viernes 19 abril 2024

SCJN: Nayarit no puede declarar a la fiesta de los toros y peleas de gallos patrimonio cultural

por etcétera

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó que Nayarit cuente con la facultad para declarar a la fiesta taurina y a las peleas de gallos como patrimonio cultural inmaterial, lo que no significa que prohíba esas prácticas.

En 2019 el estado de Nayarit declaró a las corridas de toros y las peleas de gallos como patrimonio cultural inmaterial de esa entidad. Sin embargo, la asociación civil Cuenta Conmigo Tepic solicitó un amparo para impedir que ambas prácticas fueran consideradas como culturales debido a que se maltrata, tortura y hasta se mata a los animales.

El asunto llegó hasta la SCJN, que tenía proyectado tratar el asunto el pasado 25 de mayo, pero fue pospuesto hasta este miércoles 15 de junio. Este día su Segunda Sala resolvió el asunto al determinar que las declaratorias sobre patrimonio cultural corresponden a la Federación y no a las entidades de la República, según interpretó de la Constitución y de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.

En su resolución la Segunda Sala de la SCJN considera que “las peleas de gallos y la fiesta taurina, al traducirse en actividades que generan sufrimiento, agonía e incluso la muerte de especies sintientes, de manera innecesaria o injustificada, resultan incompatibles o irreconciliables con el derecho humano a un medio ambiente sano y, por ende, no son susceptibles de tutela bajo los llamados derechos culturales”.

Debido a lo anterior la SCJN resolvió que el decreto del estado de Nayarit es inconstitucional porque no tenía la facultad para hacer la declaratoria sobre la fiesta de los toros y las peleas de gallos.

Sin embargo, el tribunal aclaró que su resolución no es sobre si las peleas de gallos y las corridas de toros deben ser prohibidas porque este asunto no fue planteado en el juicio de amparo.

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