jueves 28 marzo 2024

Pendiente en la SCJN resolución final sobre el derecho de réplica

por etcétera

Con ocho votos a favor y dos en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es constitucional reclamar el derecho de réplica a los medios de comunicación, siempre y cuando la información difundida sea falsa o inexacta.

El Pleno del máximo tribunal del país discutió los recursos de  inconstitucionalidad promovidos por los partidos políticos Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y de la Revolución Democrática (PRD), en donde se proponía que cualquiera que se sintiera agraviado por alguna información de los medios, pudiera entablar una demanda aun cuando ésta fuera verdadera.

Durante la sesión del lunes, el ministro Javier Laynez, responsable del proyecto, consideró que el derecho de réplica no debe entenderse como una herramienta para reclamar reparación de daño, postura que respaldo el magistrado José Ramón Cossío.

A su vez, la ministra Norma Lucía Piña aludió a la responsabilidad de los medios de comunicación de no publicar información falsa, a a fin de evitar ser demandados por el ejercicio del derecho de réplica, el cual opera como garante de veracidad informativa.

Los votos en contra fueron del ministro presidente Luis María Aguilar y el magistrado Alberto Pérez Dayán, quien estuvo a cargo del proyecto anterior sobre este tema, en el cual se planteaba invalidar los requisitos de inexactitud o falsedad de la información para pedir réplica, tal y como lo expusieron los partidos políticos demandantes.

El presidente de la SCJN levantó la sesión sin que alcanzara a concluir la discusión, la cual se reanudará este martes y en la cual se espera emitir un fallo final.

(Con información de El Universal)

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