jueves 28 marzo 2024

¿Cambio de régimen, golpe de Estado institucional de López Obrador contra la Constitución?

por Leobardo Ordaz Zamorano

Es común que en sus discursos políticos centrales López Obrador haga referencia al cambio de régimen como la intención principal de su proyecto con la Cuarta Transformación, afirmando que no se trata sólo de un cambio de gobierno sino de un cambio de régimen, un cambio verdadero.

En los comentarios que hice en mi artículo titulado “Mentiras e intenciones políticas del presidente López Obrador en su Informe de Gobierno” señalé este tema, a raíz de que de nueva cuenta lo mencionó en su discurso con motivo del Primer Informe.

Ahora con esta entrega retomo mis comentarios al respecto para señalar que lo importante no es si el presidente fue institucional o magnánimo en su Grito de Independencia, sino que el fondo de la discusión es qué tipo de régimen político se está proponiendo, la forma que está tomando su gobierno y los resultados de su administración.

En particular sostengo que está en curso un golpe de Estado institucional contra nuestra Constitución y sus instituciones, el cual es encabezado por el presidente López Obrador para cambiar nuestra forma de régimen político, de acuerdo al proyecto de transformación que encabeza.

¿Técnicamente es posible un golpe de Estado institucional contra la Constitución y sus instituciones? ¿El presidente de la república puede encabezar este golpe de Estado, como una especie de autogolpe? Pero si ya tiene el poder, ¿Cuál sería entonces la finalidad? ¿Quiénes dentro y fuera del Estado apoyarían un golpe de Estado del presidente contra la Constitución y sus instituciones? ¿En las condiciones actuales del país es viable un golpe de Estado con estas características? ¿Este golpe de Estado institucional provocaría inestabilidad política y violencia social por inconformidad? ¿En qué etapa de su desarrollo se encuentra este golpe de Estado? ¿Es ilegal e ilegítimo este golpe de Estado? ¿El Presidente fue electo para efectuar un cambio de régimen político? ¿Está facultado para hacer un cambio de esa envergadura? ¿Qué tipo de régimen quiere establecer?

Mientras el presidente insista en el cambio de régimen como el objetivo principal de su proyecto político, estas y otras preguntas estarán flotando en el ambiente, las cuales tendríamos que ir contestando con toda calma y con el fundamento debido para tener el diagnóstico preciso. Mientras tanto, sólo diré lo siguiente:

El golpe de Estado en una de sus modalidades puede ser institucional y es encabezado por el presidente en turno, en una especie de autogolpe, contra la Constitución y sus instituciones. Al respecto Julia Máxime Uriarte (*) señala que este tipo de golpe de estado institucional, o “golpe de palacio”, “…ocurre cuando una institución del Estado, por lo general el poder ejecutivo (presidentes…) deciden no regirse más por las normas jurídicas que contempla la Constitución y usurpar las funciones de otros poderes a su conveniencia…puede ser que un golpe de Estado se produzca por los deseos de un presidente o de un partido de gobierno de perpetuarse en el poder, prefiriendo romper con las reglas de juego de la Constitución e imponer un sistema a su conveniencia…pero también puede ser que un sector del Estado esté descontento con el orden de las cosas o considere que las reglas de juego actuales son ilegítimas o vulneran los intereses del pueblo (o de un sector) y busque cambiarlas por la fuerza.”

Una vez que alcanzaron el poder al amparo de ciertas reglas democráticas, dentro de un orden legal constitucional e institucional establecidos, estos presidentes golpistas fuerzan de manera ilegal un cambio de régimen político para afianzarse en el poder y garantizar su permanencia en éste, y que regularmente terminan siendo formas de poder autoritarias o totalitarias, como las tiranías o las dictaduras, incluido el fascismo.

Este tipo de golpes de Estado suelen ser acompañados por miembros de otros poderes de gobierno como son diputados y senadores, así como por elementos de las fuerzas armadas, respaldados por fuerzas y partidos políticos afines o aliados y por una amplia base popular organizada y grupos de poder económico con intereses creados.

En otras referencias (**) se señala que los golpes de Estado “…se dan ahora por el accionar de los grupos antidemocráticos de los Gobiernos latinoamericanos que han hecho toma o conservación del poder político con fines de concentración o perpetuación manipulando a su favor y antojo el orden legítimo constitucional bajo una apariencia de presunta legalidad.”

(***) “…en otras circunstancias no han precisado del empleo de la coacción física, sino de dosis adecuadas de decisión política…En ese sentido, lo que caracterizaría al golpe de Estado no es su naturaleza violenta, sino su carácter ilegal, de transgresión del ordenamiento jurídico-político tanto en los medios utilizados como en los fines perseguidos, sean éstos el establecimiento de un régimen dictatorial o un cambio en el equilibrio constitucional de los poderes del Estado.”

A mi juicio, eso es lo que está pasando en nuestro país. Está en curso un golpe de Estado institucional encabezado por el presidente contra la Constitución y sus instituciones, para lo cual está sentando las bases de este propósito.

Y es que la Constitución establece en su Artículo 40 la esencia de nuestro régimen político, que a la letra dice:

“Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.”

Pareciera que el presidente López Obrador todos los días está acotando cada uno de los preceptos que componen el carácter republicano y democrático de nuestro régimen político para, en los hechos, irle dando forma al nuevo régimen al que aspira, una república imperial:

Realza su autoridad política como la única e indispensable, en una lógica de centralización del poder al extremus; cada que puede golpea a las fuerzas políticas de oposición o a sus críticos; pretende alterar la forma de organización de la instancia electoral central para ejercer control sobre ésta; de diferentes formas busca intervenir en los otros poderes de la Unión; en su gobierno se criminalizar la protesta social (Ley Garrote); se pretenden ampliar plazos de duración de gobiernos (Ley Bonilla); se destituyen funcionarios que no son afines (golpe de Estado en Veracruz contra el Fiscal); se pervierte la democracia participativa con consultas a modo  y se pretende una revocación de mandato con fines personalistas y para favorecer a su fuerza política; se intentan controlar los espacios legislativos e imponer mayorías violentando la legalidad (intento de golpe de Estado para imponer Mesa Directiva); se violenta el derecho de propiedad, posesión y de audiencia (Ley Nacional de Extinción de Dominio). Aunado a esto, hay terror judicial desde el Estado contra adversarios (caso Robles) y terror fiscal contra emprendedores y ciudadanos en general que son tratados como parte del crimen organizado en casos de evasión al fisco (Ley de Fiscalización); se militariza la seguridad pública (Guardia Nacional).

Aunado a ello, desde el Ejecutivo se alienta la participación en los asuntos públicos de diversas iglesias evangélicas y cita pasajes de la Biblia en sus discursos públicos para dar constancia de su fe cristiana, lo cual atenta contra el laicismo del Estado. Asimismo, desde el centro se busca endurecer el control sobre los estados de la federación en la instrumentación de la política social, la asignación de los presupuestos y la recaudación de impuestos. En los hechos se va instaurando una especie de Estado Totalitario, con una fuerte dosis de terrorismo gubernamental y tufo de tiranía o dictadura.

Dice la Barra Mexicana de Abogados que “Los regímenes que no guían su gobierno bajo la forma de gobierno republicano tienen otras denominaciones que conllevan derechos democráticos limitados…”, pero para decirlo con claridad, se trata de regímenes totalitarios, propios de una tiranía o dictadura. ¿Hacia allá vamos? Haber ganado una elección presidencial no autoriza a López Obrador a alterar el régimen político que establece la Constitución y menos a dar un golpe de Estado contra ésta. La soberanía popular es algo más que un tercio de la votación y no está a la interpretación de una persona, por mucho poder que tenga, así sea el presidente de la República.

El último clavo

El problema no es si López Obrador fue institucional dando el Grito, o que si su Grito fue “magnánimo”. La cuestión fundamental son los resultados de este gobierno a casi un año de que asumieron el poder, cuando estamos viendo que los principales problemas del país los están rebasando. Más aún, el tema central es qué tipo de régimen político se están proponiendo instaurar y la forma centralista y autoritaria que está tomando su gobierno.

Al presidente le gustó que a algunos de sus adversarios les haya parecido muy bien el Grito y el que lo vieran como el inicio de una reconciliación, dijo que les toma la palabra y llamó a la unidad sobre la base de propósitos comunes como la justicia, el bienestar, la libertad y una auténtica democracia.

Sería bueno que no quede en mera disposición y se convoque a un gran diálogo nacional, con un temario amplio sobre el rumbo que debe tomar el país y con mecanismos institucionales que permitan ir sentando las bases de un congreso constituyente, un gobierno de unidad nacional y de cogobierno, a fin de discutir e instrumentar una verdadera transformación con sentido democrático que reafirme el régimen político que establece nuestra Constitución. Yo lo dudo, porque la esencia del grupo político que encabeza el presidente es de sectarismo, intolerancia y soberbia.


Referencias: 

“Golpe de Estado”. Autor: Julia Máxima Uriarte. Para: Caracteristicas.co. Última edición: 28 de agosto de 2018. Disponible en: https://www.caracteristicas.co/golpe-de-estado/.

**Huertas, O., & Cáceres, V (2014). Los golpes de Estado constitucionales en Latinoamérica: una amenaza emergente para el principio democrático. Justicia Juris, 10(2), 28-35. file:///C:/Users/HP%20ELITEBOOK/Downloads/Dialnet-

***“GOLPES DE ESTADO En las tinieblas de Brumario: cuatro siglos de reflexión política sobre el golpe de Estado” EDUARDO GONZÁLEZ CALLEJA1 file:///C:/Users/HP%20ELITEBOOK/Downloads/Dialnet-

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