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¿Y la transparencia de los medios?


Urge actualizar leyes obsoletas

Juan Francisco Escobedo


En estos tiempo de incertidumbre, medianía y cambio político, y en el contexto del debate inconcluso, en el cual se inscribe esta conferencia, recobra pertinencia la clásica expresión de Tocqueville: "Mientras más observo los efectos principales de la prensa libre, más me convenzo de que en el mundo moderno, la libertad de prensa es la principal y en cierto modo el elemento constitutivo de la libertad".

La confusión de proyectos y posiciones, de encuentros y desencuentros, de pérdida de capacidad para gestionar consensos y establecer interlocuciones coherentes y estables entre los actores políticos que pueblan el espacio público y la comunidad política, constituyen las mayores evidencias de la improvisación que subyace en el proceso de transición democrática y reforma institucional del país.

Foto: Miguel A. Navarrete
En medio de las desafecciones y pérdida de credibilidad creciente del gobierno en turno es necesario mantener la perspectiva de corto y largo plazo. La reflexión acerca de la responsabilidad social de los medios debe realizarse desde una perspectiva integrada; por ello, es necesario identificar algunos procesos fundamentales en los cuales discurre el cambio político, relacionados con este tema. Procesos que deberían ser referencia para formular la agenda básica de la instauración democrática y reforma institucional pendientes.

Con la transición electoral se entrecruzan, por lo menos, dos procesos de cambio: primero, el cambio en los roles tradicionales de súbdito que habitualmente ha caracterizado a segmentos importantes de la sociedad, para asumir el rol de ciudadano por cada vez un mayor número de mexicanos. Segundo, el cambio en el diseño institucional y jurídico en el que se fundó el viejo contrato político postrevolucionario, hacia la renovación de la institucionalidad sobre la que podría fincarse la gobernabilidad democrática del país.

En este proceso se incluye el cambio de un orden político criptocrático y discrecional, hacia un orden político y social abierto, de contrapesos, transparencia y rendición de cuentas. Los cambios políticos han sido posibles hasta ahora por el consenso que los articuló, el acotamiento de sus alcances y por su procesamiento gradual.

No hay razones para no aprender del pasado inmediato en este sentido. Además, los cambios no dependerán en el futuro mediato, exclusivamente del voluntarismo presidencial, de las estrategias de resistencia de los actores políticos desplazados del poder ni del protagonismo de los actores privilegiados de la globalización.

En este marco la responsabilidad social asumida, exigible y percibida, de los medios de comunicación se vincula con el desarrollo y aplicación del derecho a la información en dos sentidos: con la aplicación de la legalidad vigente y con la exigencia pública para actualizar las leyes obsoletas y desarrollar en nuevos ordenamientos legales los diversos contenidos del derecho a la información, tanto en lo que corresponde a las obligaciones de hacer o de abstenerse por parte del Estado, como al desarrollo jurídico e institucional de los derechos de las personas, de la sociedad y de las audiencias en relación con la información, los medios y la actividad periodística. La libertad de información en su acepción moderna transporta y contiene la libertad de pensamiento, de expresión, de prensa y de información.

En el campo de las libertades públicas, y especialmente en relación con la libertad de información de las personas, los periodistas y los medios, el imperativo fundamental del orden estatal radica en la omisión de ciertos comportamientos potencialmente transgresores de tal libertad.

En este punto, los ciudadanos no podemos hacer ninguna concesión al poder público; se trata ni más ni menos que del ejercicio de derechos humanos irrenunciables.

En cualquier caso, la actuación del Estado deberá dirigirse a la creación de condiciones objetivas jurídicas e institucionales para garantizar que el ejercicio de las libertades no será violentado ni impedido.

Este argumento explica, por ejemplo, por qué las sociedades democráticas y liberales han incorporado en sus ordenamientos constitucionales la prohibición de la censura previa al ejercicio de la libertad de prensa.

La existencia de límites y la percepción generalizada de que quienes los transgredan pueden ser sancionados, constituyen factores determinantes para otorgarle eficacia y legitimidad al Estado de derecho.

El primero y radical límite al poder de cualquier especie, pero principalmente a los poderes del Estado, radica en la eficacia del Estado de derecho.

En este sentido, la primera y fundamental responsabilidad social de los medios de comunicación y de los periodistas es con la verdad de los hechos y la calidad de la información que se procesa y divulga.

Inmediatamente después está el incuestionable compromiso con la legalidad. En un entorno de complicidades y relaciones de subordinación entre el poder público y los medios, la verdad suele ser la primera dañada en un intercambio no regulado por la ley y no encarado con criterios de independencia periodística.

Foto: Gustavo Guevara
Algunos de los elementos que incentivan el ejercicio de la responsabilidad social de los medios, sin simulaciones, contienen las siguientes ideas fuerza: compromiso fundamental con la verdad, que debería estar en la génesis y comportamiento organizacional de toda empresa y actividad periodística; apego a la legalidad y compromiso para impulsar la regulación adecuada en los dispositivos legales de los diversos contenidos del derecho a la información, y autonomía económica de las empresas mediáticas, especialmente respecto de los fondos públicos destinados a la publicidad, que en México suelen distribuirse discrecionalmente.

Esto significa que la relación entre medios y sociedad no es un simple intercambio unilateral. El público, la sociedad, la audiencia, como se ha demostrado en múltiples estudios, no son tan indefensos y maleables receptores de la información mediada por los medios de comunicación.

Los medios de comunicación no son entidades ajenas a los imperativos de la ley, y frente a éstos el Estado no puede ni debe abdicar de sus responsabilidades, especialmente de las que le asigna la Constitución.



La globalización y el desarrollo de los medios electrónicos y las telecomunicaciones no pueden aceptarse como una nueva coartada para violentar derechos y libertades fundamentales de las personas y ciudadanos o para imponerle decisiones a los poderes del Estado.

La información es un bien público y los medios no pueden sustraerse de esta característica esencial de la información. Necesitan legitimarse y para conseguirlo es imprescindible respetar el derecho a la información y ejercer la libertad de crítica, especialmente en relación con los poderes públicos.

La legitimidad de los medios no proviene del uso de determinadas técnicas de comunicación, sino del respeto a la legalidad y a un código ético autorregulado.

El derecho a la niñez, a la juventud, al honor, a la intimidad, a la vida privada y el derecho de las personas a recibir el bien público que es la información en condiciones apreciables de calidad, objetividad y veracidad, constituyen los referentes sociales temáticos legales y éticos mínimos de la responsabilidad de las empresas mediáticas y de los periodistas.

Las actividades comunicativas, informativas y de entretenimiento conexas a la actividad de las empresas mediáticas, tienen en los contenidos de la responsabilidad social y del derecho a la información los parámetros razonables para su despliegue en un orden político y social en transformación como el nuestro.

El Poder Ejecutivo federal no puede eludir su obligación de garantizar el ejercicio de las libertades y el cumplimiento de sus atribuciones en materia de regulaciones informativas y mediáticas.

Foto: Jerónimo
Arteaga
He dicho que el compromiso debe ser con la legalidad y con la renovación de las leyes, porque buena parte de las disposiciones normativas en esta materia son anacrónicas y han servido para encubrir complicidades, como ha ocurrido históricamente con la Ley de Imprenta y la Ley de Radio y Televisión, así como con las disposiciones civiles y penales relacionadas con el ejercicio de la libertad de expresión.

El único campo relacionado con el derecho a la información que ha sido regulado es el Derecho de Acceso a la Información Pública. Por cierto, la ley recientemente aprobada por el Congreso de la Unión no es un mérito exclusivo del Poder Ejecutivo como se ha proclamado en la publicidad oficial, se trata de la primera y única ley que ha sido aprobada después de un intenso y constructivo proceso de diálogo y negociaciones entre representantes del gobierno federal, legisladores de todos los partidos y un segmento de la sociedad civil reconocido como el Grupo Oaxaca.

A la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental deberían seguir las reformas institucionales y jurídicas siguientes:

1. Reforma y refundación de la Ley de Radio y Televisión y la Ley de Telecomunicaciones.

2. Formulación de una Ley de Transparencia Publicitaria y Regulación de Gasto de Campañas Electorales.

3. Formulación de una Ley de Medios de Estado.

4. Regulación del secreto profesional del periodista y del derecho de réplica de la audiencia y los lectores.

5. Ley de Protección de Datos Personales y de manera perentoria la despenalización de las resoluciones del Poder Judicial derivadas de conflictos entre medios, periodistas y particulares.

Especialmente arbitrarias y desmesuradas son las disposiciones jurídicas vigentes que penalizan el ejercicio indebido de la libertad de expresión y de imprenta, considerado más peligroso que los delitos asociados con la corrupción en el gobierno y el narcotráfico al prescribir la legislación vigente la imposición de la pena privativa de la libertad que significa la cárcel.

Un incentivo radical para fomentar el ejercicio responsable del periodismo podría surgir de la abrogación de las sanciones penales para reconducir la solución de conflictos entre periodistas, medios y particulares al ámbito exclusivo de las sanciones y compensaciones civiles. Las normas jurídicas que siguen vigentes en esta materia son un legado autoritario represivo inconcebible.

Finalmente, las sociedades democráticas no admiten la persistencia de coacciones arbitrarias al ejercicio de la libertad de expresión y de imprenta. La estrecha relación que guardan los actores fundamentales del proceso comunicativo e informativo con la sociedad y con los poderes públicos y corporativos permite afirmar que la responsabilidad social de los medios y los periodistas es con el derecho a la información, la verdad y la calidad de la información y el ejercicio sin restricciones de la libertad de crítica, porque los medios y la prensa no son sustitutos de las instituciones ni del Estado, por lo tanto, deben poseer luz constante y propia como sugirió Walter Litman hace 80 años.


Juan Francisco Escobedo, doctor en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad Complutense de Madrid, es coordinador del Posgrado en Comunicación de la Universidad Iberoamericana.
Correo: juan.escobedo@uia.mx

Ponencia presentada por el autor en la V Conferencia Internacional los Medios Electrónicos en el marco de la reforma del Estado, celebrada en la Cámara de Diputados del 27 al 29 de mayo pasado. Agradecemos su autorización para publicarlo.

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