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Carlos Gómez Valero  Cambios, medios y transición


 Avanzan los acuerdos para reformar
 la Ley Federal de Radio y Televisión

 Carlos Gómez Valero


Apesar de las reticencias de los empresarios de la radio y la televisión, las dudas del gobierno federal y la indiferencia de los partidos políticos, la Mesa de Diálogo para la Revisión Integral de Medios Electrónicos ­a la que convocó, el 5 de marzo de 2001, la Secretaría de Gobernación­ avanza con acuerdos que podrían ser la base de una reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión, que recién cumplió 42 años de vigencia.

El 28 de febrero pasado, Manuel Gómez Morín, titular de Radio, Televisión y Cinematografía, llamó a los representantes de los distintos sectores que participan en la Mesa de Diálogo para presentar públicamente los resultados de los siete grupos en los que se dividió la discusión. La convocatoria se dio luego de un prolongado receso que algunos miembros de la Mesa interpretaron como una deliberada intención del gobierno para no dar a conocer las conclusiones.

Foto: Mario
Aldana Pimentel
Los acuerdos son producto de los grupos de trabajo instalados el 25 de abril de 2001 donde estuvieron representados el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, los partidos políticos, la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT); el Consejo Nacional para la Enseñanza y la Investigación de las Ciencias de la Comunicación, la Red Nacional de Radiodifusoras y Televisoras Educativas y Culturales, y organizaciones sociales que defienden las garantías ciudadanas en materia de derechos humanos y de comunicación social.

Estos acuerdos fueron firmados y aceptados por todos los participantes. El informe ejecutivo de los grupos de trabajo presentado por RTC es el siguiente:

Grupo 1. Principios fundamentales

La legislación debe respetar las garantías individuales consagradas en la Constitución, con especial énfasis en el derecho a la información y a la libertad de expresión, previstos en el artículo 6. Asimismo, debe mantener el espíritu que inspira el artículo 3 constitucional.

El espectro radioeléctrico es propiedad de la nación y deberá ser administrado por el Estado. Puede ser objeto de concesiones o permisos.

Las concesiones y permisos deberán otorgarse con pleno apego a las normas aplicables, acotando la discrecionalidad y privilegiando la transparencia.

Grupo 2. Jurisdicción y competencia

Corresponde al Ejecutivo federal, por conducto de la SCT, el otorgamiento de las concesiones para el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico.

Fortalecer la jurisdicción y competencia de las secretarías de Salud, Gobernación, Comunicaciones y Educación Pública en materia de radio y TV.

Grupo 3. Participación social y derechos ciudadanos

Establecer el derecho de réplica en los medios electrónicos.

Se propone la creación de un nuevo órgano plural que sustituya al actual Consejo Nacional de Radio y Televisión, como responsable de cuidar el cumplimiento de la ley. Respecto de las características del órgano, existen dos propuestas: 1) desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Gobernación, 2) autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Dicho órgano estaría conformado por un representante de cada una de las siguientes entidades federales: Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Salubridad y Asistencia y Gobernación; dos representantes de medios concesionados (en este punto la CIRT considera que debe tener tres representantes), dos representantes de medios permisionados y cinco representantes de la sociedad civil organizada.

Incorporar los derechos humanos relacionados con el ejercicio de las libertades de expresión e información de los ciudadanos, con el fin de garantizar el derecho a la vida privada y a la intimidad, así como la pluralidad y la diversidad en la programación.

Acceso de las organizaciones sociales a los medios electrónicos de comunicación a través de los tiempos de Estado.

Grupo 4. Concesiones y permisos

Acotar la discrecionalidad y favorecer la transparencia en los procesos de otorgamiento, refrendo y revocación de concesiones y permisos. Al respecto se propone contar con reglas concretas y específicas que sean del conocimiento público.

Por ser medios de naturaleza diferente, los requisitos para concesiones serán distintos de los permisos.

Las concesiones y los permisos deben ser refrendados siguiendo un procedimiento específico y transparente que se establezca en la ley, y comprenda la evaluación del comportamiento de la concesión o el permiso, es decir, que este tipo de actos administrativos se conviertan en actos reglamentados.

La vigencia de las concesiones y permisos y sus refrendos sea lo suficientemente amplia para garantizar la viabilidad de los negocios o de los proyectos, para lo cual deben tomarse en cuenta las experiencias internacionales que en promedio marcan de ocho a 15 años. Asimismo, se señala que deben existir causales claras para la revocación de una concesión o permiso.

Grupo 5. Programación

En relación con los tiempos fiscales, se propone eliminar el pago en especie, sin que esto signifique la eliminación de la obligación fiscal. En caso de permanecer la modalidad del tiempo fiscal, deberá cumplirse cabalmente lo establecido en el decreto presidencial del 31 de diciembre de 1968. (La CIRT se manifiesta por la eliminación del tiempo fiscal.)

El grupo se pronunció en contra de todo tipo de censura.

En relación con el tiempo de Estado, se propone que se cumpla cabalmente lo establecido en el artículo 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión y el artículo 52 de su Reglamento. Asimismo, se propone definir en la LFRyT las formas de administrar los 30 minutos del Estado entre los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), órganos autónomos y la sociedad. Que la autoridad determine los horarios de transmisión, mismos que serán obligatorios para los concesionarios. (En este punto, la CIRT se manifestó en favor de que la ley quede como está y la autoridad siga negociando los horarios de transmisión.)

Foto: Gustavo Guevara
Establecer un Sistema de Información de Contenidos que informe ampliamente al público sobre el contenido de las transmisiones. La programación de los medios electrónicos debe vigilar que los derechos de los niños sean respetados cabalmente. En cuanto a la protección de grupos vulnerables, proponen el cumplimiento a cabalidad de los artículos 5 y 59 bis de la LFRyT. (Los representantes del PAN y la asociación A favor de lo mejor proponen establecer dentro del organismo supervisor una comisión especializada de "Protección a niños y jóvenes" integrada por pedagogos, psicólogos y maestros.)

Las sanciones económicas deben ser en salarios mínimos y multiplicarse en caso de reincidencias. Dichas infracciones serán registradas en el expediente de desempeño de cada concesión o permiso, el cual será evaluado para los refrendos.

Se deberá establecer diferencias entre publicidad y patrocinio.

Grupo 6. Medios de Estado

Preservar en la Ley Federal de Radio y Televisión la jurisdicción federal sobre todo lo relativo a la radiodifusión.

Suprimir de la LFRyT el término de medios "oficiales", sustituyéndolo por medios de servicio público.

Integrar a la LFRyT la función, objetivo y regulación de los medios de servicio público.

Los medios públicos se definirán como organismos que se constituyen como un sistema de comunicación de servicio público cuyas funciones son: respetar la libertad de expresión, el derecho a la información, fomentar el desarrollo social, cultural y educativo; difundir la pluralidad y diversidad política, social y étnica; dar cabida a las demandas de la sociedad de equidad y justicia social; fortalecer la identidad y la integración nacional y regional. (La CIRT considera que los medios públicos o del Estado nos remiten a las atribuciones que tiene el Estado para cumplir su función social.)

Las instituciones u organismos públicos con concesión pública o permisos para instalar y operar estaciones de radiodifusión deberán contar con personalidad jurídica propia, presupuesto público y autonomía presupuestal y administrativa.

Los medios públicos podrán generar ingresos por concepto de patrocinios, donativos o servicios de producción. (La CIRT se opone a los patrocinios.)

Grupo 7. Competencia económica

No se llegó a un acuerdo sobre si la competencia económica en radio y televisión debe estar normada en la Ley Federal de Radio y Televisión.

En términos generales, el informe refleja los acuerdos a los cuales llegaron los grupos, excepto los del 7, que recoge la posición de la CIRT, pero no de la de los otros representantes.1

Sin duda, hay que resaltar la disposición del presidente Vicente Fox para convocar a esta Mesa de Diálogo y consultar a todos los sectores interesados; sin embargo, también es menester señalar que esto no es garantía de que la ley se vaya a reformar. Ello depende de muchos factores:

Que el Ejecutivo federal mantenga su compromiso por concretar los resultados de la Mesa en una iniciativa y la envíe al Poder Legislativo.

Que los representantes del Poder Legislativo en la Mesa se involucren más en la discusión, para que cuando la iniciativa llegue al Congreso no sólo conozcan el contenido de las propuestas, sino que hagan trabajo de cabildeo entre los grupos parlamentarios.

Que los empresarios de la radio y la televisión mantengan su buena disposición al diálogo y defiendan sus intereses económicos, pero reconociendo y respetando los derechos de los ciudadanos.

Que los partidos, además de sus discusiones internas, pongan atención a los grandes temas nacionales e impulsen la reforma a esta ley trascendente para el desarrollo del país.

En la Mesa, los principales partidos tienen un espacio, pero el único que realmente se ha presentado a las discusiones y planteado propuestas ha sido el PAN. En debates anteriores el PRD participó activamente, pero en éste estuvo ausente, es lamentable en virtud de que al menos en la LVI y LVII legislaturas hubo coincidencias con el PAN e incluso presentaron en 1997, junto con el PT, la Iniciativa de Ley Federal de Comunicación Social, que no pasó por la oposición del PRI, cuya posición en el actual debate aún no parece definida.

Que los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados diseñen una estrategia para analizar las siete iniciativas de reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión presentadas desde abril de 1997 y determinen cuáles propuestas podrían incluirse a la actual discusión.

La definición de los cambios al marco jurídico de la radio y la televisión es un factor toral para llevar a buen término la transición. Esperemos que los compromisos con el avance democrático que todos los actores políticos han expresado se refleje en éste y otros temas de importancia para México y prevalezcan por encima de los intereses particulares y partidistas.



Nota

1 Ver Documento final de la Mesa VII Competencia Económica.



Carlos Gómez Valero es egresado de la licenciatura en Ciencias de la Comunicación y miembro del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados.
Correo: carlosgv40@hotmail.com

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