En los juzgados, ganó Raúl Trejo Delarbre
Y en la probidad académica, ética y profesional, también
En lo que constituyó un logro en la permanente causa por la libertad de expresión y el derecho a la crítica,
la Procuraduría General de Justicia del DF resolvió no ejercer acción penal contra el periodista Raúl Trejo Delarbre
por no encontrar elementos suficientes que comprobaran la comisión del delito de difamación que acusó en su
contra el locutor Pedro Ferriz de Con. El cuerpo directivo de
etcétera, aunque no deja de señalar la dilación de
las autoridades para tomar esa decisión, se complace de que esta determinación se haya dado apegada a derecho.
A Raúl Trejo Delarbre, ex director de esta revista, no le mandamos un abrazo porque tenemos oportunidad de
hacerlo siempre. Aquí, sólo dejamos testimonio del cariño y respeto que le tenemos.
Los antecedentes
El 11 de noviembre de 2002, el locutor Pedro Ferriz de Con demandó ante la Procuraduría General de la
República al columnista de
Crónica, luego de que éste publicó un artículo en el cual hacía referencia, como antes lo
habían hecho numerosos medios de comunicación, al cuestionable desempeño profesional de Ferriz. (En enero
pasado, la PGR se declaró incompetente para atender la denuncia y trasladó el expediente a la PGJDF.)
Tras hacer una recopilación de jurisprudencia y revisar la legislación vigente, la dependencia determinó que
en los comentarios impugnados por Ferriz de Con no existió el dolo que la ley considera necesario para que
haya difamación y que el contenido de las columnas fue publicado "en ejercicio de la garantía de libertad de
comunicación y prensa consagrada en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos". En
la resolución, además, se considera que el denunciante presentó "apreciaciones subjetivas" y no "pruebas que
no den lugar a duda" para, como demandaba, acreditar el ejercicio de la acción penal.
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Raúl Trjeo Delarbre |
Como se recordará (ver
etcétera núm. 28, febrero, 2003) el columnista de
Crónica publicó un artículo, el 5
de noviembre, donde hacía referencia a la forma grosera en que Ferriz de Con había impedido a la periodista
Carmen Aristegui transmitir su noticiero vespertino en Imagen. Asimismo, puso algunos ejemplos de la falta de
probidad ética y profesional del locutor. Al respecto, comentó: "No son un secreto las relaciones políticas y las
actividades comerciales que Ferriz suele desplegar en busca de beneficios comerciales. El injustificable e insolente abuso
que cometió en contra de Carmen Aristegui al impedirle ejercer su trabajo periodístico no es contradictorio con
la discutible trayectoria salpicada de infracciones éticas que Ferriz ha protagonizado desde hace años".
Asimismo, el columnista recordó cuando el locutor impidió que el senador Javier Corral hiciera uso de su
derecho de réplica luego de haber sido injuriado por Ferriz de Con y también rememoró cuando, en 1998, infamó al
entonces director de Proceso, Julio Scherer García, a quien, mediando una demanda penal, Ferriz tuvo que ofrecer
una disculpa.
Por considerar que se trataba de señalamientos infamantes, el 11 de noviembre, como ya dijimos, Ferriz de
Con presentó la querella de cáracter penal, y dos días después, el 13 de noviembre, envió una carta a la redacción
de Crónica donde pese a que ya había presentado la demanda contra Trejo Delarbre, señaló que se reservaba el
derecho a formular la denuncia penal correspondiente.
Ese mismo día el periodista comentó en su columna: "Nada nuevo dije de Ferriz de Con, pero contribuí
a documentar sus propensiones infamatorias"; además, Raúl Trejo invitó al locutor a debatir en un foro
académico sobre el tema de la ética en el ejercicio periodístico. El conductor de Imagen Informativa nunca respondió.
Hoy, medio año después de aquellos sucesos, queda claro, como lo señaló el propio Trejo Delarbre, que
la resolución de las autoridades judiciales ratifica el derecho al comentario y al análisis periodístico a partir de
hechos documentados. "No es una patente de impunidad para que los comentaristas nos entrometamos en la vida
privada de los personajes públicos, sino más bien ratifica el derecho que tenemos a opinar sobre asuntos públicos
de cualquier tipo de ciudadanos"
(Crónica, 13/V/03).