José Carreño Carlón
Gracias a la generosa hospitalidad de EL UNIVERSAL, comparto con ustedes un doble estímulo: retomar el registro, esta vez semanal, de la agenda del debate público, y hacerlo precisamente este jueves en que el Pleno de ministros de la Suprema Corte se dispone a adoptar definiciones que, directa o indirectamente, repercutirán en la evolución o la involución del papel del Estado y del mercado en los campos de las telecomunicaciones, y de la radio y la televisión.
Llegó finalmente la hora de la Corte. Tras un agitado proceso legislativo concluido 14 meses atrás, asistimos desde hoy al tramo climático de la deliberación jurisdiccional, a partir de la ponencia del ministro Sergio Aguirre Anguiano. Éste se ha pronunciado por declarar la invalidez de cuatro de los 21 conceptos impugnados por un grupo de senadores de la anterior Legislatura. Iniciaron éstos una acción de inconstitucionalidad contra diversas reformas a las leyes de Radio y Televisión, y de Telecomunicaciones. Fueron aprobadas estas reformas en diciembre de 2005 (por los diputados) y marzo de 2006 (por los senadores) y bautizadas en paquete por sus impugnadores, para efectos de propaganda negativa, como ley Televisa.
Es bueno recordar ahora —para un público más amplio que el directamente involucrado en la confrontación— que la acción de inconstitucionalidad es un procedimiento por el cual, en este caso, un grupo minoritario (al menos 33%) de miembros de un órgano legislativo (el Senado, en el presente debate) alega ante la Suprema Corte la existencia de contradicciones entre normas aprobadas por ese órgano y la Constitución, con el objeto de que, en su carácter de tribunal constitucional, la Corte invalide las normas impugnadas y así prevalezcan los mandatos de la ley suprema.
En otras palabras, a diferencia del amparo o de la controversia constitucional, en que el Poder Judicial resuelve para dirimir una controversia concreta, en la acción de inconstitucionalidad, la Corte adopta una resolución de carácter abstracto, como el de la elaboración de leyes, con efectos generales, como los de las propias leyes que aprueba el Poder Legislativo, sólo que en este caso para invalidar las que ha elaborado el Congreso, con efectos, hay que insistir, de aplicación general.
Los sometidos, en 3 actos
Entre muchas pruebas que se han querido ver en este trance de la Corte, se ha pasado por alto la necesidad de enfrentar la prueba del ejercicio pleno de la independencia de los poderes constitucionales sin caer en el partidismo —como lo advirtió el martes el ministro Aguirre— ni enfilar hacia una ruta de colisión, de choque entre poderes.
El problema no es que el Poder Judicial cumpla sus atribuciones constitucionales. Específicamente esta que lo faculta a invalidar el resultado de las funciones legislativas del Congreso o las del Poder Ejecutivo y del Senado, cuando el primero aprueba leyes, el segundo suscribe tratados, el tercero los ratifica y la Corte encuentra en esas disposiciones alguna contradicción a la norma constitucional.
El riesgo —al que lo ha llevado la polarización del debate parlamentario y sus secuelas en los medios— radica en dar lugar a lo que podría llamarse parlamentarización de las funciones judiciales, con el agravante de aunar a las insuficiencias de la rama jurisdiccional, los defectos y los excesos de la vida parlamentaria.
Porque en los términos de esta puesta en escena en tres actos, en el primero aparece el Poder Legislativo sometido al poder mediático para, entre otras cosas, supeditar al Poder Ejecutivo a través del paquete de reformas al sistema de comunicación. En el segundo, aparece el Poder Judicial supeditado al Poder Ejecutivo para, entre otras cosas más, restaurar el presidencialismo, someter al poder mediático e incluso condicionar la independencia de los medios de comunicación. Con estas premisas (un Poder Legislativo entregado a los poderes fácticos y un Judicial que los combate restaurando los poderes discrecionales de la burocracia para decidir sin contrapesos en materia de telecomunicaciones y radio y televisión) el tercer acto remataría con la exhibición de la forma en que las élites del país han atascado su desarrollo político en un punto muerto, en acelerada descomposición, de arreglos inconfesables entre poderes reales y formales.
Duelo de falsos dilemas
Adicionalmente, como suele ocurrir en los debates polarizados al extremo, la hora de la Corte llegó en medio de una colección de falsos dilemas, en los que se presentan como únicas opciones posibles las visiones extremas, sin permitir ninguna posibilidad de interpretación alternativa.
Del análisis de los discursos en abierta polarización destaca un lenguaje descarnado de luchas de poder entre el sistema político y el sistema mediático:
De un lado, los más claridosos hablan de una “clase política” agraviada por el poder mediático y decidida a someterlo a una regulación estricta. Los más cuidadosos —del mismo lado— se refieren a la necesidad de revigorizar la fuerza del Estado frente a los abusos del mercado, sus distorsiones promonopólicas y su proyecto de perpetuarlas.
Del otro lado se denuncia el intento de los anteriores por restaurar el poder presidencial y de su burocracia para decidir conforme a sus intereses, arreglos y complicidades en materia de telecomunicaciones, y de radio y televisión, a fin de recuperar por esa vía algunos resortes de control gubernamental de los contenidos de los medios.
Según este falso dilema no habría más opción, en un extremo, que el modelo de Chávez de Venezuela y, en el otro, el de Berlusconi de Italia. Ello, para no hablar de la sobreactuación de los portavoces de ambos extremos y de los maniqueísmos con que se erigen en héroes sociales mientras convierten en pánicos morales a sus contrarios.
Los únicos ausentes en este ruidoso debate con el que se intenta parlamentarizar las funciones judiciales son los particulares: las audiencias de los medios y los consumidores de los servicios de telecomunicaciones. Por eso no termina de trascender el círculo de los directamente interesados, comprometidos y agraviados.
Mientras tanto, con o sin ley Televisa o acción de inconstitucionalidad, sigue su curso una acelerada recomposición de la estructura y el control de la comunicación pública en la que están en juego las necesidades de los mexicanos en materia de calidad informativa, comunicativa y tecnológica (en la circulación de datos, imágenes y audio) en condiciones dignas y competitivas.