jueves 28 marzo 2024

¿Cómo le ganó Unefon al gobierno?

por Laura Islas Reyes


No sabemos qué hizo la SCT para responder a la demanda de Unefon, pero sí conocemos la estrategia que utilizó la telefónica para ganarle al gobierno. El 23 de septiembre de 1998, Unefon expresó su inconformidad ante los intereses que la SCT le requirió, al concederle una prórroga en el pago de la contraprestación por las concesiones que obtuvo. (Para evitar impugnaciones, la Cofetel consultó el punto de vista de otros licitantes, y fue a petición de éstos que dichos intereses se establecieron.)

En un documento dirigido a la Cofetel, el otrora representante de Unefon, Javier Sarro Cortina (hoy, director de Grupo Salinas Motors), solicita “Declarar que no existe fundamento para exigir a mi representada una contraprestación cuyo monto, parámetros y demás condiciones no está prevista en ley alguna, ni autorizado su cobro por la Ley de Ingresos de la Federación, ni aprobado su monto por la Secretaría de Hacienda”. Esto, además de “abstenerse de hacer efectivas la carta de crédito y la fianza; emitir oficio de liberación de la primera de ellas y ordenar la cancelación de la segunda”.

En su respuesta a Unefon, la SCT y la Cofetel reiteran que la telefónica de Salinas Pliego debe pagar los intereses impuestos.

En un oficio del 29 de marzo de 1999, el entonces titular de la SCT, Carlos Ruiz Sacristán, informa a Sarro Cortina que “La Secretaría otorgará los títulos de concesión respectivos en un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que se realice el pago total de adeudo conforme a la presente resolución”. La SCT pidió también a Unefon que manifestara “por escrito, dentro de las 24 horas siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación este acto, el consentimiento de todas y cada una de las condiciones establecidas en la misma.

“En caso contrario, se procederá conforme al resolutivo siguiente.

“(…) En caso de incumplimiento parcial o total de cualquiera de las obligaciones (…) establecidas en la presente resolución (…) SPC perderá el derecho para obtener los títulos de concesión para el uso, aprovechamiento y explotación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación de servicio inalámbrico fijo o móvil que correspondan, por lo que renuncia expresamente a cualquier acción que impida al Gobierno Federal proceder a lo dispuesto en el presente resolutivo”.

Unefon hizo el pago y posteriormente solicitó a la SCT la devolución de los intereses; ésta se negó.

De acuerdo con documentos que se encuentran en poder de etcétera, la estrategia legal que siguió Unefon para conseguir que le fueran devueltos los más 500 mdp que pagó como intereses, se basó en demandar no la devolución de dicha cantidad, sino en la “negativa ficta” de la autoridad a devolver.

En dichos documentos, el licenciado Marco Polo Castro, gerente legal fiscal de la telefónica, apunta que:

“Operadora Unefon utilizó una estrategia de impugnación oblicua, impugnando una negativa ficta a devolver y cuando la autoridad emitió un oficio haciendo valer el consentimiento, la empresa lo impugnó por separado, y luego acumuló el juicio al iniciado contra la negativa ficta, con lo cual cerró procesalmente la oportunidad para que la autoridad hiciera valer la improcedencia de la solicitud, con base en el consentimiento.

“La autoridad, confiada en el consentimiento expreso de la empresa, cayó el la trampa procesal, con lo cual precluyó su principal ventaja”.

Este hecho fue fundamental para Unefon pues a partir de esa estrategia se explica su éxito.

“En el juicio no se demandó la devolución, lo cual habría facilitado el argumento de improcedencia de la autoridad, sino la negativa ficta a devolver, confirmada después en forma expresa; de otra manera, la empresa no habría tenido la menor oportunidad de ganar el juicio”.

El ejecutivo de la telefónica abunda, también, en los procedimientos que Unefon lleva a cabo para obtener la devolución de los intereses: recurso de queja y juicio de amparo.

El primero “procede cuando la autoridad incumple la sentencia, o cuando repite el acto anulado.

“Como la sentencia no condenó a la devolución, técnicamente no hay incumplimiento.

“Como el juicio versó sobre la negativa a devolver los intereses pagados, y la autoridad sigue negándose a devolverlos, la queja se promovió por repetición de la negativa impugnada”.

En el caso de amparo, éste “se promovió solamente contra la falta de respuesta a la solicitud de devolución (Violación al derecho de petición de Operadora Unefon) y su objetivo consistía exclusivamente en obligar a la autoridad a emitir una respuesta a nuestra petición”.

Ésta es, a grandes trazos, la ruta que siguió Unefon para conseguir la devolución de los intereses que pagó en 1999. La pregunta es qué hizo el gobierno para hacerle frente a esa estrategia, pero sobre todo, qué hará para responder a la multimillonaria demanda de la telefónica.

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