que algunas veces no existía, sino que fue endilgado al detenido por la policía, o por el periodista de acuerdo con un jefe policial o un fiscal-; un detenido de rostro duro y demacrado, con aspecto desaliñado; la atribución de cualquier delito grave , y una escenografía que incluya armas -no pocas veces sin relación con la persona presentada – y vehículos policiales o militares, para que cualquier ciudadano sea culpable a los ojos de los periodistas y los medios, y presentado como tal al público. Nunca había sido tan pertinente esta frase atribuida a Joseph Smith, el fundador de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días: No hay nada más fácil que hacer creer a un periodista lo que quiere creer .

En un momento en el que poderes fácticos criminales compiten involuntaria o deliberadamente por la agenda y los espacios informativos, esa dependencia de información periodísticamente insostenible también ha llevado a la industria noticiosa lo mismo a reproducir de forma masiva e ilimitada los mensajes intimidatorios y auto-apologéticos de grupos criminales, que a erigir tribunales mediáticos contra periodistas, echando mano de información que provendría de esos grupos.

En 1 de diciembre de 2010 ocurrió uno de los casos más dramáticos en este sentido. Joaquín López-Dóriga ofertó con las siguientes palabras la noticia principal de su Noticiero, en Canal 2 de Televisa: Acusan al semanario Proceso de recibir dinero del narcotráfico para callar información . Era un breve reportaje de Mario Torres, narrado en tono estridente, cuya única fuente era el fragmento de la supuesta declaración ministerial videograbada de un supuesto narcotraficante que acusaba al reportero judicial Ricardo Ravelo, de Proceso, de haber recibido miles de pesos de ciertas organizaciones de traficantes de drogas por no publicar información.

Conductor y reportero daban por válida esa versión, solo porque salía de los labios de un tercero y había registro videograbado de ello. No hay duda de que era una acusación insostenible a la luz del método de investigación periodística. Pero tampoco que López-Dóriga y su reportero actuaron dolosamente al reproducir una práctica que ha caracterizado históricamente al semanario Proceso -lo mismo que al resto de la industria noticiosa que hace negocios con la nota roja -: la presentación de historias que incriminan a ciudadanos sin más elementos probatorios que declaraciones de detenidos y testigos, sustraídas de averiguaciones previas y/o expedientes judiciales filtrados .

En fin, la rentabilidad empresarial a costa de información oficial chatarra , una cultura en las redacciones simbiótica con el sistema de justicia penal inquisitorio, la empatía de reporteros y editores con dicho sistema y la corrupción, entre otros factores, explican por qué el periodismo mexicano es así. El tipo de periodista que surge de esta atmósfera tiene una especie de confusión identitaria que le hace visualizarse y comportarse como un híbrido de policía-fiscal-juez que, en ocasiones, se vuelve cómplice, como lo evidenciaron estupendas historias periodísticas en el caso Florence Cassez, la ciudadana francesa cuya detención fue recreada por Genaro García Luna, entonces director de la Agencia Federal de Investigación, para ser transmitida en vivo, de último minuto , en el popular informativo Primero Noticias de Televisa [diciembre 2009], escenificando un grupo de agentes ministeriales federales el asalto policial en tiempo real a una casa de seguridad del crimen organizado, en el sur de la Ciudad de México, donde supuestamente fueron capturados in situ los miembros de una banda de secuestradores que incluía a Cassez y a su pareja, Vallarta, y el supuesto rescate de tres de sus víctimas.

Ni coraje ni watchdog

A finales de mayo [2011], en Veracruz, un suceso enrareció como pocas veces la atmósfera mediática de las ciudades de ese estado del Golfo. La mayoría de las publicaciones locales y al menos un medio televisivo desde la Ciudad de México, destacaron la fotografía de un hombre a la intemperie, totalmente desnudo, esposado, evidentemente aturdido, con fondo de vehículos policiales y agentes armados. Una imagen desoladora que ninguna sociedad democrática y digna se merecería.

El personaje de la fotografía es Celestino Rivera Hernández, de 55 años, empresario y político perredista del municipio de Tempoal, poco después de ser detenido infraganti, según la Secretaría de Seguridad Pública estatal, violando en un hotel del municipio de Tantoyuca a un niño de 12 años que había encontrado limpiando autos en una gasolinera de los alrededores.

Esa fotografía es parte de una serie que tomó, con seguridad, personal de la policía veracruzana, la cual, oficialmente, llevó a cabo la detención el 25 de mayo [2011], tras una llamada de emergencia de personal del hotel.

A través del país, aunque sin necesariamente reproducir alguna de las fotografías, los medios dieron por buena la información oficial y, si nos atenemos al manejo editorial, no necesitaron ya esperar la decisión de un tribunal: sentenciaron y condenaron a Rivera Hernández.

Por ejemplo, el diario sensacionalista del Puerto de Veracruz Notiver tituló: Policías de Seguridad Pública detienen ex diputado y consejero nacional del PRD pederasta . En la Ciudad de México, Excélsior, Viola el ex perredista Celestino Rivera Hernández a niño de 12 años , y Proceso, Detienen a exdiputado perredista violador . Aunque quizás el medio más agresivo fue TVC Noticias, tanto el día de la detención como cuando le fue dictado el auto de formal prisión, llamándolo el pederasta , interrogándolo y hostilizándolo a cuadro, mientras intercalaba la fotografía donde aparece desnudo, reprochándole que ejerciera su derecho a no declarar, e insistiendo en que tenía antecedentes de pederastia porque violó a una adolescente indígena -cuando en realidad fue denunciado penalmente sin éxito en 2011. No se trata de defender a ultranza a una persona que según la policía cometió un delito, sino de asegurarnos como periodistas de que la víctima sea tratada con dignidad y respeto, y reciba justicia, y los derechos del imputado sean respetados. En este tipo de sucesos la veracidad periodística es determinante.

Pero en el caso anterior los periodistas y sus medios, a) mostraron total certeza de que la versión policial no requería verificación; b) obviaron el principio de presunción de inocencia al que de cualquier forma tiene derecho el imputado, como todos en México, y si, por ejemplo, la policía desnudó al detenido para conseguir un mayor impacto mediático [del mismo modo que en diciembre de 2009 un perito estatal, por órdenes superiores, desnudó y colocó billetes y alhajadas sobre el cadáver de Arturo Beltrán Leyva -acusado por el gobierno federal de liderar una banda criminal y abatido entonces por miembros de la Secretaría de Marina-, para fotografiarlo, resultando imágenes que luego fueron filtradas a los periodistas]; c) se olvidaron enteramente del niño victimado y de si el Estado le provee atención especializada; d) no investigaron por qué no prosperó la acusación penal de 2009 y si hubo complicidad con servidores públicos en ello; y e) tampoco, si Rivera Hernández está vinculado a redes de pederastia, a través de sus relaciones con políticos, empresarios y sacerdotes.

Hacer esto hubiera sido una estimulante señal de la buena salud del periodismo mexicano; indicaría que tiene presente y desempeña esa función de watchdog del poder político que el periodismo cívico atribuye a los medios y los periodistas, de indispensable contrapeso democrático. Pero no. Los medios y los periodistas actuaron según las obsoletas prácticas y enfoques de la banalizante nota roja .

En su primera acepción, el Diccionario de la Lengua Española define coraje como Impetuosa decisión y esfuerzo del ánimo, valor . Es entendible que la industria noticiosa sea reacia a transformarse y que en su inercia irrumpa en el espacio público con imágenes tan atentatorias de los derechos humanos como la de Rivera Hernández el día de su supuesta detención. No tiene incentivos externos para transformarse. Pero al mismo tiempo esa industria está compuesta por periodistas que la hacen funcionar cada día, y este tipo de sucesos nos hacen preguntarnos casi obsesivamente dónde está el coraje de tantos profesionales del periodismo y por qué optaron por alienarse definitivamente.

Libertad de expresión y debido proceso

La función social de los periodistas y los medios no es juzgar, demostrar pericialmente, resolver delitos, condenar o castigar, sino posibilitar el ejercicio ciudadano del derecho a la información, garantía asentada en el Artículo 7º constitucional, sirviendo a su comunidad con información contextual, integral y oportuna, que incorpore de forma equilibrada, en lo posible, las versiones de todos los actores que protagonizan los sucesos noticiables.

Respetar los derechos de los ciudadanos al informar, y asegurarse de que los operadores institucionales del sistema penal los respeten al cumplir su función de proveer justicia, no equivale a defender delincuentes .

El Estado democrático de derecho es impensable sin las libertades de empresa, información, expresión y prensa que reivindicamos de manera justificada los medios y los periodistas sobre todo en situaciones críticas de inseguridad como la que vive México, y se le vulnera cuando los ciudadanos no pueden ejercer su derecho a la información a través nuestro -debido a la precariedad e inconsistencia de las agendas, enfoques y contenidos noticiosos-, y cuando las garantías procesales de las víctimas y los imputados son afectadas desde las instituciones, instrumentalizando para ello a medios y periodistas.

“No Pagadores . Guía de periodismo sobre presunción de inocencia y reforma del sistema de justicia penal” es una obra de consulta que, de manera breve y con lenguaje sencillo, aporta a los periodistas asignados a las noticias sobre el delito y la violencia las herramientas indispensables para profesionalizarse, adquiriendo las competencias que les permitan ofrecer a su comunidad información útil, manteniendo el referente del respeto a los derechos, y en particular a las garantías procesales establecidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Se enfoca en la reforma del sistema de justicia penal en curso de implementación en México a partir de 2008, enfatizando en el debido proceso (acceso a la justicia, derecho a la defensa, presunción de inocencia, derecho a la libertad, prisión preventiva aplicada racionalmente y medidas cautelares alternativas a esta).

Refiere el tránsito del modelo de justicia inquisitorio al acusatorio adversarial en el que se basa la reforma mencionada, proponiendo que los periodistas policiales y judiciales seamos actores proactivos en el proceso de avance y consolidación de dicha reforma, que aporta el marco normativo para un sistema de justicia penal más justo.

A los periodistas, el escenario actual nos plantea una gran oportunidad de cambio: asumirnos como agentes proactivos en el éxito de la reforma hacia ese sistema de justicia, lo cual nos exige una nueva mentalidad y nuevas prácticas, en vez de perseverar como instrumentos del sistema vigente, que aparte de injusto es incompetente y/o corrupto, si consideramos que 98.8% de los delitos que se cometen en México no es castigado [p. 15]

Tal vez nos sirva para decidirnos a no contribuir más a que el Estado siga produciendo pagadores la siguiente reflexión de un magistrado de Costa Rica, tomada de “Retos de la Reforma Penal”: Equilibrando la Presunción de Inocencia y la Seguridad Pública [pp. 29-30] y que si bien él dirige a sus colegas, deja ver lo importante y perjudicial que puede ser nuestro trabajo periodístico:

Ante la violencia social y delictiva que asola nuestras comunidades una fuerte tendencia hacia el debilitamiento de las garantías procesales se puede verificar en muchos de nuestros países. […]

Esta es la situación respecto al narcotráfico, las agresiones sexuales o crímenes considerados de gravedad. Este es un lujo que el Estado de Derecho no puede darse, las reglas deben ser generales y las libertades, garantías y derechos constitucionalmente establecidos no pueden estarse excepcionando o debilitando sin excepcionar y debilitar el propio Estado de Derecho.

En el contexto de esta polémica está el rol de los medios de comunicación de masas y la influencia que puedan tener sobre nuestros jueces. […]

[…] ha de decirse con todas sus letras, esos derechos y libertades [constitucionales del debido proceso] son del ciudadano y no del delincuente, como la cultura de la información popular a veces lo quiere hacer ver; tampoco el proceso existe para condenar, como parecieran creer los que profesan que una detención o una acusación bastan para mandar a alguien preventivamente primero y definitivamente después a una cárcel.

El proceso existe para investigar y averiguar una verdad, dentro de la legalidad y con requisitos y procedimientos preestablecidos y rigurosos. […]

Al analizar la reforma del sistema penal en Chile, Verónica Venegas y Luis Vial explican en “Justice Initiatives”: Detención preventiva que el papel de los medios y los periodistas es determinante para su éxito o fracaso, y ejemplifican con algo que, sabemos, ha sucedido de manera creciente también en Chihuahua, por ejemplo: … la tensión entre quienes apoyaban el eficientismo y aquellos que defendían los derechos humanos se hizo evidente al implementarse el nuevo sistema. Cuando los jueces aplicaron a los imputados nuevas formas restrictivas que no incluían la prisión preventiva, rápidamente los medios de comunicación sostuvieron que tales decisiones eran señal del fracaso del sistema, al que ridiculizaban, considerándolo débil y blando con los delincuentes. Muchos políticos, especialmente de derecha, comenzaron a utilizar esta supuesta debilidad del sistema como arma política contra el gobierno, argumentando que el sistema era deficiente y que la coalición gobernante había abandonado sus responsabilidades en la lucha contra la delincuencia [p. 52]

Ante la reforma del sistema de justicia penal, la neutralidad de los medios y los periodistas se antoja imposible. Podríamos verlo de esta manera: dejemos de asumirnos como juzgadores, enfocando toda esa energía en empujar desde el periodismo para que los juzgadores legalmente constituidos, y todo el sistema, dejen de producir daño social con sus prácticas obsoletas, burocráticas y corruptas, y en verdad provean justicia.

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