El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad reformas y adiciones a la Ley General de Salud, para prohibir la realización tatuajes y perforaciones en puestos semifijos o ambulantes.
Al argumentar el dictamen, se reveló que tres de cada 10 personas se tatúan o se someten a una perforación, lo hacen en lugares sin protección y en el 50% de los casos se desarrolla algún cuadro infeccioso.
Por lo anterior, se reformó el Artículo 268-Bis de la Ley General de Salud, para que tanto los tatuajes como el “piercing” se lleven a cabo en locales establecidos y con los permisos sanitarios correspondientes. En el caso de loes menores de edad, éstos deben ir acompañados por alguno de sus padres o contar con un permiso por escrito.
Esta reforma surgió de una iniciativa que el diputado del PRI, José Luis Orozco Sánchez Aldana, quien señaló que de acuerdo con datos oficiales, tan solo en la Ciudad de México se tiene registrado que cinco de cada 10 personas que se practican una perforación, desarrollan una infección de la zona. En el caso de las perforaciones, las infecciones pueden derivar en lesiones que atrofien la lengua, deformen los labios, dañen los cartílagos de la nariz y se pierdan sensibilidad o movimiento en el área.
Se destacó que los establecimientos que cuentan con todos los requisitos establecidos por ley, a diferencia de los puestos ambulantes, están obligados a aplicar ciertas medidas en beneficio de la salud y la integridad de las personas.
(Con información de Notimex)