jueves 28 marzo 2024

IFT: buen trabajo con CFE Telecom

por Gerardo Soria

En mis tres últimos artículos he abordado el tema de CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos (CFE Telecom), particularmente desde el punto de vista legal, y afirmé que su creación y el otorgamiento de una concesión para uso público “sin fines de lucro” constituían una simulación y una serie de actos inconstitucionales. Los dos argumentos torales que daban sustento a mi opinión consistían, primero, en la incompatibilidad lógico-jurídica entre la naturaleza constitucional de una empresa productiva del Estado con la supuesta ausencia de fines de lucro, y, segundo, con la violación al mandato constitucional establecido en el artículo decimoquinto transitorio de la reforma constitucional en telecomunicaciones, que ordena llevar a cabo el proyecto de la Red Troncal. El segundo de los argumentos puede seguir siendo valido; el primero, no obstante, ya no lo es, salvo desde un punto de vista estrictamente teórico que en nada afecta al sector o a la competencia. Con profundo gusto debo reconocer que me equivoqué y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) otorgó la concesión única para uso público a CFE Telecom con apego a la ley. Me explico.

La semana pasada tuve la oportunidad de revisar el título de concesión que el IFT otorgó a CFE Telecom y encontré varias condiciones impuestas por el instituto que garantizan que el servicio se preste sin fines de lucro, sin subsidios que puedan afectar las condiciones de competencia en el sector y que, de ser eficientemente supervisadas, permitirán tener la tranquilidad de que esta empresa del Estado no gozará de ventajas indebidas en la asignación de contratos gubernamentales para la prestación de servicios de telecomunicaciones. Concretamente, CFE Telecom tiene prohibido prestar servicios de telecomunicaciones en poblaciones que ya cuenten con servicios de Internet al hogar, inalámbricos con tecnología 3G o superior o satelitales. Sí podrá, en cambio, prestar el servicio de acceso gratuito a Internet en sitios públicos de todo el país, tales como plazas, jardines, escuelas, hospitales y centros comunitarios. Además, el IFT impuso a CFE Telecom importantes obligaciones de información para evitar transferencias de recursos públicos que pudieran afectar su neutralidad competitiva. En este sentido, debe informar al IFT, dentro del primer trimestre de cada año,“sobre todas las aportaciones, apoyos, subsidios y transferencias, sean éstos implícitos o explícitos, pecuniarios o no pecuniarios, de Entidades y Autoridades Públicas que el Concesionario reciba durante el año calendario anterior, informando el objeto de la aportación y, en el caso de los recursos en especie, deberá proporcionar un estimado en valor monetario”. Pero lo más importante es que en caso de que el instituto detecte conductas que indebidamente distorsionen las condiciones de competencia y libre concurrencia en el mercado, ya sea de oficio o a petición de parte afectada,“podrá ordenar las medidas necesarias encaminadas a prevenir o corregir dichas distorsiones, incluyendo la posibilidad de ordenar que el concesionario concluya la provisión del servicio de que se trate en las localidades correspondientes”.

Con las condiciones impuestas por el IFT a CFE Telecom, no hay manera de que ésta obtenga un lucro o ganancia por la prestación de sus servicios. Por el contrario, será permanentemente deficitaria y, si no logra complementarse con proyectos comunitarios autosustentables, se convertirá en un elefante blanco. El problema constitucional del decimoquinto transitorio de la reforma en telecomunicaciones, por su parte, sigue estando ahí. Sin embargo, en los últimos días han aparecido notas periodísticas en el sentido de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes planea retomar el proyecto de la Red Troncal. Ojalá así sea. Por lo que pude ver en el título de concesión, CFE Telecom y la Red Troncal no necesariamente se oponen; por el contrario, me parece que pueden ser complementarias, sobre todo en vísperas de un crecimiento exponencial en la transmisión de datos con la llegada de la tecnología 5G y del Internet de las Cosas.

Con la misma firmeza con la que se deben señalar los errores de los funcionarios públicos se deben reconocer los propios. En este caso cometí el grave error de prejuzgar la actuación de los comisionados del IFT, a quienes ofrezco una sentida disculpa. “El hombre que comete un error y no lo corrige comete otro mayor”, Confucio.


Este artículo fue publicado en El Economista el 11 de septiembre de 2019, agradecemos a Gerardo Soria su autorización para publicarlo en nuestra página.

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