jueves 28 marzo 2024

Corte invalida Ley de Seguridad Interior; Morena busca reformas para intervención militar permanente en seguridad pública

por etcétera

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró hoy que la Ley de Seguridad Interior (LSI) es inconstitucional, por lo que debe ser invalidada en su totalidad.

Con mayoría de nueve votos (se requerían al menos ocho), la SCJN ha derrumbado la legislación con la que se pretendía dar certidumbre a la actuación de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad pública.

Tras continuar el análisis de la acción de inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y legisladores, la mayoría de los ministros decidieron la invalidez de la LSI. Fueron expuestos varios argumentos contra la LSI.

El martes pasado seis magistrados se habían manifestado contra la LSI, y hoy José Fernando Franco González Salas, Margarita Luna Ramos (quien no votó pues tuvo que abandonar la sesión), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Luis María Aguilar Morales sumaron sus opiniones en ese sentido. El ministro ponente, Jorge Pardo Rebolledo, se quedó solo.

Para echar atrás la LSI se esgrimieron varios argumentos: Aguilar Morales, presidente de la SCJN, reconoció la labor de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública, pero dijo que esa intervención debe ser temporal y no debe normalizarse. Dijo que el Congreso sí podía emitir la ley, pero que debían eliminarse los artículos que buscaban normalizar la intervención de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública. De hacerlo así, dicha ley quedaría desarticulada, por lo que es más conveniente una norma congruente y que sí brinde certeza jurídica.

Por su parte, Luna Ramos dio una objeción de procedimiento legislativo: expuso que la ley estaba viciada de origen porque se aprobó vía fast track, aunque consideró que el Congreso sí tiene facultades para legislar en la materia.

Franco opinó al contrario: que el Congreso no tiene competencia sobre el tema: “En ningún articulo de la Constitución se otorga facultad expresa para legislar en materia de seguridad interior”.

Por su parte, Gutiérrez Ortiz Mena alegó la inconstitucionalidad de la ley porque no se consultó a los pueblos indígenas y las irregularidades debidas a que la seguridad pública es competencia de la autoridad civil.

Pardo Rebolledo defendió la LSI al resaltar que una legislación de este tipo es necesaria para darle un marco regulatorio a las Fuerzas Armadas.

El ministro Eduardo Medina Mora redactará la sentencia de la invalidez de la LSI.

Por otra parte, ayer se anunció que uno de los ejes del Plan Nacional de Paz y Seguridad 2018-2024 será la creación de una Guardia Nacional integrada por militares, que actuará de forma permanente en las tareas de seguridad pública. Para lograrlo se requiere de una reforma constitucional.

Así, se anunció que la fracción parlamentaria de Morena en la Cámara de Diputados presentará el martes próximo la iniciativa de reforma constitucional para que los elementos de las Fuerzas Armadas adscritos a la Guardia Nacional puedan desempeñar, de forma permanente, tareas de seguridad pública.

Al respecto el líder de esa bancada, Mario Delgado, comentó que esa modificación es necesaria porque “la Constitución Política del país impide al Ejército y a la Marina intervenir en labores de seguridad pública, función que corresponde exclusivamente a las autoridades civiles”.

arm

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