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Miguel Julio Rodríguez Villafañe  ¿Cuáles son los tres poderes?


 La televisión, referente central de los gobiernos



 Miguel Julio Rodríguez Villafañe



Las nuevas tecnologías de información y comunicación (TICs) han potenciado la influencia de los medios al punto que, en la actualidad, puede decirse que lo que piensan, saben y sienten los hombres y mujeres está condicionado por ellos.

La experiencia humana ha pasado a ser, en cierta forma, una vivencia desde lo mediático.

"Los medios masivos de comunicación son los que hacen realidad el ejercicio de la libertad de expresión"1 y pueden ser el vehículo de graves distorsiones de derechos humanos y de la democracia.

Además, ahora la oferta induce la demanda y, por tanto, el interés de los hombres termina orientado principalmente por las actitudes provocadas desde los consejos que se dan para ser buen consumidor, formulados por los buenos vendedores. Repárese que durante mucho tiempo se sostuvo que la demanda de un bien o un servicio condicionaba la oferta del mismo. Hoy, la oferta determina la demanda. El impulso para querer algo o pensar de alguna manera cada vez más depende de la manipulación sutil de la publicidad y la propaganda mediática.

Ahora se puede vender o convencer de la misma manera para que se consuman cosas, servicios o ideas.

A la propia información se la ha convertido en una mercancía. A los medios generalmente sólo les interesa la información que vende, aunque en ello se descarte información esencial para hacer honor a la verdad o para la conformación de una saludable opinión pública, sobre temas de particular interés cívico.

Todo ello, en medio de una competencia despiadada en la que, con el fin de posicionar productos o servicios, se han diluido los límites. En esa lucha no se trepida en usar métodos de convencimiento que avanzan sobre la configuración de pautas de pensamiento y de vida. Contra eso, el destinatario común casi no tiene posibilidad de defenderse. Los mensajes explícitos son los menos en comparación a las pautas subliminales que se transmiten. Las empresas, cuanto más grandes, aparecen como semidioses que seducen, por lo que resulta difícil negociar con ellas en un plano de igualdad. Existe, por lo general, una debilidad estructural por parte de la persona en su relación con quien le ofrece lo que consume.

Esto genera un ámbito que limita el libre albedrío del hombre y de las sociedades para evaluar conscientemente sus posibilidades o necesidades, al momento de decidir sobre sus gustos o preferencias.

Asimismo, por la importancia que adquieren en la puja de poder, sobre los medios de difusión, tanto en lo económico como en lo político, operan además los intereses del capital y de las empresas que los toman como objetivo a poseer y manejar, por encima del interés general. Por ello, Ignacio Ramonet, director de Le Monde Diplomatique, ha sostenido que, "cuando las absorciones, las tomas de participación y las fusiones entre grandes grupos de comunicación se multiplican en una atmósfera de feroz competencia, ¿cómo podemos estar seguros de que la información aportada por un medio no estará orientada a defender directa o indirectamente los intereses de su grupo, antes que los del ciudadano? En un mundo pilotado cada vez más por empresas colosales que obedecen únicamente a la lógica comercial y en el que los gobiernos parecen un tanto desbordados por las mutaciones en marcha ¿se puede estar seguro de que la democracia será preservada, proyectada?".2

A su vez, el poder político del Estado está acotado por la especial influencia de los medios.

El poder mediático, en vez de ser equilibrador del poder político, se ha erigido en sí mismo como un verdadero poder. La televisión ha pasado a ser el referente central y condicionante del poder político, y también la que domina el accionar de los otros medios de difusión.

En definitiva, el poder estatal está descolocado y la estructura del derecho se encuentra desactualizada ante las nuevas situaciones técnicas que potencian a los medios y las modalidades comunicacionales resultantes. Muchas veces, por acción u omisión, desde las estructuras legales no se tiene una respuesta actualizada y eficaz para una adecuada protección del bien común.

Ramonet sostiene que, en "lo que respecta al poder, él mismo atraviesa una crisis, en el sentido más amplio del término. Constituye una de las características de este fin de siglo. Hay crisis y, finalmente, disolución o incluso dispersión del poder, lo que hace que difícilmente podamos determinar dónde se encuentra realmente". Y acota: "cabría preguntarse cuáles son realmente los tres poderes. Ya se aprecia que no son precisamente los de la clasificación tradicional: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El primero de todos los poderes es el poder económico. Y el segundo ciertamente es el poder mediático. De forma que el poder político queda relegado a una tercera posición".3

Los medios no siempre tienen lealtad para con el sistema que les da su justificación. A veces, la lógica que los guía hace que no se compadezca la firmeza con la que defienden legítimamente los derechos que amparan su gestión, respecto de la manera contradictoria como se informa y educa a la ciudadanía, en lo que hace al desarrollo de los valores democráticos a los que se deben. Es paradójico que en los medios se diga que se quieren mejores dirigentes, mientras se forma y fomenta la frivolidad y la transgresión como estereotipos a seguir. Además, difícilmente se rescata lo positivo de los gobernantes, porque no se considera lo bueno como noticia. Y, en el anonimato mediático que se somete a los esfuerzos valiosos, a veces se deja la sensación que todo es negativo y corrupto en la gestión política, desalentando a los mejores para que opten por la vocación de servir desde lo público y gestando la imagen en la sociedad que la democracia es ineficiente e inútil en sí misma.

Por su parte, el poder político toma en algunas ocasiones el camino más fácil y retroalimenta patológicamente el nuevo sistema de poder. Consciente de su debilidad ante los poderes económicos financieros multinacionales y al influjo de la manipulación que se puede hacer de la información por los medios, opta por aliarse a la lógica de los mismos, antes que enfrentarlos en sus perfiles negativos e involucionantes.

A veces la alianza es explícita y otras se produce cuando el poder político, en vez de dirigir el destino de la sociedad que está bajo su responsabilidad, vive pendiente sólo de lo que los humores sociales mandan, sin un análisis crítico respecto de la bondad o no de lo que interesa en el momento. En definitiva, en dicho contexto no se gobierna ni se fijan rumbos, sino que se navega en el espacio mediático, dejándose llevar por los vaivenes y los intereses de la temática que fijan los mismos. O, en todo caso, el poder político conscientemente se suma a operaciones de manipulación de las ideas o de los pensamientos, con las reglas de la nueva tecnología, canalizando los beneficios en favor de sí mismo y no de los ciudadanos o de la sociedad a la que se debe.

Normas y libertad de expresión

Es importante trabajar andariveles legales que permitan garantizar la libertad de expresión y, por ende, el derecho a la información.

Cabe recordar que los verdaderos titulares del derecho a la libertad de expresión son las personas y las sociedades, como un bien social e individual a la vez. Los medios actúan por delegación implícita y el Estado debe asegurar dicha libertad como derecho humano y presupuesto de su legitimidad de poder y control de gestión de lo público.

Mas, en ese campo, hay que tener cuidado de que, en aras de normativizar aspectos de la libertad de expresión, se niegue la esencia de los derechos en juego.

Tampoco se puede caer en la ingenuidad de pensar que en esta materia la mejor norma es la que no existe, como suelen afirmar ciertos núcleos representativos de la actividad de los medios. La regla debe ser la libertad responsable.

Además, el mundo globalizado y la penetración de la información a través de las TICs ha complicado la eficacia de leyes dictadas por cada país, como sucede con Internet, lo que imposibilita aplicar normas a situaciones o sujetos que no están en la jurisdicción nacional que emitió la ley regulatoria.

Asimismo, el derecho público no es el ámbito legal que está regulando el tipo de Sociedad de la Información que se ha moldeado. Es así que, en general, la propiedad de la información del conocimiento se sustenta, en gran medida, en el derecho privado más que en normas de interés público. A su vez, se pretende que predomine el criterio privatista respecto de la propiedad de los medios masivos.

El derecho a la información

Es básico que el Estado haga respetar la normativas fundamentales y las que están reguladas en la Constitución como derechos y garantías.

También es esencial exigir el cumplimiento de lo establecido en los pactos internacionales. Tal es el caso de la propia Convención Americana sobre Derechos Humanos que impone a los Estados pares la obligación de respetar los derechos y libertades que consagra, y garantizar el libre y pleno ejercicio y goce de los derechos reconocidos en ella, a toda persona sujeta a su jurisdicción.

Dicha convención, en sus artículos 13 y 14, regula los alcances de la libertad de expresión a tutelar por los Estados signatarios.

A su vez, a pactos como el referido, en materia de derechos humanos, se les debe dar efecto operativo y multiplicador en los más diversos aspectos, donde la dignidad del hombre se ve afectada, y obliga a la necesaria adecuación de la legislación interna y del accionar del Estado al texto de las convenciones. De no ser así, ello puede ser suplido y asegurar la vigencia de los derechos por la jurisprudencia y no únicamente por la legislación formal. Esto así, conforme a lo que dispone, por ejemplo, el artículo 2 del Pacto de San José de Costa Rica, en tanto define la obligación de dictar "medidas legislativas o de otro carácter" para cumplir el propósito de adecuación a la que se comprometió cada Estado.

Fortalecer la libertad de expresión

Sin pretender agotar las posibilidades normativas, es importante el dictado de:

1. Leyes de educación: Hay que encarar regulaciones que contemplen específicamente:

La enseñanza de los valores y de la dinámica democrática desde los deberes y derechos forja el espíritu y lo disuade de los facilismos demagógicos, pues nos hemos educado queriendo una democracia cómoda, que sólo da derechos. Debemos educarnos en el derecho a recibir información y en el deber de informarnos, para poder participar responsablemente.4

Se deberá trabajar por la credibilidad en las instituciones democráticas y por restablecer el valor de las normas, tanto para su conocimiento y accesibilidad, como en el respeto de su vigencia. Presupuesto fundamental del andamiaje esencial del Estado de derecho.

En las normas que regulen la educación se deberá establecer también la obligatoriedad de incluir en la currícula educativa la enseñanza de cómo decodificar a los medios. En esto debe haber una tarea conjunta de los medios, el Estado y la sociedad. No se trata sólo de volver accesible la tecnología a los educandos, sino tener un objetivo pedagógico claro en ese aspecto que permita desarrollar el conocimiento sobre los medios y la posibilidad de tener juicio crítico ante ellos y manejar sus lenguajes.

2. En países de América la sociedad se ha sentido convocada a participar activamente en la dinámica del sistema democrático. Y en ello, ocuparse de ejercer y exigir que se garantice integralmente el derecho a que se le informe e informarse.

En esta etapa se ha centrado la preocupación de concretar un marco legal, que permita clarificar caminos y modos de obtención y difusión de información, particularmente la que tiene el Estado.

La gran mayoría de los Estados americanos tienen en sus constituciones normas que obligan a brindar la información pública y además, algunos de ellos, que no lo tienen en la Constitución, han dictado leyes al respecto, como Chile. Todo esto, además de los convenios o pactos internacionales antes referidos.

Pero este impulso positivo choca todavía con el pretexto de que no hay una ley que reglamente su aplicación. Es urgente un marco legal de acceso a la información pública integral ­en todos los ámbitos y niveles de poder político5­ que no obstaculice el ejercicio del derecho que se posee. Por lo que se tendrá que instar al Estado a consagrar el derecho si fuere necesario y fundamentalmente regular su aplicación concreta, evitando la cultura del secreto, con base en el principio de máxima revelación.

Respecto de las excepciones a la difusión, tendrán que ser dispuestas con claridad, en forma restringida y transitoria, reservadas cuestiones que puedan demostrar, con sujeción a pruebas estrictas, el perjuicio que causaría la divulgación pública.

Asimismo, en la norma deberá haber un claro esquema de castigos y premios y demostrarse una cabal vocación de aplicarla, en lo administrativo como en lo judicial.

Habrá que establecer, además, mecanismos procesales ágiles, como el amparo y el habeas data, para acudir al Poder Judicial a reclamar que se garantice el derecho de acceder a información pública, en caso de negación o incumplimiento por parte del Estado.

Es ideal que exista una autoridad fiscalizadora independiente, con autonomía patrimonial, de operación y decisión, que reasegure concretamente la plena vigencia, en el derecho y en los hechos, del acceso a la información pública requerida.

Se tendrá que establecer que el cuidado integral de los registros estatales es esencial y que hacen a la preservación de la verdad histórica. Los Estados deberán asegurar su mantenimiento y preservación y se habrá de sancionar penalmente la destrucción o adulteración voluntaria de los mismos, si se hiciera sin los recaudos que determinen las leyes específicas al respecto. Debiéndose tener presente que la presunción legal siempre es, como regla, la de la preservación.

Será necesario propiciar que se dé mayor publicidad a todos los actos de gobierno, creando incluso registros de audiencias públicas, dando publicidad a los actos de gestión de intereses, propiciando reuniones abiertas de los órganos públicos, etcétera. Y en ello tratar de usar la tecnología existente, particularmente Internet.

Habrá que educar y capacitar a la sociedad, funcionarios públicos y empleados de la administración estatal en la importancia de informar e informarse de lo público.

Implicar a los ciudadanos para sumarlos a trabajar en proyectos concretos que ayuden a dar luz a la gestión pública y que permitan el control de la tarea gubernamental y la correspondiente rendición de cuentas a la sociedad.

Se tendrán que establecer sistemas para la declaración de los ingresos, activos y pasivos por parte de las personas que desempeñan funciones públicas en los cargos que establezca la ley y para la publicación de tales declaraciones cuando corresponda.

A su vez, deben implementarse mecanismos de tutela a las personas contra toda sanción legal, administrativa o relacionada con el empleo, cuando divulguen información sobre conductas delictivas o contrarias al bien común, efectuadas por funcionarios gubernamentales y/o la administración pública, sus dependencias autárquicas o descentralizadas y empresas estatales. A dichos denunciantes, cuando hubieran actuado de buena fe y con el convencimiento razonable que la información es cierta y que permite probar el accionar reprochable, se les tiene que brindar protección.

El Estado también debe regular mecanismos que faciliten la información de interés público de carácter ambiental, aun la que se encuentre en manos privadas.

Asimismo, se tendrá que propender a que el Estado, los medios, la sociedad y las organizaciones no gubernamentales ayuden al perfeccionamiento y la decodificación adecuada de la información, haciéndola accesible a todos los sectores, sin discriminaciones de ningún tipo.

3. Se tiene que propiciar la existencia de medios plurales e independientes y dictar normas que no permitan la existencia de monopolios u oligopolios, porque un manejo unipolar de las informaciones estereotipa y uniformiza a las personas y a las sociedades, mata su identidad y poco a poco las diluye.

Se deben dictar leyes específicas, pues como sostiene el Parlamento Europeo, "la normativa en materia de competencia, por sí sola, no puede constituir una garantía de la diversidad de opiniones y del pluralismo en los medios de comunicación".

Resulta difícil asegurar el pluralismo en los medios de difusión, desde la lógica conceptual pura de la economía de mercado. La sociedad necesita que existan diversas empresas que aseguren la presencia plural de ideas y pensamientos, mientras que el mercado permite sobrevivir sólo al más fuerte. Además, en ese sistema, ninguna empresa se siente obligada a garantizar la presencia del competidor, por el contrario, buscará ganarle espacio y, si es posible, tratará de eliminarlo. En definitiva, el pluralismo es una necesidad de la información más que una exigencia del mercado.

Es innegable también que para que exista y se pueda disfrutar del derecho a la información, es imprescindible que haya libertad para la constitución de empresas periodísticas. En esto, el Estado debe garantizar dicha libertad, pero no puede tener una ausencia absoluta a los fines del contralor, porque, como lo sostiene Henry Mintzberg, "cuando las empresas son realmente libres, las personas no lo son".

4. Es importante una ley de radiodifusión actualizada y que garantice el acceso libre, igualitario y equitativo a las licencias o permisos de radiodifusión y a la participación en los mismos, particularmente a los grupos de ciudadanos.

Como sostiene la Corte Interamericana de Derechos Humanos, "en principio la libertad de expresión requiere que los medios de comunicación estén virtualmente abiertos a todos sin discriminación o, más exactamente, que no haya individuos o grupos que a priori estén excluidos del acceso a tales medios".

La norma debe fijar pautas claras y transparentes para acceder a las licencias o permisos y acotar el espacio de discrecionalidad del Estado, teniendo presente que éste no es dueño de las frecuencias, sólo un administrador de las mismas.

También se debe superar la lógica comercial excluyente que inunda muchas legislaciones de radiodifusión, cuando se trata de regular este aspecto esencial de ejercicios básicos de derechos humanos. Se debe respetar y tutelar, especialmente, la radiodifusión comunitaria, encarada por la economía solidaria y sin fines comerciales de lucro.

No se puede criminalizar la radiodifusión comunitaria sólo porque el Estado no ha regularizado la situación de ese sector de la comunicación, ya sea por omisión o por acción, cuando, ante derechos reconocidos legal o judicialmente, opta por suspender el otorgamiento de frecuencias o cuando exige aportes económicos inalcanzables para emprendimientos comunitarios o cívicos. Es inaceptable que el administrador en falta las trate como clandestinas y amenace con el decomiso o requisa de sus bienes, cuando están garantizando derechos humanos esenciales y, en muchos casos, llevan años solicitando la licencia o permiso. Tampoco se puede aceptar que, además, se amenace con causa penal a los emprendedores de dichas prestaciones cívicas-comunitarias.

Es necesario la existencia de medios públicos, como un derecho de la ciudadanía. La radiodifusión pública permite atender los requerimientos informativos y culturales de quienes no explotan medios de radiodifusión y es la que tiene que ser proveedora y generadora de contenidos de calidad alternativos a los que las emisoras privadas brindan. La existencia de medios públicos independientes, administrados con participación de la sociedad, deben ser espacios informativos pluralistas y foros de intercambios abiertos para la comunidad.

A su vez, dado que el financiamiento de dicho tipo de emisoras proviene principalmente de fondos públicos, su organización y funcionamiento debe ser transparente y con control público y de la sociedad.

Por último, es necesario reconocer y garantizar legalmente la igualdad en dignidad de las diferentes culturas y el derecho de cada pueblo y comunidad de afirmar, preservar y ver respetada su identidad. Tal como se afirmó en la Declaración de México sobre las Políticas Culturales, de 1982, en la que se estableció que "todas las culturas forman parte del patrimonio común de la humanidad" y como tales deben ser protegidas, particularmente, en las leyes que regulen la radiodifusión.

5. Es importante facilitar legal y administrativamente medios de participación social. Asegurando el acceso igualitario y equitativo al disfrute de alternativas de medios, particularmente, el acceso a la televisión. Repárese en que la radio es el medio por excelencia de acceso indiscriminado e igualitario, pues cualquier persona puede acceder gratuitamente a la totalidad de la oferta radial.6 Lo gráfico, por lo general, tiene la barrera del precio de portada, aunque hay diarios sin costo. Pero, en materia de TV, hay que hacer accesible a una oferta mínima de opciones de canales gratuitos o a precios sociales, a la mayor cantidad de personas. Hay lugares, como sucede en Argentina, en los que no llega la TV por aire gratuita o existe un solo canal y la única posibilidad de acceder a varias señales depende del pago de un costoso abono para recibir por cable o por aire, con señal codificada. En estos supuestos, el Estado deberá garantizar cierta pluralidad de canales gratuitos, fomentando la instalación de antenas comunitarias. Además, fijar una tarifa social al sistema de TV por cable o codificada por aire.

Asimismo, facilitar el acceso a las TICs, evitando la brecha digital que margina a muchos sectores de la sociedad, con normas que aseguren el acceso a Internet.

6. Es básico para el desarrollo democrático fomentar iniciativas participativas en la Sociedad de la Información y de la Comunicación.

Ilustración: Bruce Nauman
Se deben fomentar los observatorios y veedurías de medios de comunicación. Como sostiene Germán Rey, "los observatorios y las veedurías de medios son metáforas recientes de procesos sociales y comunicativos fuertemente relacionados con movimientos de democratización de la sociedad, afirmaciones emancipatorias y confrontaciones frente a las variaciones que también van adoptando las maneras diversas en que se expresa el poder Los observatorios y veedurías de medios no son sólo manifestaciones de la política comunicativa sino lugares de la construcción de ciudadanía". En ellos se cuestiona respecto de los medios de difusión, "desde su poca diversidad y concentración hasta los fenómenos de autocensura y censura. Desde la situación laboral de los periodistas hasta los modos de construir la agenda y, por tanto, las repercusiones públicas de la tarea de los medios. También se critica su bajo pluralismo, las operaciones de distorsión o desfiguración de la información, la invisibilidad de ciertos temas o actores y las distancias entre su oferta y las demandas informativas de la sociedad".

Nacen en momentos de crisis, pero son resultado de la constatación de la importancia de controlar la calidad de la información y del entretenimiento que se recibe de los medios y en la necesidad de motivar a la ciudadanía a querer y exigir algo mejor de éstos, cuanto más si, como lo señala José Ignacio López Vigil, los medios ahora legitiman lo que transmiten, establecen la realidad y representan a los ciudadanos.

Constituir instancias de observaciones no gubernamentales, con integración plural, independientes y participación activa de la sociedad, ayuda a la evaluación de la información que se recibe y colabora en la construcción de la democracia.

7. Leyes que creen organismos o funcionarios que defiendan la libertad de expresión: es importante la creación de instituciones como el ombudsman o defensor de los lectores, radioescuchas y televidentes.

8. Leyes que transparenten y regulen la distribución de la publicidad oficial: En la importancia de transparentar la relación de los gobiernos con los medios se debe regular, de una manera objetiva, no discrecional e igualitaria, sin discriminación, las pautas bajo las cuales se distribuirán los recursos públicos en difusión publicitaria y las ayudas oficiales a medios de difusión.

9. El periodista guarda la identidad de quienes le dan ciertas informaciones, pero para hacer saber, con responsabilidad profesional, lo que por lo general, de otra forma, difícilmente se pueda conocer. Es un derecho subjetivo de naturaleza pública que tiene el periodismo, propio de la libertad de prensa; garantiza el derecho a la información. Permite asegurar la publicidad del accionar de los gobernantes, pauta esta esencial al sistema democrático y republicano. Asimismo, ayuda a tomar noticia de las actividades de todo tipo de grupos o personas ­físicas o jurídicas­ cuyo desenvolvimiento revista un interés social. Y, como ha sostenido la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Argentina asegura, en definitiva, "un debate libre y desinhibido de las cuestiones de interés público".

Es imprescindible que se dicten leyes que tutelen el secreto de fuentes y la tarea profesional periodística, como un presupuesto para garantizar su adecuado ejercicio.



Notas

1 Opinión Consultiva OC-5/85, del 13 de noviembre de 1985, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

2 Ignacio Ramonet, La tiranía de la comunicación, Debate, Madrid, 1998, pp. 221-222.

3 Ibidem, pp. 31-32.

4 Los artículos 17 y 18 de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, México, prevén la necesidad de desarrollar planes de educación en todas las etapas escolares sobre el valor del acceso a la información.

5 Tanto en los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

6 En este aspecto he sostenido que cuando el Estado argentino reparte bolsones solidarios a personas cadenciadas de zonas que no poseen electricidad, se deben entregar, además de los alimentos, pilas para los aparatos de radio, pues de otra manera, dichos sectores cadenciados, a veces, muy distantes de medios urbanos, se verían, por la fuerza de la realidad ­las pilas son caras y difíciles de conseguir en lugares distantes­ imposibilitados de recibir información adecuada, en tiempo propio. E, indudablemente, la información es también un alimento necesario e imprescindible para dignificar a las personas, por lo cual se debe asegurar el acceso a todos.



Miguel Julio Rodríguez Villafañe es presidente de la Asociación Iberoamericana de Derecho de la Información y de la Comunicación y director de la Sala de Derecho de la Información y de la Comunicación del Colegio de Abogados de Córdoba, Argentina.

Versión de la ponencia presentada en la VII conferencia internacional La relación sociedad-medios en el marco de la reforma del Estado en México.

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