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Eduardo Ruiz Vega



Como era previsible, el Senado de la República decidió, en acalorada sesión, diferir la discusión del proyecto de dictamen sobre la propuesta de iniciativa para una nueva Ley Federal de Radio y Televisión, hasta febrero próximo. Había condiciones para legislar pero la polarización, aunada a las descalificaciones de uno y otro bando, impidió abordar los temas fundamentales.

El proyecto contiene numerosos defectos de forma y fondo. El más significativo, desde nuestro modesto punto de vista, es que mira al pasado cuando debiera catalizar el aprovechamiento de los avances democráticos y tecnológicos. Así de simple. Por ello, además de establecer los principales errores conceptuales del documento, intentó dejar claras las propuestas que pudieran corregirlos además de destrabar el debate cuyos principales nudos apreciamos a través del Canal del Congreso.

1. Alcance de la legislación. Por principio de cuentas, una nueva ley debiera prever la transición gradual de estas redes al ámbito de (des)regulación de las telecomunicaciones. Desafortunadamente, la cosquilla del control de medios que aún son reconocidos como "masivos" por excelencia, opera en sentido contrario.

Lejos de prever un hecho inminente ­la incorporación de las redes de radiodifusión al mundo digital, con lo cual estas redes podrán transportar señales de voz y datos, no sólo contenidos de audio y video, como ya ocurre con redes tradicionalmente enfocadas a brindar telefonía al usuario­ el documento repite fórmulas de control de contenidos establecidos en la legislación vigente y pretende ampliarlos a redes actualmente desreguladas como son la televisión de paga, en su modalidad cableada, de microondas o satelital, y la Internet.

La propuesta es simple. Entender que vivimos en un mundo globalizado en el cual, nos guste o no, desde hace una década se reconoció la disolución de las distancias y de las fronteras. El crecimiento de redes modernas en este entorno se ha logrado gracias al sano principio de la "menor regulación posible" del Estado. Esto no quiere decir que haya que dejar al libre arbitrio de las grandes corporaciones el desarrollo de infraestructura y servicios públicos; sólo debe mantenerse y hacerse cumplir una regulación mínima pero eficaz, que garantice el adecuado desarrollo y la prestación de servicios a favor de los usuarios, y no pretender contar con una regulación maximalista sin posibilidad ni eficacia.

2. Función social y contenidos. La función social de los medios se ata a una oferta de contenidos de calidad. Este concepto es correcto en un ambiente de laboratorio, sin embargo, falla cuando a partir de conceptos amplios y discrecionales se pretende que el juez de la calidad y diversidad sea un órgano de Estado. No importa que sea unipersonal o colegiado, aun en la forma "ciudadanizada". El juez de los contenidos debe ser el auditorio. La regulación de éstos debe basarse en prohibiciones ciertas, no discrecionales, cuya violación entrañe sanciones. El vacío que dejan los medios comerciales, dada su condición de empresas mercantiles con fines de lucro, debiera ser llenado de manera equilibrada por un verdadero sistema de medios públicos que cuente con cobertura nacional y capacidad de producción.

La iniciativa pretende que los medios comerciales se conviertan por decreto en medios públicos, a partir de asignarles una función social equiparable a la del Estado; que los medios permisionados ­destinados a actividades culturales, educativas y experimentales­ continúen desperdigados sin contar con los recursos suficientes para su adecuado desarrollo en la oferta de contenidos, al tiempo de conceder lugar privilegiado a la proliferación de las llamadas radios comunitarias; finalmente, la iniciativa promueve el regreso del Estado radiodifusor como fuente de plazas lucrativas financiadas con recursos presupuestales.

3. Órgano regulador y otorgamiento de concesiones. En consonancia con la moda de creación, duplicada, de autoridades reguladoras inspiradas en la figura de la agencia (agency) del derecho anglosajón, la iniciativa promueve la creación de un híbrido, un monstruo de cinco cabezas, con amplias facultades discrecionales para "regular" la conformación del mercado y la oferta de contenidos.

Cuántos medios, quiénes merecen manejarlos, cómo, cuándo y dónde ubicarlos, éstas son las misiones que se le asignan al Consejo Nacional de Radio y Televisión. Todo bajo la apuesta de que la "ciudadanización" de sus integrantes garantizará el virtuosismo de los contenidos para la audiencia. El regreso a la planificación centralizada del Estado, eso sí, con su toque de la santidad ciudadanizada.

La fórmula genérica de otorgamiento de concesiones y permisos, una especie de licitación pública, es adecuada. El planteamiento específico, licitaciones sin criterios objetivos de selección, sin embargo, es atroz. Aprendamos de la teoría de juegos; el único criterio de asignación eficiente es la oferta económica, sin perjuicio de la debida calificación de solvencia y aptitudes técnicas para desarrollar la actividad que se pretende concesionar.

4. Tiempos oficiales. Comunicación gubernamental. El México de la transparencia, aún en proceso de forja, no admite ni un spot más de publicidad gubernamental. La obra de gobierno no es una gracia, es una obligación; la mejor forma de darla a conocer es mediante la rendición de cuentas y los beneficios palpables que dicha obra brinda a la sociedad.

¿Por qué, entonces, la iniciativa pretende duplicar el tiempo al aire spoteable mediante el cual somos presas todos los días de activismo político? ¿Por qué mantener a México como el país en el cual las campañas políticas en los medios son permanentes?

El pago de impuestos en especie (tiempo aire) y la sangría presupuestal de la actividad de difusión electrónica del Estado debe desaparecer, no ampliarse a todos los poderes y a los tres niveles de gobierno. Los medios comerciales deben pagar sus aprovechamientos como lo hacen las demás redes de transmisión, con las cuales en breve competirán. Los recursos que se obtengan, bien pueden servir para la creación de un sistema de medios públicos ­no estatales ni gubernamentales­ que ante la suficiencia de recursos que no dependan de la venta de productos, o candidatos, sean capaces de equilibrar la oferta de contenidos satisfaciendo su función social.

Afortunadamente, existen espacios para el debate serio, sin descalificaciones. En esos espacios se habrán de tocar los temas de fondo, con un ánimo reformista que responda a las necesidades del país.


Eduardo Ruiz Vega es coordinador del Programa Iberoamericano de Derecho a la Información de la UIA y consejero fundador del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (www.idet.org.mx).
edruiz@hklaw.com



* * *

La experiencia francesa*

El Consejo Superior del Audiovisual (CSA) comenzó a funcionar el 13 de febrero de 1989, sucesor de la Alta Autoridad de la Comunicación Audiovisual (1982) y la Comisión Nacional de la Comunicación y de las Libertades (1986). Instancias encargadas de vigilar la regulación de los medios electrónicos en el país galo.

En agosto de 2000, reformas a la ley confirieron al CSA, entre otras, las siguientes funciones: "el respeto al pluralismo y la honestidad de la información, la organización de las campañas electorales radiotelevisadas, atribución de frecuencias a los distintos operadores, control del espectro a las bandas de frecuencia atribuidas a la televisión y a la radio, además de la responsabilidad de los contenidos emitidos, la garantía del respeto por la dignidad de la persona humana, por la presunción de inocencia y la protección de la infancia".

La labor del CSA ha dado resultados: Francia es uno de los países que cuenta con una mayor oferta de radios locales, sobre todo las comunitarias y asociativas, lo mismo ocurre en el caso de la televisión.

Durante periodos electorales, la acción reguladora del consejo ha devenido en equilibrio político, ha sido reconocida por los diferentes actores interesados.

En su página electrónica el consejo explica una de sus principales funciones: "la libertad no puede ser concebida sin responsabilidad. Y una gran parte de la actividad del CSA consiste en verificar que las emisoras, tanto de radio como de televisión, den muestra de ello en su programación. Porque la comunicación no es una actividad como cualquier otra: según su naturaleza, el mensaje emitido puede perjudicar gravemente a quienes lo reciben, si éstos no se encuentran preparados para dicho mensaje".

Conformado por 270 colaboradores en todo el país, el CSA está encabezado por nueve consejeros que cada martes realizan una reunión plenaria y que son aprobados por decreto presidencial, a propuesta del presidente, Senado y Asamblea (cada institución postula a tres candidatos). Los consejeros permanecen seis años en el cargo (sin posibilidad de reelección); así como su función es incompatible con otro cargo público o actividad profesional. El CSA se renueva por tercios cada dos años.

Laura Islas Reyes


*Similares organismos operan en Estados Unidos, Canadá y Gran Bretaña

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