jueves 25 abril 2024

Tribunal Electoral vincula a Hacienda para dar recursos para la revocación de mandato

por etcétera

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) para aplazar actividades de la revocación de mandato. Le ordenó realizar adecuaciones presupuestarias para llevarla a cabo, y si son insuficientes, deberá solicitar los recursos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que quedó vinculada a la resolución y debe acatarla.

La noche de este miércoles, en una sesión realizada en videoconferencia, la Sala Superior del TEPJF, de manera unánime, aprobó el proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera, que consideró que la insuficiencia presupuestaria no es razón válida prevista en la normativa para interrumpir el proceso de revocación de mandato, ya que esto sólo puede ocurrir si no se reúnen las firmas de apoyo requeridas por la ley.

Fuentes Barrera consideró también que no se justificó fehacientemente la falta de recursos en el medio de impugnación, y que el Consejo General del INE debe adoptar las medidas necesarias para garantizar el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía.

Pero, consideró el magistrado, en caso de que el INE no tenga los recursos necesarios para realizar el proceso de revocación de mandato y así lo demuestre, puede solicitar una ampliación de presupuesto a la SHCP, por lo que a esta dependencia se le vincula en la sentencia “con la finalidad de que dé una respuesta debidamente fundada y motivada”.

La ponencia de Fuentes Barrera considera que la SHCP, como parte del Estado mexicano al igual que el INE, “tiene el deber de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos, en este caso a través del proceso de revocación de mandato”.

En ese sentido, el magistrado dijo que la SHCP debe coadyuvar en la atención de todos los elementos, así sea en una perspectiva de austeridad, disponibilidad y eficiencia presupuestal para que sea factible garantizar el derecho político-electoral de participación ciudadana.

La magistrada Janine Otálora consideró que en casos como este se les debe reconocer a los ciudadanos el interés jurídico, y estuvo de acuerdo en vincular a la Secretaría de Hacienda al cumplimiento de la sentencia del tribunal.

También Felipe de la Mata consideró que el INE carece de las facultades para suspender la revocación de mandato. También consideró que, para realizarla, el INE debe hacer ajustes presupuestarios, sin afectar sus funciones prioritarias. Se unió al argumento para vincular a la SHCP a la sentencia, ya que todas las autoridades deben contribuir al ejercicio de los derechos de los ciudadanos.

El presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, coincidió en la consideración de que el INE y la SHCP deben garantizar los derechos político electorales, cada institución desde el ámbito de sus atribuciones.

Así, al ser vinculada por el Tribunal Electoral, la Secretaria de Hacienda deberá otorgar los recursos suficientes para la revocación de mandato si los justifica el INE. Javier Martín Reyes, profesor –investigador del CIDE especialista en Derecho electoral, consideró lo siguiente en un tuit: “La sentencia de hoy deja en claro que @INEMexico y @Hacienda_Mexico tienen la obligación constitucional de garantizar la participación en la revocación. Si el INE demuestra que es indispensable una ampliación, Hacienda debe otorgarla, pues de lo contrario incumpliría ese deber”.

En otro mensaje sobre la sesión de la Sala Superior del TEPJF, Reyes aclaró: “Todas y todos los magistrados dejaron en claro que no hay derechos sin presupuesto. El @INEMexico podrá solicitar una ampliación y la Secretaría de Hacienda tiene la obligación de garantizar la participación en la revocación”.

Apenas el pasado 23 de diciembre, en una muy discutible determinación (entre otras razones, por su competencia en materia electoral), la Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, integrada por las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos Farjat, estableció que el INE debe continuar “con las actividades del proceso de revocación de mandato hasta su conclusión con el presupuesto aprobado de mil 503 millones de pesos el cual constituye un indicador de viabilidad financiera”.

Sobre las adecuaciones presupuestarias, en la sesión en la que tomó el acuerdo de aplazar algunas actividades de la revocación de mandato, el INE informó que para realizar ese proceso se requieren 3 mil 830 millones de pesos. Con los recursos asignados y con ahorros, el organismo electoral cuenta con mil 503 millones de pesos, por lo que faltan más de 2 mil 300 millones de pesos para realizar el ejercicio si es que se reúnen las firmas de apoyo necesario.

Si el INE justifica esa última cifra, serán los recursos que la SHCP deberá ampliar en su presupuesto.

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