jueves 25 abril 2024

Diputados avalan reforma que autoriza el uso de lenguas indígenas a radios comunitarias

por etcétera

Este martes, por dictamen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Cámara de Diputados modificó artículos de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión para que las radios comunitarias no estén obligadas a transmitir en español y puedan hacer uso de lenguas indígenas.


Los legisladores reformaron el artículo 230 de la Ley, que fue avalada con 431 votos y se mandó al Senado de la República para su votación y aprobación.


Antes de su modificación el artículo establecía que: “En sus transmisiones, las estaciones radiodifusoras de los concesionarios deberán hacer uso del idioma nacional. Lo anterior, sin perjuicio de que adicionalmente las concesiones de uso social indígena hagan uso de la lengua del pueblo originario que corresponda”.


La reforma propuesta por el grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC) asegura que la ley expresada de esta manera, obliga a los concesionarios a hacer uso del “castellano” durante las transmisiones. La modificación presentada al artículo 230 establece claramente que está permitido utilizar cualquier lengua reconocida por la Ley General de Derechos Lingüisticos de los Pueblos Indígenas.


“En sus transmisiones, las estaciones radiodifusoras de los concesionarios podrán hacer uso de cualquiera de los idiomas nacionales reconocidos en la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. La utilización de lenguas indígenas en las transmisiones de las estaciones radiodifusoras de los concesionarios, no podrá ser objeto de ninguna clase de discriminación, coerción, limitación, inhibición o restricción”.


De acuerdo a la información del INEGI, en México hay más de siete millones personas de tres años en adelante que hablan algún dialecto. Además, según al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, en nuestro país hay 364 lenguas pertenecientes a 11 familias lingüísticas.


La Constitución reconoce y garantiza el derecho a los pueblos y la comunidades indígenas a la libre determinación y la autonomía de preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyen su cultura e identidad. De esta manera, se intenta fortalecer la función social de la radiodifusión como instrumento que preserva y enriquece las lenguas indigencias, ya que les permite una inclusión política.


La reforma a dicho artículo surgió luego del amparo promovido por Mardonio Carballo, poeta y escritor en náhuatl, que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia y que determinó que “disponer el uso exclusivo o preferente del castellano en las concesiones de radiodifusión es inconstitucional”.


iesz

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