Certidumbre jurídica
Me había resistido a opinar sobre las radios comunitarias, pero al parecer la defensa de éstas ha caído en el
victimismo. 1.- La necesidad de tener medios de servicio público es innegable, pero el hecho de que existan
radios comunitarias no lo garantiza, ¿quién las opera? Ser comunitario o social no siempre quiere decir que sea con
fines públicos. 2.- Operar una frecuencia sin permiso o concesión es ilegal, no importa que tan nobles sean los fines
que se persigan. 3.- Antes de legalizar estas radios, es imperante establecerlas de forma clara en la ley (y que
los legisladores se pongan de acuerdo, porque luego se quejan de los decretazos "10 de octubre no se olvida"). 4.- Antes que pensar en cómo ponerle a las radios, "comunitarias, indigenistas, oficial, etcétera", es
primordial garantizar con leyes claras el derecho a la información y el derecho a la libertad de expresión. 5.- No estoy en
contra de las radios comunitarias, pero no podemos legalizar la apropiación de frecuencias al margen de la ley.
Pd. En 1994 también fui un transgresor de la ley, ya que con otros amigos operamos un radiodifusora (con
permiso en trámite) en San Juan Ixhuatepec, Radio Interferencia 89.3 FM, desgraciadamente dejó de transmitir en 1998
por insuficiencias técnicas. Deseo que volvamos a transmitir pero con un marco jurídico que nos dé certidumbre;
que sea para todos no sólo para grupos organizados sino para todo individuo que lo desee.
Vicente Maldonado Saavedra.