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Más mexicana que el jarabe tapatío



José Carreño Carlón



Sólo en México puede correr con fortuna alguien que se promueve como periodista -y como periodista de investigación- sin investigar ni comprobar lo que publica. Solamente en una sociedad de la indefensión como la mexicana se puede vender como información un producto diseñado para el negocio del escándalo como si fuera un producto del ejercicio de libertades informativas o de opinión, elaborado conforme a reglas mínimas de rigor profesional o a las normas éticas de mayor laxitud. Únicamente en México se pueden publicar versiones y rumores con la impunidad de quien no hace ni el menor esfuerzo por acreditar al menos alguna fuente de información.

Ya Raúl Trejo Delarbre, Denise Maerker, Ciro Gómez Leyva, Sergio Sarmiento y Carlos Marín han abundado en los grotescos errores e inexactitudes elementales de fechas, nombres, cargos y situaciones del nuevo libro de Olga Wornat, que no pasarían la aduana del control de calidad de un periódico de secundaria.

De Crónicas malditas, Raúl Trejo dijo una y otra vez, de plano: "Ése no es periodismo". Como no lo son tantos productos impresos y audivisuales que se publican como si lo fueran en los medios mexicanos. Sin fuentes acreditables, sin mostrar el origen de sus versiones, el trabajo de la señora Wornat puede llevar con todo derecho la etiqueta de "periodismo hecho en México", un paraíso (como los paraísos fiscales) para el libre tráfico de fondos "informativos", como los paraísos fiscales lo son para el libre tráfico de fondos sin acreditar orígenes ni destinos finales. Versiones, "filtraciones" y golpes "informativos", en este caso, ejecutados por encargo de unos actores públicos (o privados) contra otros.

Este paraíso mexicano para los brokers "informativos" se nutre de numerosos afluentes. Entre otros, el atraso y la imprecisión de las normas jurídicas que rigen las actividades de los informadores y los medios, tanto como de los altos grados de ineficacia de la ley en nuestro país. Así tendrá que aprenderlo -en su interminable curva de aprendizaje- la pareja presidencial, particularmente la esposa del Presidente, quien se embarcó en la ingrata empresa de presentar una demanda contra Wornat.

La señora Sahagún de Fox optó por la vía civil, por lo cual se verá obligada a probar ante un juez que se le ha causado un "daño moral" con la publicación del nuevo libro de la periodista -con rasgos "profesionales" más mexicanos que argentinos- al verse afectados, de acuerdo con el artículo 1916 del Código Penal para el Distrito Federal, los "sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físicos" de la persona pública ofendida, con algunos rasgos "políticos" más argentinos que mexicanos, si atendemos a las complacientes comparaciones entre Marta Fox y Eva Perón.

Una indemnización pecuniaria por el daño moral causado, sería el remoto efecto de una sentencia favorable para la señora Fox, al final del engorroso proceso civil planteado.

Pero no le hubiera ido mejor con una denuncia penal. La promoción legal de la esposa del Presidente agregaría a la publicidad gratuita con la que ha premiado a la "periodista" argentina (más mexicana que el jarabe tapatío) un nuevo premio propagandístico: el de su conversión en mártir del ejercicio de las libertades informativas, a manos de la "poderosa" pareja presidencial.

Eso sería lo previsible, con una vigente, pero en desuso, Ley de Imprenta, que previene castigos corporales de prisión a quien perpetre "ataques a la vida privada", o con un Código Penal que establece los delitos de difamación y calumnia, castigados también con cárcel, de cara a una tendencia mundial opuesta a la penalización -a la atribución de consecuencias penales o sanciones corporales- a las trasgresiones informativas.

Pero la vía civil mexicana es igualmente vulnerable y proclive a reafirmar la impunidad de los abusos "informativos".

Conforme a los estándares mexicanos, a la señora Wornat le será de lo más sencillo probar que en la perpetración de su producto ha ejercido "sus derechos de opinión, crítica, expresión e información", excepciones previstas en el artículo 1916 Bis del Código Civil para ser opuestas al reclamo, por la parte ofendida, de la indemnización por daño moral.

Avales le sobran a Wornat para acreditar su condición de periodista y el interés profesional de sus "aportaciones" al debate público mexicano.

Como lo ha registrado Juan Manuel Martínez, socio fundador de Consultores en Investigación y Análisis de Medios (Ciam) en su espacio dominical "Instantáneas de política y propaganda" en Crónica, "en diferentes momentos, Carmen Aristegui (Radiópolis / Canal 11) ha esgrimido argumentos en favor de la obra de Wornat: hizo suyo el argumento de que no publica nada que no haya corroborado por lo menos con cinco fuentes; y ha señalado que la periodista argentina tiene en su haber el tratamiento de temas que acaban siendo verdad o que acaban traduciéndose en investigaciones judiciales".

Y Carlos Loret de Mola (Televisa / Radiópolis) "ha dado amplio espacio a los planteamientos de Wornat, a propósito de su libro Crónicas malditas. Además de hacerle entrevistas (una tan mexicana expresión endogámica de periodistas entrevistando periodistas) le ha dedicado otros comentarios".

The Economist tropieza también con la tentación de hacer pasar por mártir de las libertades informativas a la señora Wornat, a quien de paso le traduce el título de su libro: Accursed Chronicles, como anticipando el título de la versión inglesa de este timo editorial.

También traduce -con menos rigor- la figura jurídica del daño moral por libelo (libel). Y menos acertado resulta su humor británico, no cuando señala que es infrecuente que las figuras políticas se metan en problemas con pequeñeces como demandas legales -lo cual es cierto- sino cuando afirma que la censura y la intimidación han sido la vía normal de arreglar las cosas. En realidad -con cada vez menos capacidad, desde hace tiempo, de ejercer formas de censura e intimidación- las figuras políticas tampoco suelen emproblemarse con procesos legales, sino con formas cada vez más diversificadas de colusión de intereses, regidas, por cierto, no desde el poder de las figuras públicas, sino desde el poder de los medios y sus operadores, que son los que ponen precios y condiciones.

Reconoce The Economist que se ha ensanchado en México la libertad de prensa, pero las colusiones propias de las mal entendidas solidaridades gremiales le impiden ver que lo ganado por los medios mexicanos en independencia, no lo han ganado en transparencia. Y que un producto como Accursed Chronicles no habría pasado ni el primer filtro de la más descuidada casa editorial británica.



Director de la División de Estudios Profesionales de la Universidad Iberoamericana y titular de la Cátedra Unesco/UIA.
jose.carreno@uia.mx



* * *

Unesco

Código Internacional de Ética Periodística (1983)

6. Respeto de la vida privada y de la dignidad del hombre: El respeto del derecho de las personas a la vida privada y la dignidad humana, en conformidad con las disposiciones del derecho internacional y nacional que conciernen a la protección de los derechos y a la reputación del otro, así como las leyes sobre la difamación, la calumnia, la injuria y la insinuación maliciosa, hacen parte integrante de las normas profesionales del periodista.



* * *

Consejo de Europa

Código Europeo de Deontología del Periodismo (1993)

23. El derecho de las personas a la vida privada debe ser respetado. Las personas que ejercen funciones públicas tienen derecho a la protección de su vida privada, salvo en caso de que ello pueda tener incidencia en la vida pública. El hecho de que una persona ocupe un puesto en la función pública no le priva del derecho al respeto de la vida privada.

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