sábado 20 abril 2024

Reformas para implementar el T-MEC contienen mecanismos de censura digital, advierte Artículo 19

por etcétera

Las reformas legales que se discuten en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, las cuales están relacionadas con la implementación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), contienen modificaciones que implican censura y representan una amenaza contra los derechos humanos de los ciudadanos, advirtió la organización Artículo 19.

En un comunicado conjunto con otras organizaciones, detalló que en el capítulo de Propiedad Intelectual de dichas reformas, se contemplan cambios en Artículo 114 de la Ley Federal de Derecho de Autor, para establecer un mecanismo privado de censura en internet denominado “notificación reiterada”. Éste obliga a los proveedores de servicios de internet a remover cualquier publicación o contenido de sus usuarios cuando un tercero alegue que se violan sus derechos de autor, aun sin necesidad de aportar prueba alguna de dicha infracción y sin que haya de por medio un fallo judicial que determine que, en efecto, se incurrió en esa falta.

“Al permitir que cualquier particular censure expresiones en línea, sin que siquiera deba seguirse un proceso legal para determinar si la expresión efectivamente constituye una infracción a derechos de autor, se establece un mecanismo de censura claramente violatorio del derecho a la libertad de expresión consagrado en los artículos 6 y 7 de la Constitución y en tratados internacionales, como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, se lee en el documento.

Consideró que la imposición de este tipo de obstáculos al libre flujo informativo es regresiva, innecesaria y desproporcionada desde una perspectiva integral de los derechos humanos. En el caso del mecanismo de “notificación y retirada” previsto en la iniciativa, éste ha sido utilizado para remover contenidos e información de interés público atentando contra el derecho a la libertad de expresión de quien publica la información, así como el de derecho de las personas a conocer sobre hechos relevantes en una sociedad democrática.

Precisa que México está imposibilitado constitucionalmente para adoptar este mecanismo, y de acuerdo al texto del Capítulo 20 del TMEC, tampoco está obligado a implementarlo, toda vez que estipula que cualquier reforma de esta naturaleza, deberá hacerse de conformidad con las disposiciones constitucionales vigentes en el país.

Por otra parte, las reformas que se discuten en el Congreso también incluyen severas sanciones, de hasta 10 años de prisión, a los proveedores que eludan “medidas tecnológicas de protección”. Este término se refiere a los candados digitales que los fabricantes o desarrolladores de hardware y software instrumentan para impedir el acceso o copia de la información contenida en dichos equipos y sistemas, con el fin de impedir infracciones a sus derechos de autor.

No obstante, Artículo 19 advierte que en un sinfín de dispositivos y sistemas estos mecanismos de protección, también obstaculizan el ejercicio de derechos y el desarrollo de actividades que benefician al interés público y requieren eludir dichas limitaciones para ser llevadas a cabo. Un ejemplo, abundó, es que los investigadores de seguridad informática necesitan eludir candados digitales para poder detectar vulnerabilidades de seguridad cuya reparación beneficia la seguridad de millones de personas.

Tras enumerar otros ejemplos en donde es necesario eludir los candados digitales, sin que esta práctica sea criminalizada, la organización argumentó que las reformas, aun cuando contemplan algunas excepciones, persisten deficiencias, imprecisiones y omisiones que amenazan e inhiben el ejercicio de derechos.

“Sin excepciones robustas y amplias a la prohibición de la elusión de candados digitales, se ponen en riesgo la seguridad, la privacidad, la libertad de expresión, el derecho a participar en la vida cultural, la economía y muchos otros derechos”, expuso.

Artículo 19 reprochó que los legisladores excluyeran de la discusión de estas reformas a grupos de la sociedad civil especializados en estos temas, por lo que demandaron un proceso abierto y participativo que permita que la instrumentación de las leyes del T-MEC se lleve a cabo en estricto apego a la Constitución y a los derechos humanos.

“Exigimos al Senado de la República que los grupos de trabajo para discutir la implementación del TMEC sean incluyentes y plurales e incluyan a representantes de la sociedad civil. Solicitamos que no se incluyan en el periodo extraordinario que será convocado la discusión y aprobación de las reformas en materia de derechos de autor hasta que no se lleve a cabo un proceso de parlamento abierto plural y diverso con participación de la sociedad civil, no solo de la industria como ha sido hasta ahora. Se eliminen los mecanismos de censura contemplados en la iniciativa de reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor que violan la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos. Se subsanen deficiencias e incorporen excepciones robustas y amplias a la prohibición de la elusión de medidas tecnológicas de protección, de manera que se proteja al interés público”, se lee en el boletín.

arg

 

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