Fernando Mejía Barquera
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un tremendo caso: detuvo lo que era efectivamente —sin exageración— la conversión en ley de un plan de negocios elaborado por un grupo de empresarios para asegurarse posiciones privilegiadas en el mercado, al menos durante las próximas cinco décadas, sin necesidad de competir y sin pagar por el uso de un bien de la nación, el espectro radioleléctrico.
CONCESIONES VITALICIAS
A diferencia de los diputados, que aprobaron en diciembre de 2005 las reformas a las leyes de telecomunicaciones y de radio y televisión sin leer el texto correspondiente, en algunos casos por pereza o ineptitud y en otros por seguir órdenes de su dirigencia partidaria, los ministros de la Corte dedicaron varios meses a revisar los detalles de esos cambios legales y sus implicaciones jurídicas, económicas y sociales. Y a diferencia de los senadores, cuya mayoría aprobó en marzo de 2006 el texto de las reformas bajo la consigna de “no quitarle ni una coma”, los ministros no dudaron en suprimir palabras, frases o párrafos enteros.
Una de las pretensiones que la Corte paró en seco es la añeja aspiración de los concesionarios (mexicanos y del continente) de que las licencias para operar radio y televisión fueran prácticamente vitalicias. En la década de los cuarenta del siglo pasado, la Asociación Interamericana de Radiodifusión (AIR), a la cual están afiliados los empresarios de radio y tv del continente, elaboró una estrategia fundamentada en 12 puntos (las famosas “12 Bases de la AIR”) cuyo objetivo era “uniformar las legislaciones sobre la materia en toda América” y que establecía en su numeral 9: “Las concesiones deberán otorgarse por tiempo indeterminado”. En 1959, cuando se discutía el documento que habría de convertirse en Ley Federal de Radio y Televisión (promulgada en enero de 1960), la entonces Cámara Nacional de la Industria de Radiodifusión (CIR) trató de lograr ese objetivo. No lo consiguió, aunque obtuvo una buena negociación: el artículo 16 de esa ley indicaba que las licencias podrían durar como máximo 30 años y los concesionarios tendrían preferencia para renovarlas.
Al reformar la ley en 2005, los concesionarios mexicanos intentaron nuevamente, ahora de manera embozada, conseguir el objetivo de tener licencias casi vitalicias: primero concesiones a plazo fijo (20 años) y luego sucesivos refrendos automáticos. El Congreso de la Unión lo había aprobado, pero la Corte lo detuvo y sentó jurisprudencia: la legislación mexicana no permitirá concesiones vitalicias ni de manera abierta ni embozada.
PLURALIDAD Y TECNOLOGÍA
La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión, Televisa y TV Azteca, han declarado su desacuerdo con las resoluciones de la Suprema Corte y su temor de que haya consecuencias negativas en el sector de medios electrónicos al “no existir seguridad jurídica para la inversión”, debido a que el mecanismo propuesto por ellos para el otorgamiento y refrendo de concesiones no fue aceptado por la Corte. Parece chantaje o terrorismo verbal. El sector de telecomunicaciones constituye uno de los de mayor crecimiento en el mundo, no obstante la tendencia internacional es otorgar concesiones por entre 5 y 10 años.
Las telecomunicaciones en México no deberían desarrollarse mediante una legislación que otorgue privilegios a grupos poderosos, sino a través de un marco legal que logre conciliar los intereses económicos legítimos de las empresas con los intereses sociales, la igualdad de oportunidades para competir en el mercado del sector con la posibilidad de acceso como operadores de medios a comunidades y grupos sociales diversos, todo ello en un marco que impulse el desarrollo tecnológico. Ese es ahora el compromiso del Congreso de la Unión. Si hay empresarios o políticos que ven como excluyentes la pluralidad, la competencia y el desarrollo tecnológico, entonces sí el país estará en problemas.