El silencio de la SCT
El pasado 13 de febrero, etcétera envió a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes una carta, en la
cual le solicitó una copia de los títulos de concesión de las siguientes frecuencias: XHIMT Canal 7, XHDF Canal
13, operadas por la empresa TV Azteca; XEW Canal 2, XHTV Canal 4, XHGC Canal 5, XEQ Canal 9, otorgadas a
Televisa; así como también algunos otros de varias estaciones radiofónicas.
El 2 de abril, Fernando Borjón Figueroa, titular del área de televisión de la Dirección General de Sistemas de
Radio y Televisión de la SCT, respondió a la solicitud de
etcétera en un documento en el que la dependencia pone
de pretexto la no entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental, para no hacer públicos los títulos de concesión solicitados.
Para justificar la negativa, Borjón Figueroa cita varios artículos de la mencionada ley.
El director de televisión de la SCT alude al artículo 7 "del citado ordenamiento legal (que) dispone, con
excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta ley, que los sujetos obligados deberán poner a
disposición del público y actualizar, en los términos del Reglamento y los lineamientos que expida el Instituto o la
instancia equivalente a que se refiere el artículo 61, entre otra información, la relativa a las concesiones, permisos o
autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos".
Asimismo, el funcionario se refiere a los plazos de entrada en vigor de la ley y su cumplimiento posible, a
partir de que existan las unidades de enlace y los procedimientos que permitan llevar a cabo la aplicación de ésta.
El documento concluye: "Se hace de su conocimiento que esta unidad administrativa realiza las acciones
conducentes para cumplir con lo dispuesto por el artículo 7... De conformidad con lo expuesto, por el momento no es
posible satisfacer favorablemente su petición".
La justificación que utilizan las autoridades de Comunicaciones y Transportes, de atenerse a los tiempos de la
ley de acceso a la información, es un pretexto para no hacer pública un información que no debiera requerir
mayor sistematización para ser otorgada pues de origen ya es pública.
La Ley Federal de Radio y Televisión (1960) dispone en su artículo 19: "Otorgada la concesión, será
publicada, a costa del interesado, en el Diario Oficial de la
Federación". Mientras que el artículo 21 de la misma ley señala
que las concesiones contendrán cuando menos el canal asignado, ubicación del equipo transmisor, potencia
autorizada, sistema de radiación y sus especificaciones técnicas, horario de funcionamiento, nombre (clave o indicativo)
y duración.
El 12 de junio comienza a aplicarse la ley de acceso a la información, y aunque la SCT ya advirtió que el
"Transitorio Segundo de dicha ley dispone que, la publicación de la información a que se refiere el Artículo 7 deberá
completarse a más tardar, un año después de la entrada en vigor de la ley",
etcétera espera que se diluyan los pretextos y
la información respectiva se haga pública, como debiera ser con o sin la ley de transparencia. De cualquier modo,
el día en que entre en vigor la ley de transparencia, el 12 de junio temprano, cuando abran las oficinas,
estaremos entregando, otra vez, la solicitud de información. A ver qué dicen las autoridades de la SCT en esa ocasión.