sábado 20 abril 2024

INAI: ¿cuánto nos cuesta la ineptitud?

por Gerardo Soria

“—¿Cuáles leyes, Fulgor? La ley de ahora en adelante la vamos a hacer nosotros. ¿Tienes trabajando en la Media Luna a algún atravesado?

—Sí, hay uno que otro.

—Pues mándalos con el primer Aldrete. Le levantas un acta acusándolo de “usufruto” o de lo que a ti se te ocurra. Y recuérdale que Lucas Páramo ya murió. Que conmigo hay que hacer nuevos tratos.” Pedro Páramo, Juan Rulfo (fragmento).

Exactamente así, como Pedro Páramo, toda una camarilla de burócratas del Instituto Nacional de Transparencia (INAI) le niega a un mexicano la protección de sus datos personales, particularmente de sus datos biométricos sensibles, como son sus huellas digitales, acusándolo de “usufruto”.

En una denuncia del 2016, un ciudadano solicitó la intervención del INAI para recuperar un documento en posesión del despacho de abogados más grande del mundo, y que contenía las huellas digitales de sus 10 dedos. Según consta en el expediente, dicho despacho no tenía aviso de privacidad, nunca informó al particular el uso que se le iban a dar a sus huellas digitales y se negó a devolvérselas al titular. Al mismo tiempo negó tener cualquier tipo de relación jurídica con la persona que exigió la devolución de sus huellas. De conformidad con la ley, los datos biométricos son datos personales sensibles y, como tales, requieren del consentimiento expreso del titular, una vez que se le haya explicado en el aviso de privacidad el uso que se les pretende dar y las razones jurídicas para recabarlos. Nada de esto sucedió.

En la resolución del INAI se lee: “b) Que el Responsable no acreditó la existencia de relación jurídica con la Titular”. “(…) con base a los argumentos y documentos que obran en autos, el Responsable tampoco pudo acreditar que la Titular haya emitido y brindado sus datos personales de manera libre”. Aun así, el INAI le permite a este despacho conservar todos los datos del particular, con base en el artículo 1,037 del Código Civil para el Distrito Federal, que dice: “Si el usufructuario, sin citación del propietario, o éste sin la de aquél, ha seguido un pleito, la sentencia favorable aprovecha al no citado, y la adversa no le perjudica”. ¡Así como lo lee! El garante de la protección de nuestros datos nos acusa de “usufruto”, y nos niega el acceso a nuestros derechos ARCO. La ignorancia y la incompetencia son también una forma de corrupción. Además, estos burócratas ignorantes nos salen muy caros. Por parte del INAI, participaron (o al menos deberían haber participado) , el jefe del Departamento de Sustanciación y Proyectos A, Yeshu Hernández, con un monto de percepciones mensuales de 28,972.28 pesos; quien le reporta a la subdirectora de Resoluciones en Materia de Protección de Derechos, María Elena Ojeda, con percepciones mensuales de 56,094.75 pesos.

El trabajo de María Elena pasa por el control de calidad de Claudio Romero, el director de Sanciones, remunerado con 85,799.50 pesos mensuales. Por su parte, a Claudio lo supervisa Fernando Sosa, el Director General de Protección de Derechos y Sanción, a quien le pagamos 119,670.45 pesos mensuales; y finalmente, por si Fernando llegara a dejar pasar algún errorcito, el Secretario de Protección de Datos Personales, Luis Gustavo Parra, también le echa una revisada antes de pasarlo a firma del Pleno, por la módica suma de 135,825.97 pesos mensuales. Por último, nuestros siete comisionados: Ximena Puente, Patricia Kurczyn, Oscar Guerra, Rosendoevgueni Monterrey, Joel Salas, Areli Cano y Francisco Javier Acuña tienen una remuneración mensual de 194,708.34 pesos, para asegurarse de que nuestros datos personales estén protegidos a prueba de balas. Si sumamos los sueldos de todos los involucrados, resulta que los contribuyentes pagamos aproximadamente 1.7 millones de pesos al mes para que estas personas protejan a capa y espada nuestros datos personales, para que al final no merezcamos siquiera que alguno de los involucrados le dé una leídita de 20 minutos a su resolución, que hubieran bastado para darse cuenta de que los artículos no tenían nada que ver con el asunto o que había parrafitos que eran copy paste de una resolución pasada. Sin duda, la impunidad es fruto de la ignorancia.


Este artículo fue publicado en El Economista el 26 de julio de 2017, agradecemos a Gerado Soria su autorización para publicarlo en nuestra página.

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