Daniel E. Jones
La creación y desarrollo de los entes radiotelevisivos públicos regionales en la España de los años 80 se hizo básicamente inspirándose en el modelo del organismo estatal Radio Televisión Española (RTVE) y en el estatuto de la radio y la televisión de 1980, y se concretó con la ley reguladora del tercer canal de televisión de 1983.
Así se formuló un marco jurídico propio, pero que se parecía bastante al de la radio y la televisión heredadas del franquismo (1939-1975): un modelo esencialmente comercial y con un control político excesivo por parte del partido en el gobierno.
Esta situación no se ha modificado sustancialmente en las últimas dos décadas, ni siquiera con la multiplicación de la oferta: televisiones locales desde 1981, canales privados desde 1990, plataformas digitales por satélite desde 1997, redes de cable en construcción, etcétera. Tan es así que España todavía no cuenta con un consejo audiovisual independiente del gobierno, dedicado, entre otras funciones importantes, a la adjudicación de concesiones de licencias y el control del respeto a la legalidad y a la pluralidad en los contenidos (programación y publicidad).
Sin embargo, los demás países europeos (excepto los micro Estados como Liechtenstein, la Ciudad
del Vaticano, la República de San Marino y el Principado de Mónaco) cuentan con organismos de estas
características. En España, hasta ahora, sólo algunos gobiernos regionales han puesto en marcha este tipo de
consejos audiovisuales: Catalunya desde 1996 y Navarra desde 2001 cuentan con autoridades independientes; en
tanto que otras regiones como Galicia desde 1999, Andalucía desde 2000 y Madrid desde 2001, sólo tienen
organismos de carácter meramente consultivo integrados en la propia administración.
La originalidad del CAC catalán
En Catalunya (región desarrollada del nordeste peninsular, con más de seis millones de habitantes y gobierno y Parlamento autónomos), el auge de la radio y la televisión propias desde 1983 ha sido una de las acciones de carácter político y cultural más importantes del autogobierno a cargo de la coalición de Convergència i Unió (CiU) y presidido por Jordi Pujol (1980-2003). El marco legal se completó en 1996 con la creación del Consejo del Audiovisual de Catalunya (CAC) que, sin embargo, se reveló inoperante para mediar en los asuntos política y socialmente conflictivos, pues sus prerrogativas políticas (sancionadoras, concesión de licencias, nombramiento de cargos) eran prácticamente nulas.
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Desde su entrada en funcionamiento, el CAC se limitó a elaborar estudios y a hacer públicos dictámenes sobre el contenido violento, racista y sexista de la programación televisiva (en especial la publicidad dirigida a los menores durante Navidad), y a suscribir convenios como el de la autorregulación de la publicidad en la radio. Sin poder sancionador, el CAC funcionaba únicamente como un organismo de control ético y, además, condicionado por haber sido nombrado su presidente, el abogado Lluís de Carreras, y gran parte de sus 12 miembros por el propio gobierno regional.
De todas maneras, el CAC ha sido prácticamente el único consejo regulador existente en España, si bien en los últimos años algunas formaciones políticas han pedido la creación de un organismo de ámbito nacional. La única iniciativa hasta el momento actual ha sido la creación por decreto ley, en 1996, de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), adscrita actualmente al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Está formada por un presidente, un vicepresidente y siete consejeros nombrados por el gobierno español, y entre sus competencias está la de salvaguardar las condiciones de competencia en el mercado de las telecomunicaciones y ejercer de órgano arbitral en los conflictos que surgen en el sector.
Por su parte, en 1995, la Comisión de Contenidos Audiovisuales del Senado, presidida por la ex
senadora socialista Victoria Camps, propuso la creación de un Consejo Superior de Medios Audiovisuales, pero el
gobierno del Partido Popular (1996-2004) no apoyó la iniciativa y se mostró partidario de crear un comité
nombrado por el gobierno e integrado en la CMT; en este sentido, en 1998 presentó una proposición de ley en la
que se instaba a crear un Comité de Medios Audiovisuales integrado por un presidente y seis vocales elegidos
por el propio gobierno.
De esta manera, el Estado español, así como diferentes comunidades autónomas regionales con
competencias en la materia y con medios audiovisuales propios, constituyen una excepción en Europa, donde todos
los Estados disponen de organismos reguladores autónomos de los gobiernos, entre los que destaca sin duda
el Conseil Supérieur de l'Audiovisuel francés, que desde 1989 (aunque había sido fundado en 1986) es
una autoridad independiente que controla los medios audiovisuales del país, formado por nueve miembros con
un mandato de seis años no renovables ni revocables, con un amplio abanico de competencias que van desde
la definición de la posición de Francia en las negociaciones internacionales sobre el audiovisual hasta el
control de la publicidad y de las campañas electorales, y la concesión de licencias de radio en FM y de televisión
privada, como también de la televisión vía satélite.
Asimismo, en Alemania existen 16 Ländersmedienanstalten, uno por cada estado, que colaboran entre sí
y que actúan sobre los medios de titularidad privada con concesión de licencias y control de programas,
dando especial atención a la protección de niños y adolescentes, además de ejercer un control sobre la publicidad
y el patrocinio. En otros países hay instituciones similares: en Italia, la Autorità per le Garanzie nelle
Comunicazione (desde 1997); en el Reino Unido, la Ofcom (desde 2004, que agrupa las competencias de diversos
organismos anteriores); en Portugal, la Alta Autoridade para a Comunicação Social (desde 1990), entre las más
significativas. Todas ellas están agrupadas en la European Platform for Regulatory Authorities (EPRA).
Sin embargo, la institución reguladora más antigua del mundo, sin duda, es la estadounidense
Federal Communications Commission (FCC), que desde 1934 vela por el desarrollo armónico de la radio, la
televisión, el cable y el satélite, aunque no supervisa los contenidos de la programación, pues en Estados Unidos
existen mecanismos de autocontrol de las propias industrias culturales: desde el cine hasta la publicidad, pasando
por la radiotelevisión.
Nueva regulación audiovisual
A pesar de la consolidación y del éxito de la radiotelevisión catalana y hasta de la puesta en marcha del
CAC, el dirigismo político ha sido también una constante a lo largo de los sucesivos gobiernos de Pujol. Esto se
puso nuevamente de manifiesto en la legislatura de 1996 a 1999 y, de manera más acentuada, durante la
campaña para las elecciones regionales de octubre de 1999. Esta situación llevó a los partidos de la oposición
parlamentaria pero sobre todo a la coalición entre el Partido de los Socialistas de Catalunya y Ciudadanos por el
Cambio (que llegó a obtener más votos pero menos escaños que CiU) a exigir un cambio en el ordenamiento
jurídico y a plantear que el primer debate de la nueva legislatura (1999-2003) debería estar dedicado
monográficamente a fijar un nuevo estatus para el sistema audiovisual catalán.
En efecto, el 15 de diciembre de 1999 se llegó a un pacto de todas las fuerzas políticas representadas en
el Parlamento de Catalunya, para renovar el marco legal relativo a los medios de comunicación públicos. Lo
que hizo posible el acuerdo fue que CiU aceptó pactar el nombramiento del director general de la
radiotelevisión de la Generalitat, una facultad del gobierno que la oposición quería trasladar al Parlamento catalán. Se
estableció, asimismo, que en un plazo de cuatro meses debería reformarse la ley de creación del CAC y que en
menos de seis meses también debería modificarse la ley de creación de la Corporación Catalana de Radio y
Televisión (CCRTV).
El espíritu de consenso que reinó por esos días entre gobierno y oposición permitió la renovación total
del Consejo de Administración de la CCRTV, compuesto ahora por primera vez por miembros
independientes (profesionales de reconocido prestigio), aunque elegidos a instancia de los partidos según su porcentaje
de representación parlamentaria. Como novedad, el naciente Consejo de Administración dio su aprobación
por unanimidad para que el gobierno nombrara al director general del ente público en febrero de 2000.
Cumplido el plazo fijado por el Parlamento catalán, el 26 de abril del mismo año se aprobó por
unanimidad la ley de reforma del CAC, que se inspira sobre todo en el vecino francés pero con menos prerrogativas
y constituye un intento de aplicar el modelo de una autoridad reguladora del sistema audiovisual
independiente del gobierno catalán, aunque éste se ha reservado la potestad de la concesión y renovación de licencias de
radio y televisión, además del nombramiento del director general de la CCRTV.
De todas maneras, el CAC ha pasado de ser un organismo básicamente asesor del gobierno, a tener
funciones ejecutivas y sancionadoras, especialmente para garantizar el cumplimiento de la normativa reguladora de
la programación y la publicidad, de las condiciones de concesión de licencias y de la observancia de la
normativa de la Unión Europea, contenida en la Directiva llamada Televisión sin fronteras, de 1989. También es
la institución encargada de "velar por el pluralismo político, religioso, social, lingüístico y cultural" en el
conjunto del sistema audiovisual catalán y por "la neutralidad y honestidad informativa".
El nuevo organismo es jurídicamente independiente, está dotado económicamente para poder cumplir
la misión que tiene encomendada y está compuesto por diez consejeros, nueve elegidos por el Parlamento en
una votación de dos tercios de la Cámara, y el presidente designado por el gobierno regional, que durarán seis
años en sus cargos, aunque serán renovados por mitades cada tres. Los nuevos miembros del CAC tomaron
posesión de sus cargos en junio de 2000 y aceptaron sin reservas a su nuevo presidente, Francesc Codina, ex
diputado de CiU en el Parlamento y ponente de su partido en la elaboración de la nueva ley del CAC.
Las principales críticas que se han vertido sobre la composición y las potestades del nuevo CAC por parte
de los medios profesionales (Colegio de Periodistas de Catalunya y Sindicato de Periodistas de Catalunya)
y académicos (Sociedad Catalana de Comunicación) se han centrado sobre todo en las competencias
limitadas en cuanto a la concesión de licencias y al nombramiento del director de la CCRTV y del presidente del
propio CAC por parte del gobierno, lo que supone una clara dependencia política, tributaria de la lógica
parlamentaria. De todas maneras, se trata de un incuestionable avance democrático (que debe completarse con la reforma
de la ley de la CCRTV), no sólo para Catalunya, sino que constituye un ejemplo para el conjunto español y, sobre todo, para aquellas comunidades autónomas regionales que todavía no han reformado su
ordenamiento jurídico audiovisual, para adaptarlo mejor al marco europeo actual.
Los diferentes países de América Latina deberían también tomar nota de la necesidad de este tipo de consejos audiovisuales independientes de los gobiernos nacionales o regionales para mejorar sustancialmente la calidad de la programación radiofónica y televisiva; evitar en lo posible las manipulaciones de carácter político o económico; cuidar sobre todo a las audiencias infantiles y juveniles, y lograr, en definitiva, una mayor pluralidad social, ideológica y cultural.