jueves 28 marzo 2024

TEPJF reduce multa del PVEM por uso indebido de informes parlamentarios

por etcétera

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la multa que el Instituto Nacional Electoral impuso al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) por utilizar recursos públicos destinados al Poder Legislativo para hacer campaña.


Los magistrados discutieron este miércoles el expediente SUP-RAP-213/2015 en el que ratificarían las multas que el Consejo General del INE impuso al Verde Ecologista por usar los informes parlamentarios de sus legisladores para promoción institucional del partido.


La multa original equivalía al 200% del monto que se gastó en el ilícito (107 millones 485 mil 327 pesos) ya que el Instituto “ponderó el dolo” No obstante, según el Tribunal este “elemento no debe tomarse en cuenta para la calificación de la falta como grave especial, toda vez que el dolo forma parte de la conducta infractora”.


Es decir, el INE tomó en cuenta para la sanción tanto el ilícito como la intencionalidad, dos elementos inseparables, según la exposición de los integrantes del TEPJF.


El magistrado ponente, Pedro Esteban Penagos López, justificó la sentencia afirmando que “se conocía de dónde venían o provenían los recursos en especie, que fueron aportados por los propios legisladores del partido, por lo que no debió de ser tomada en consideración para graduar la gravedad de la sanción e imponer un 100% adicional al monto involucrado”.


“La sanción a imponer no podrá ser mayor del 200% de ese monto involucrado. Esto sin que pase inadvertido que por estos mismos hechos esta Sala Superior en cuanto afectaron el modelo de comunicación democrática, esto es el proceso electoral, ya se impuso una sanción de 86 millones de pesos. Ahora es lo propuesto aquí que, desde luego, se vaya o a imponer una sanción hasta del 200% de este beneficio obtenido”, dijo Penagos López según el comunicado oficial.


Por ello, el TEPJF exhortó al INE  individualizar la sanción y a hacer los ajustes correspondientes a su anterior dictamen, en un plazo máximo de 15 días.


 


mahy

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