El IFAI, sin complacencia
Por una de las decisiones presidenciales más importantes y provechosas de esta administración, desde el 12
de junio pasado es vigente la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así
como su órgano de operación, el Instituto Federal de Acceso a la Información. México tiene un andamiaje legal
eficiente (aunque todavía insuficiente), que garantiza la información solicitada. Pero hay que evitar la autocomplacencia
y tener en cuenta estas vertientes:
1. La ley aún no provoca prácticas generalizadas. Hasta el 24 de noviembre de 2003, de 21 mil 919
solicitudes recibidas por el IFAI, poco más de 50% provienen del Distrito Federal (diez mil 986) mientras que, por ejemplo,
el instituto sólo recibió 44 solicitudes de Zacatecas, 55 de Nayarit, 56 de Baja California Sur y 88 de Guerrero.
2. La ley genera resistencias. Desafortunadamente, el IFAI no las ha difundido pero no son pocas ni menores.
Unas tienen que ver con el secreto bancario y otras con solicitudes referentes a temas de migración. Sería importante
que el IFAI pormenorizara en éstas y pudiéramos saber si son legales o si la norma con la que se rige el instituto
es insuficiente.
3. La ley no precisa lo confidencial. Tal vez, una vuelta de tuerca a la norma sea precisamente clasificar
lo confidencial porque establecida en un marco muy general, la norma puede ser recurso de esas resistencias.
4. La ley no inventa información. Hay un problema, quién sabe qué tan recurrente, pero llega a suceder que
la información que se pide no existe. Sin duda, una de las sinergias más importantes que puede desatar la ley
de transparencia es relativa a la ineficiencia del gobierno. Por ejemplo, la solicitud de
etcétera a la SCT sobre el
padrón de las radios comunitarias que la secretaría no tiene (o dice no tener).
5. La propaganda del IFAI subraya que, en menos de dos años, 13 estados tienen una ley local de acceso a
la información (y que en breve siete más serán resueltas). Qué bueno. Sin embargo, el IFAI omite que éstas
son desiguales, que no es lo mismo la ley de Sinaloa que la de Jalisco, por ejemplo, cuyos mecanismos entorpecen
el acceso a la información.