jueves 28 marzo 2024

Anunciar promociones de cervezas, nachos, pozole y pescado en restaurantes si un candidato determinado gana la Presidencia puede ser delito electoral

por Luis Castrillón-RST

 

Las promociones son atractivas, ni dudarlo. ¿A quién no le gustaría participar en una promoción de chelas y nachos, o pozole, o filetes de pescado si llega a ganar un candidato en específico las elecciones 2018 para presidente de México?

El problema es que esas promociones, de acuerdo con la Fiscalía para la Atención a Delitos Electorales (FEPADE), podrían constituir un delito.

 

 

De acuerdo con la FEPADE, esas promos “constituyen una infracción a lo dispuesto por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en términos del artículo 209 , numeral 5:

“La entrega de cualquier tipo de material que contenga propaganda política o electoral de partidos, coaliciones o candidatos, en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona está estrictamente prohibida a los partidos, candidatos, sus equipos de campaña o cualquier persona. Dichas conductas serán sancionadas de conformidad con esta Ley y se presumirá como indicio de presión al elector para obtener su voto.”

Y eso no es todo el problema que podrían enfrentar. Aquí hay más:

“Independientemente de ser objeto de un Procedimiento Administrativo Electoral, también son sujetas de investigación por un posible hecho delictuoso electoral, el cual puede adecuar su hipótesis a lo establecido por el siguiente artículo de la Ley General en Materia de Delitos Electorales:

“Artículo 7. Se impondrán de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:

Fracción VII. Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.”

En este caso, se podría concretar la posible conducta delictiva al realizar la promesa de alguna “contraprestación, para votar por un candidato, durante la campaña electoral”, según explica la FEPADE.

Y por eso la autoridad puede proceder al respecto con acciones que van desde la inspección en los negocios mencionados hasta el aseguramiento ministerial para evitar que continúen los efectos de dicha conducta posiblemente delictiva.

En el caso de que la posible sanción corresponda al marco de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales la sanción va desde una amonestación pública hasta 100 mil días de salario mínimo de acuerdo a lo establecido en las fracciones 1 y 2 del artículo 456 de la LGIPE.

Dicho procedimiento se inicia a instancia de parte por cualquier persona o de oficio cuando cualquier órgano del Instituto nacional o local tenga conocimiento de la comisión las conductas infractoras.

Los tres establecimientos que podrían estar incurriendo en la posible comisión de los delitos antes señalados son:

“El mesón de Don Camarón” que promete invitar 300 filetes de pescado si López Obrador gana la Presidencia.

“La Pozoleria de Barrio” promete pozole y cerveza gratis si ocurre lo mismo.

Por su parte, el bar “Red Irish”, invita cerveza de barril y nachos con queso, en las mismas condiciones.

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