viernes 29 marzo 2024

El TEPJF sanciona a AMLO, gobernadores de Morena y asociación oficialista por propaganda ilegal

por etcétera

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó diversas sanciones que el Instituto Nacional Electoral (INE) dictó contra el presidente Andrés Manuel López Obrador, gobernadores de Morena y una asociación oficialista por violar la Constitución y la ley en el proceso de revocación de mandato.

La Sala Superior del TEPJF confirmó que los gobernadores de 18 entidades de la república deben retirar un desplegado de apoyo a López Obrador titulado Gobernadores y gobernadoras de la 4ta Transformación (que fue publicado en el contexto de la casa gris de Houston de José Ramón López Beltrán), ya que es considerado propaganda gubernamental realizada en el periodo prohibido en el marco del proceso de revocación de mandato.

Cuando el INE ordenó el retiro del comunicado, varios titulares del Poder Ejecutivo de entidades, como Claudia Sheinbaum y Cuitláhuac García, de la Ciudad de México y Veracruz, manifestaron su reticencia a obedecer la ley y la Constitución, que impugnaron la determinación de la Comisión de Quejas y Denuncias.

Los magistrados aclararon que no se requiere acreditar que se hayan usado recursos públicos para difundirla, sino que sólo es necesario que las expresiones de los servidores públicos se relacionen con informes, logros de gobierno, beneficios y compromisos de gobierno cumplidos.

La Sala Superior del TEPJF también ratificó la determinación que con anterioridad había tomado la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), que consideró como propaganda gubernamental la difusión de las reuniones de trabajo de López Obrador realizadas el 12 y 13 de febrero.

Durante esos actos, el presidente mencionó beneficios de algunos de sus programas, lo que fue considerado por la Comisión del INE como propaganda gubernamental realizada en un periodo prohibido por la ley. López Obrador impugnó la decisión del INE, pero la Sala Superior del TEPJF determinó confirmar las medidas cautelares contra la difusión de logros que hizo el presidente, en violación de lo estipulado en el apartado 7 de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución.

Por esa determinación, las publicaciones de los actos presidenciales deberán ser retiradas de sitios de internet t redes sociales. Además, como tutela preventiva, el tribunal llamó a López Obrador para que se abstenga de hacer propaganda gubernamental durante el periodo prohibido.

En otra resolución sobre la revocación de mandato, el TEPJF multó a la asociación civil Que siga la democracia por la promoción de ese proceso (el que presenta, además, como “ratificación”). Originalmente la Comisión de Quejas y Denuncias del INE le impuso medidas cautelares, las que después fueron confirmada por la Sala Regional Especializada del propio tribunal.

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