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8 Julio 2008
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Julio 2008
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Hora cero
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memoria
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Cómo se vende una concesión
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El cazador cazado
Fedro Carlos Guillén, Junio 2008
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lo que quiero decir
La comunicación del presidente Calderón
Rubén Aguilar Valenzuela, Julio 2008
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Los colaboradores
Ruth Esparza Carvajal, Julio 2008
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Oaxaca, transparencia sometida
Adrián Ortiz Romero, Junio 2008
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Los medios y la cultura
Virginia Bello Méndez, Julio 2008
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Argentina: Publicidad gubernamental, gasto sin control
Andrea Recúpero, Junio 2008
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Daniel Moreno: Queremos competir con los periódicos
Humberto Sesma y Luis Torres, Junio 2008
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textos
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08 de septiembre, 2006
Transparenta IFE las actas del proceso electoral
De acuerdo con el Cofipe no se permite la entrega de boletas electorales
La resolución del Comité de Información del IFE a la solicitud de acceso a la información formulada por un grupo de alrededor de 800 ciudadanos sobre las boletas electorales, pone a disposición de cualquier persona las actas de escrutinio y cómputo de casillas en las cuales se asienta el contenido de las boletas, así como todas las actas que se generaron a lo largo de las diversas fases del proceso electoral, con el fin de satisfacer el derecho de acceso a la información de los ciudadanos.
El acceso a las actas emitidas por el Instituto se permitirá de acuerdo con las siguientes modalidades:
a) Pago de copia simple o certificada.
b) Consulta in situ con base en los requisitos que al efecto establezca el Instituto y a los cuales deberá sujetarse el solicitante o sus representantes legalmente acreditados mediante poder notarial especial para estos efectos.
c) En su oportunidad, el Instituto determinará la incorporación de algunas actas en la página de Internet institucional, a lo cual se indicará la ruta de acceso.
El Comité estableció que las boletas electorales no pueden ser entregadas a los solicitantes por lo siguiente:
El Cofipe obliga al IFE a mantener la inviolabilidad de las boletas electorales convertidas en votos.
La conversión de las boletas en votos: la boleta adquiere un régimen jurídico específico a partir de que la misma asume el carácter de voto y no son susceptibles de conservación.
El legislador no consideró el acceso a las boletas electorales al no concederles el carácter de documentos históricos, ni dejó al arbitrio del Instituto su destino.
La certeza en el desarrollo de los comicios y la seguridad jurídica de los participantes se consuma al concluir las etapas del proceso electoral. Los actos y resoluciones se constituyen en definitivos y firmes para cumplir con el principio de definitividad.
Bajo el principio de legalidad el Instituto debe observar lo que expresamente le señala el Cofipe:
La ley no establece disposición alguna que determine el acceso a las boletas fuera de los casos señalados en la misma.
La ley sí prevé expresamente mantener en resguardo la documentación electoral y el destino final de la misma.
La obligación de resguardo y de inviolabilidad no se interrumpe bajo ningún supuesto.
Con excepción del cumplimiento de un mandato judicial, no es jurídicamente posible entregar o poner a disposición de persona alguna, los votos contenidos en los paquetes electorales.
Vale la pena señalar, que los solicitantes pueden interponer un recurso de revisión en contra de la resolución del Comité de Información del IFE, la cual le correspondería resolver a la Comisión de Transparencia del mismo órgano electoral, integrada por Consejeros Electorales y Representantes de Partidos Políticos.
En la página de Internet del Instituto (www.ife.org.mx) se pueden encontrar informes relativos a los procedimientos y acciones llevados a cabo a lo largo de todo el proceso electoral federal 2005-2006.
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