Carlos Gómez Valero
La violenta irrupción fraguada por Ricardo Salinas Pliego, la madrugada del 27 de diciembre (los empresarios de los medios electrónicos ya le agarraron gusto a las oscuras y solitarias horas de la madrugada para tomar decisiones y resolver sus conflictos), para apoderarse de las instalaciones de CNI-Canal 40 en el Cerro del Chiquihuite, convirtió un asunto mercantil, legal y civil en una bomba política que le explotó en la cara al Presidente Fox y a sus secretarios competentes, Pedro Cerisola y Santiago Creel que, ante la conflagración, sólo atinaron a blandir la amenaza de la requisa, intentando resolver con ello un asunto que descuidaron durante meses.
Todavía, el 6 de enero, Vicente Fox se preguntaba qué tenía él que ver en el asunto. La respuesta no tardó por parte de juristas y analistas. Simple y llanamente, él es el Presidente de la República y el conflicto involucra a dos empresas que se disputan una concesión de una señal de televisión. Hay varias razones por las cuales el Ejecutivo Federal debería de intervenir, sólo a manera de ilustración para el presidente y su equipo, van algunas:
Constitución Política
Art. 25, párrafo cuarto: El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto, de la Constitución, manteniendo siempre el Gobierno Federal la propiedad y el control sobre los organismos que su caso se establezcan.
Art. 28, párrafo cuarto: ...La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de esta Constitución; el Estado al ejercer en ellas su rectoría, protegerá la seguridad y soberanía de la Nación, y al otorgar concesiones o permisos, mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes en la materia.
Art. 42: El territorio nacional comprende:
Fracción VI: El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio derecho internacional.
Ley Federal de Radio y Televisión
Art. 1°. Corresponde a la Nación el dominio directo de su espacio territorial y, en consecuencia, del medio en que se propagan las ondas electromagnéticas. Dicho dominio es inalienable e imprescriptible.
Art. 2°. El uso del espacio a que se refiere el artículo anterior, mediante canales para la difusión de noticias, ideas e imágenes, como vehículos de información y de expresión, sólo podrá hacerse previos concesión o permiso que el Ejecutivo Federal otorgue en los términos de la presente ley.
Y así, podríamos seguir citando las obligaciones que le marca el marco normativo en la materia al Presidente de la República, sin embargo, el asunto aquí no parece ser una cuestión de desconocimiento, porque aunque Fox se empeñe en evidenciar su ignorancia jurídica, tiene para que lo ilustren a todo un equipo de asesores.
A mi juicio, en torno a la posición del gobierno en este conflicto, han sucedido una de las dos siguientes situaciones:
1) Falló la operación política en virtud de que Creel y Cerisola minimizaron el conflicto, lo dejaron correr, no ejercieron su responsabilidades legales para resolverlo y no imaginaron que les explotaría en plena cara. Con ello, mostraron su desconocimiento no sólo de sus competencias, sino también de un largo conflicto que los involucra directamente y también del estilo de hacer negocios de los actores involucrados y de su proclividad a la confrontación, particularmente de Salinas Pliego. Con estas omisiones, ambos secretarios dejaron en evidencia a su jefe, quien reaccionó tardíamente.
2) Deliberadamente, Vicente Fox no se atrevió a intervenir en un conflicto que involucra a dos televisoras para no tomar partido y vulnerar sus relaciones con los empresarios de los medios, a los que tanto procura en aras de fortalecer su administración. O lo que es peor, no intervino, esperando que ganara el más fuerte, con lo que intencionalmente favorecía a TV Azteca. No otra cosa se concluye de la decisión tomada por personal de Comunicación Social de Los Pinos, en donde ya habían sustituido el logotipo de CNI-Canal 40, por el de Azteca 40.
Independientemente del arreglo a que lleguen los empresarios de ambas televisoras, que se dieron tres días para llegar un acuerdo luego del llamado que hizo la Secretaría de Gobernación para negociar una solución, y de la resolución final de los tribunales mexicanos sobre este asunto, lo cierto es que la prepotencia con la que TV Azteca está actuando en el conflicto es una clara violación legal que tiene que ser atendida por las autoridades competentes.
De no hacerlo, se reafirma, una vez más, el temor de la administración foxista de obligar a los magnates de los medios electrónicos a que se ajusten al marco legal que él tanto alaba.
El temor del Presidente a tocar siquiera con un pétalo de rosa a los dueños de las televisoras, podría revertírsele cuando éstos últimos consideren que Fox ya no les es útil para sus intereses.