viernes 19 abril 2024

Radios sin permiso: ¿sanción o cárcel?

por Fernando Mejía Barquera

La semana pasada la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados, que preside la militante del PVEM Lía Limón, aprobó una iniciativa presentada por Benjamín Medrano Quezada, diputado del PRI, que propone enviar a la cárcel con pena “de dos a seis años” a quien utilice una frecuencia del espectro radioeléctrico sin contar con la autorización legal correspondiente. El dictamen deberá ser discutido por el pleno de la Cámara.

Dos párrafos

Medrano Quezada pretende añadir este párrafo al artículo 172 del Código Penal: “Al que use, aproveche o explote bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico o recursos orbitales sin contar con autorización o concesión se le impondrá prisión de dos o seis años y de 100 a 300 días multa (sic) y decomiso de los instrumentos, objetos o producto del delito, cualquiera que sea su naturaleza”.

Y añadir otro al artículo 304 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) para que quienes hayan sido sancionadas por prestar servicios de telecomunicaciones o de radiodifusión sin tener concesión queden inhabilitados “para obtener, por sí o a través de otra persona, nuevas concesiones o autorizaciones de las previstas en esta Ley, por un plazo de cinco años…”.

Sin permiso

La preocupación de Medrano está en la radio. En su iniciativa afirma que “aún existen claroscuros” en la reforma en telecomunicaciones “y esto se demuestra con la existencia de las radios pirata, es decir, radiodifusoras que prestan servicios sin contar con la concesión que marca la ley”.

Según el legislador “de acuerdo con versiones periodísticas, tan solo entre 2013 y 2015, el Instituto Federal de Telecomunicaciones detectó 235 estaciones piratas de radio y televisión”; y sostiene que “funcionarios de dicho ente autónomo aseguraron que es en estados como Chiapas y Oaxaca donde más estaciones sin concesión se hallaron…”. De acuerdo con Medrano “en su mayoría, las estaciones de radio tienen un uso de tipo religioso y esotérico, e incluso algunas han sido relacionadas con el crimen organizado”.

Tabla rasa

El problema con la iniciativa de Medrano es que hace tabla rasa respecto a las radiodifusoras que transmiten sin permiso en México. En el país operan emisoras ilegales de diversos tipo: hay estaciones comerciales que tienen fines lucrativos y hacen competencia “desleal” a los concesionarios establecidos legalmente, pero también comunitarias e indígenas cuyos operadores no poseen la información necesaria para legalizar su funcionamiento o deciden transmitir sin autorización ante el largo y burocrático camino que debe recorrerse para obtener una concesión, ruta que frecuentemente choca con la necesidad de tener un medio que brinde información a una comunidad.

Si en el futuro ocurre una nueva situación de emergencia provocada por algún desastre natural y una comunidad de Oaxaca o Chiapas a la que no llegue señal de radio (las hay) decide instalar sin autorización una pequeña radiodifusora para coordinar labores de ayuda a damnificados y posteriormente de reconstrucción, tendría que aplicarse la “reforma Medrano” en caso de ser aprobada. La ley contra los derechos humanos.

‘Represión como aliciente’

Actualmente la legislación mexicana establece sanción administrativa para quienes transmiten sin autorización: el artículo 305 de la LFTR indica que quienes lo hagan “perderán en beneficio de la Nación los bienes, instalaciones y equipos empleados en la comisión de dichas infracciones”. Aunque en diversas épocas autoridades, como la Secretaría de Gobernación, han tratado de aplicar el artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales para “criminalizar” el uso irregular del espectro radioeléctrico, no se ha establecido pena de cárcel.

Ahora Medrano Quezada exige cárcel porque —dice su iniciativa— “hasta el día de hoy esto no está previsto como delito, sino como simple falta administrativa, por lo que la represión en contra de tales conductas dolosas resulta imperfecta, al no existir un aliciente para respetar la ley… (subrayado mío)”. La aplicación de sanción administrativa y en el caso de las emisoras comunitarias e indígenas la orientación para su instalación legal o regularización son, sin duda, mejor opción que la “represión como aliciente” planteada por el priista.


Este artículo fue publicado en Milenio el 12 de octubre de 2017, agradecemos a Fernando Mejía Barquera su autorización para publicarlo en nuestra página.

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