miércoles 24 abril 2024

Los frutos del ombudsman

por Luis de la Barreda Solórzano
El titular de la nota principal de Reforma del domingo 8 de este mes es derogatorio: Gastan ombudsman 3 mil mdp… y nada. Como antetítulo: Pese a fondos, CNDH y órganos locales dan pobres resultados. Y de subtitulo: Advierten expertos que comisiones de derechos humanos enfrentan rezagos.


El lector lee la nota completa buscando los datos de la absoluta ineficacia de losombudsman y las opiniones desfavorables de varios expertos… y no los encuentra.


El reportaje de Jorge Ricardo señala que en 2006 llegaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos mil 325 quejas “que las comisiones mexicanas no pudieron resolver”, cifra que aumentó a mil 936 en 2012 y a dos mil 061 en 2013. En 2014 fueron mil 758. Agrega que en todo 2014 y lo que va de 2015 la CNDH ha emitido 76 recomendaciones por quejas que en promedio fueron recibidas 20 meses antes.


Es de advertirse que las quejas presentadas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no se deben necesariamente a que los quejosos hayan sido desatendidos por las comisiones mexicanas, sino a que consideraron, con razón o no, que en los casos que plantearon no se les hizo justicia, facultad de las autoridades judiciales y de las ejecutivas, no del ombudsman.


Es absurdo medir la eficacia del ombudsman con base en el número de sus recomendaciones. La vía principal de conclusión de expedientes es la conciliatoria, en la que, a propuesta de la defensoría de los derechos humanos, la autoridad y el quejoso llegan a un acuerdo, siempre dentro del marco de la ley, para resolver el caso. En tal supuesto, la actuación del ombudsman es eficaz porque logra un resultado plausible sin haber tenido la necesidad de agotar todo el procedimiento. Son decenas de miles los expedientes que las diversas comisiones del país han resuelto por la vía conciliatoria.


La recomendación es el arma más contundente y espectacular del ombudsman. Para evitar su desgaste, debe utilizarla con prudencia, sólo en aquellos casos en que falle la vía conciliatoria o se trate de una violación muy grave a los derechos humanos o de un caso que por su relevancia se considere conveniente que tenga una gran difusión. Lo que en efecto es cierto es que 20 meses para prepararla es un periodo inaceptablemente largo.


Una vez emitida, el ombudsman debe empeñar todos sus afanes y todo su prestigio para que sea aceptada y cumplida. De ahí que la recomendación deba ser irrebatible en su sustento probatorio, legal y argumentativo. Las recomendaciones no cumplidas erosionan la fuerza del ombudsman.


¿Y las descalificaciones de los expertos? El reportero no transcribe sino una sola, la de Miguel Sarre, a quien le parece que en el sector de la justicia las comisiones públicas de derechos humanos han servido de muy poco, y ejemplifica con el caso Iguala: “Uno se sorprende que el equipo de la CIDH, en poco tiempo, dio unos resultados verdaderamente sensacionales (sic), y las comisiones mexicanas, en general, no parece que hayan tenido el menor resultado (sic)”.


Sí, en el caso Iguala el informe del equipo de la CIDH es sensacional, vocablo que significa, de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, que llama poderosamente la atención, pero no consistente: se basa en la elucubración según la cual el quinto autobús pudo haber portado droga, por lo que a toda costa había que impedir que se lo llevaran, sin explicar por qué, si ese fue el motivo de la salvaje agresión, los estudiantes que se llevaban ese vehículo no fueron agredidos. Es mucho más sólido y coherente el informe, dado a conocer varias semanas antes, de la CNDH.


Las comisiones públicas de derechos humanos deben ser objeto de escrutinio y exigencia de la ciudadanía, y su actuación debe ser impecable. Pero su enjuiciamiento debe basarse en datos y análisis rigurosos. No todas funcionan óptimamente, pero nadie podría negar que en muchos casos han logrado que se resarza a los quejosos, se ponga freno a un abuso de poder y/o se someta a juicio al funcionario abusivo. Reprobarlas sumariamente a todas sin excepción, sin un examen cuidadoso del curso de los expedientes que ha tramitado cada una de ellas, parece más un dictamen prejuiciado o resentido que un diagnóstico objetivo.



Este artículo fue publicado en Excélsior el 12 de Noviembre de 2015, agradecemos a Luis de la Barreda Solórzano su autorización para publicarlo en nuestra página

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