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No hay acceso gratuito de los partidos y candidatos a la radio y la televisión. Ojalá eso pronto aconteciera en México y los radiodifusores contribuyeran con esa parte tan importante a la construcción democrática; por ahora, sólo podrán disponer de los tiempos oficiales, durante los 90 días previos al día de la jornada electoral en el caso de elección presidencial o de gubernaturas, y 45 días antes en el caso de los demás procesos electorales federal o local. Dice el anteproyecto que el consejo deberá poner a disposición del IFE la totalidad de los tiempos de Estado, salvo los dispuestos para la difusión de mensajes referidos a la seguridad nacional y salud pública; y éstos deberán ser destinados para la promoción del voto, así como de los partidos políticos para la promoción de sus candidatos y la difusión de sus plataformas electorales.

En el anteproyecto se ordenan y explicitan las maneras de uso, administración y distribución de los tiempos, a fin de evitar la discrecionalidad. Es mentira que se dupliquen los tiempos.

Lo que no se dice es que con la nueva ley, el denominado "tiempo fiscal" desaparece, y se reforma el artículo 3 de la ley que establece, reforma y adiciona las disposiciones relativas a diversos impuestos, en vigor desde 1969, excentando del impuesto a los concesionarios de radio y televisión. De esta manera, nunca más tendrán la amenaza de pagar como impuesto el 25% de los ingresos de su emisora.

11.- No conforme con ello, le permite a los Medios Públicos comercializar hasta 75 minutos diarios -lo que equivale al 7% de su tiempo total. Lo que claramente es una competencia desleal pues estos medios cuentan con financiamiento público y éstos no pagarían contraprestación alguna.

El anteproyecto establece la categoría de medios de Estado, que al ser operadores de una frecuencia para prestar un servicio público al que está obligado, ciertamente no paga contraprestación por el uso de esa frecuencia que le es propia al Estado. Esto no los excluye de todas las demás obligaciones fiscales, y como contraparte sí están sujetos en el proyecto a una serie de requisitos y obligaciones que no se imponen a los medios comerciales, entre las que se encuentran incluso, las características de sus consejos de administración y condicionantes para su programación y altos índices de calidad.

La necesidad de diversificar para los medios de Estado sus fuentes de financiamiento, no sólo tiene como base la estrechez del presupuesto público, sino también la necesidad de incrementar su independencia política y la credibilidad indispensable para cumplir mejor su función de servicio a la sociedad, y no sólo con enfoque gubernamental. Más allá de que los ingresos que obtengan por esa fuente está etiquetada a reinvertirse en capacitación, inversión tecnológica y producción. No para incrementar nóminas ni burocracia, como engañosamente se afirma.

El planteamiento del 7% de comercialización, y su traducción a 75 minutos diarios, puede prestarse a un espantasuegras si no se realiza un comparativo necesario con el tiempo comercial propuesto para los concesionarios. En las 18 horas de tiempo comercializable, de las seis de la mañana a las 12 de la noche, la radio dispondrá de 432 minutos (siete horas); la televisión de 216 minutos (tres horas y media); mientras que los medios de Estado y permisionados 75 minutos (una hora y 15 minutos). En serio, ¿esto es una competencia desleal?

12.- De mayor gravedad resulta que inventa una nueva categoría de "permisos" los que se deberán a grupos sociales (ej. AMARC) y les asegura cuando menos el 20% del espectro radioeléctrico nacional. Estos "permisos", que pretenden sean miles, tienen el agravante que se darán de forma completamente discrecional, con la crítica adicional que no existe una publicación previa a su otorgamiento que permita ni siquiera conocer quiénes se están beneficiando con estos permisos.

¿Pretenden convencer con estas argumentaciones falsas? Aclaremos: si alguna resulta novedosa en el dictamen, no es ésta, que está en la actual ley y proviene desde 1960. Ahí se han incorporado todas las emisoras no comerciales; en el dictamen se trata de darle a cada quien su lugar.

No es cierto eso de que "se deberán a grupos sociales", el dictamen no predetermina a nadie el otorgamiento; y raya en el absurdo la afirmación de que la disposición del 20% de reserva para permisos representaría "miles". El radiodifusor más modesto o aislado del país sabe que hoy el total de frecuencias operando en radio y televisión, permisos y concesiones juntas es de dos mil 178. Si eso fuera lo que se contiene en la nueva ley, significaría 430 permisos, 137 menos de los que hoy tenemos. Pero eso no es el supuesto, ni la pretensión.

Es falso que el proyecto disponga una reserva del 20% del total del espectro radioeléctrico nacional, al menos que se quiera leer otro dictamen. El que presentó la Subcomisión establece en su artículo 33, que las frecuencias que se destinen a permisos, no podrán ser menores al 20%, de la disponibilidad total establecida en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias de acuerdo con sus zonas de cobertura, esto es, de lo que se convoque de aquí para adelante. ¿Y por qué esta disposición?, por la necesidad de equilibrar el modelo de comunicación en el que no toda la programación esté fincada sólo en la disputa por el rating y los ingresos comerciales para los dueños de los medios. Se necesitan medios que también difundan contenidos educativos, culturales, de orientación social, que atiendan a necesidades tan heterogéneas como el rico mosaico de diversidad cultural que es México.

Pero además, el proyecto dispone que aquellas frecuencias que hubieran sido determinadas para una categoría específica, como es el caso del 20% de permisos, y que no hubieren existido interesados en prestar ese servicio, el consejo podrá, respetando los mínimos establecidos en el artículo anterior, ofrecerlas bajo otra categoría, para lo cual deberá emitir declaratoria pública debidamente fundada y motivada.

El colmo de la carta de la CIRT es que afirme que no hay mecanismo de publicación para los permisos y que no se podrá saber "quiénes se están beneficiando con esos permisos". Estos son los requisitos, de convocatoria pública, contemplados en el proyecto: "serán como mínimo:

I. Datos generales del solicitante;

II. Acta Constitutiva, o cualquier otro documento que conforme a derecho acredite la personalidad jurídica de la institución u organización;

III. Zona geográfica que se pretende cubrir con el servicio;

IV. Potencia y horario de funcionamiento;

V. Modalidad de interés, en función de los usos pretendidos: de carácter educativo, cultural, social, científico o de experimentación;

VI. Plan de operación y acreditación de capacidad financiera;

VII. Proyecto de producción y programación;

VIII. Designación de un representante responsable del proyecto;

IX. Compromisos que asumirían en caso de adjudicación de la frecuencia, para cumplir en forma satisfactoria la función social a que se refiere el artículo 5 de la presente ley; y

X. Mecanismos con los que garantizará la pluralidad y el acceso de la sociedad en la programación de la emisora.

13.- Este inusitado grado de discrecionalidad es acompañado del hecho que estos permisos podrán también comercializar 75 minutos diarios -7%- y además no están obligados a pagar ninguna de las contraprestaciones que se le pretenden imponer a la industria.

Falso. Los permisos están obligados a pagar todos los impuestos y derechos que impone la ley vigente, y que retoma el proyecto de ley. Siempre he sido de la idea de que debería diferenciarse ese pago, pues no tienen la misma finalidad, sin embargo, ésta mi postura muy personal no triunfó, y sin ganancias lucrativas y la mayoría de ellas sin recursos para subsistir, tienen que pagar por el permiso la misma cantidad que paga un concesionario. A la AMARC se le puede consultar el monto que ha pagado por cada permiso de los seis que hasta ahora únicamente les ha otorgado la administración del Presidente. Me parece indigno que se esgriman estas mezquindades como razones, frente a las ganancias multimillonarias que en dólares tienen los principales consorcios. Televisa obtuvo el año pasado utilidades netas de más de 500 millones de dólares.

14.- Por otro se inventa un nuevo órgano regulador -el Consejo Nacional de Radio y Televisión con facultades censoras y totalmente discrecionales basados en criterios subjetivos y de contenido. Además de inconstitucional.

En primer lugar no se inventa, está contenido en la ley actual en el artículo 90, como órgano coordinador de la ley, pero sólo integrado por el gobierno, los concesionarios y dos representante del sindicato de trabajadores; carece de facultades importantes, y ahora por virtud del reglamento del 10 de octubre de 2002, rebajado a categoría de consultivo.

Lo cierto es que la estructura ciudadanizada del consejo que se propone, no violenta ningún precepto constitucional. El consejo realizará funciones sustantivas que actualmente ejercen la SCT y Gobernación. Por un lado, es conveniente pasar la administración del espectro a un órgano con independencia y autonomía, que transparente y despolitice esta función; por otro consideramos que la vigilancia de los contenidos debe separarse de las funciones de Gobernación cuya responsabilidad esencial es la conducción de la política interna del país. Con ello se busca despolitizar la regulación sobre la programación, lo que constituye un paso fundamental para garantizar la libertad de expresión y avanzar hacia la democratización de los medios.

Como resultado de la discusión y el debate generado en la reunión de las Comisiones Unidas celebrada el lunes 13 de diciembre de 2004, el dictamen vuelve a incorporar la propuesta de la Subcomisión senatorial encargada del análisis y estudio de la iniciativa, en cuanto a considerar a la autoridad reguladora como un órgano desconcentrado de la SCT a fin de que cumpla sin contravención constitucional alguna la importante función de otorgamiento de concesiones y permisos para operar estaciones de radio y televisión, como sucede con otros organismos desconcentrados en la administración pública federal, es el caso de la Conagua, por citar un ejemplo.

La sugerencia de modificar la Ley Federal de Telecomunicaciones es una propuesta que deberá ser tomada en cuenta en el futuro cercano. Por ahora, habría que recordar que los propósitos que animan la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRT) y la Ley Federal de Telecomunicaciones son distintos. En efecto: de la revisión de los artículos 1 y 7 de la LFT y de los artículos 2 y 3 de la LFRT se desprende claramente que el propósito de la LFT gira en torno a la infraestructura de las telecomunicaciones y la LFRT a la regulación de la prestación del servicio de radio y televisión, sea cual sea el medio técnico por el que se transmita la señal. No obstante, derivado de la convergencia digital en marcha los puntos de identidad entre la LFT y la LFRT tenderán a mediano plazo a buscar la conveniencia de unificar la legislación en la materia.

Pero es absolutamente falso que se restrinja la libertad de expresión. Es difícil que los que suscriben la carta puedan probar con una sola disposición del proyecto, el carácter censor del órgano que se propone. Ha sido la tradicional cantaleta de "La Ley Mordaza" con la se quiere amedrentar a los legisladores. Si en alguna parte hoy se practica la censura, el veto, y la presión a comunicadores es en la televisión y en los grupos radiofónicos más importantes del país. Me ofrezco como prueba en calidad de testigo y víctima, aún con vida, de todo tipo de calumnias, injurias, difamaciones y censura.

15.- Es un proyecto que no tiene comparación internacional y es un serio retroceso para el País. De hecho, sólo se compara en varios apartados con la Ley de Radio y Televisión recientemente aprobada por Hugo Chávez, en Venezuela.

Cada país tiene su propia legislación, y el avance regulatorio se ha ido incorporando en la medida de las características nacionales, de las necesidades del mercado y de la madurez de su democracia. En efecto, el proyecto de ley está muy por debajo de los parámetros internacionales, sobre todo en materia de reglas de competencia. Nosotros hemos incorporado apenas una sola de las reglas que limitan la propiedad de medios electrónicos, la regla del 35%, de la que por cierto los dirigentes de la industria no hacen mención alguna. En otros países, como en Estados Unidos, las reglas de competencia incorporan límites a la propiedad cruzada, tienen 23 reglas antimonopólicas en la ley, y un órgano regulador fuerte para que las aplique. A una cadena de televisión que transmitió la imagen en la que una cantante por accidente mostró un seno en un partido de futbol americano, la FCC -el órgano regulador del país más liberal-, le impuso una multa de 500 mil dólares.

Si como afirman los licenciados de la CIRT no tiene comparación internacional, sería recomendable que los radiodifusores realizaran el ejercicio que sí llevamos a cabo los legisladores de revisar el derecho comparado internacional; que se asomaran a las características, funciones y facultades del Consejo Superior del Audiovisual en Francia; de la Comisión Nacional de Televisión de Colombia; la Comisión Nacional de Radiodifusión y Telecomunicaciones en Canadá; la Comisión Nacional de Televisión de Chile; y por supuesto la Comisión Federal de Comunicaciones de Estados Unidos, país al que tanto va la mirada de los que siempre recomiendan la modernidad.

Cabría aclarar que, por cierto, el de Venezuela ni se tomó en cuenta. No lo conozco.

16.- Por último, cierra el acceso a nuevas tecnologías, disminuye de 30 a 10 el número de años de vigencia de las concesiones establecido en la Ley, y aumenta exponencialmente las multas y los motivos para sancionar a radiodifusores.

Además de falsa es grotesca la afirmación. No lo ha cerrado la actual ley con 45 años de existencia, desfasada de la realidad que pretende normar, con un atraso de nuestro cambio político, económico, social y cultural a todas luces. La industria de la radiodifusión ha pasado todas las innovaciones tecnológicas sin necesidad de una reforma legal, y hasta servicios de telecomunicaciones prestan ya a través de subcanales que subarrendan para servicios agregados. No sólo no hay cierre, se incorporó un capítulo de servicios auxiliares, adicionales y agregados para que su desarrollo y acceso se haga en forma ordenada. Esa es una atribución a la que el Estado no puede, ni debe renunciar.

En México las concesiones bajo la actual ley pueden ser otorgadas "hasta" por 30 años, sin criterios objetivos, con la discrecionalidad más aberrante del sistema jurídico, "al libre juicio del secretario". El anteproyecto propone, en efecto, el plazo de diez años, pero lo que no dicen es que su renovación es casi automática, pues existe un solo requisito para ello, que no se haya violentado sistemática y gravemente la ley.

17.- Ten la seguridad que con tu apoyo y el trabajo coordinado de toda la Industria, y del Consejo Directivo habremos de salir adelante pues la razón jurídica y moral está de nuestro lado.

La carta es asombrosa. Pero habla por sí misma del deterioro de la comunicación en el país, es explicativa de esta evolución hacia lo peor de nuestros medios. Si ese es el lenguaje de los propietarios, ¿cuál quisiéramos que fuera el de los comunicadores? Es vasta la producción literaria sobre la subjetividad, la veracidad, el engaño o la reserva mental. Es que la mentira no sólo nos conduce a pensar en problemas de la mente y del conocimiento o las cuestiones éticas, jurídicas o políticas, es que todo trato con cosas, hechos e ideas o todo el trato humano tienen que ver con la falsedad y la veracidad. "Incluso la antorcha -viejo simbolo de la verdad-, poco tiene de recta ni de armónica; es un tanto informe y retorcida, bien sea un trozo de madera resinosa, bien un bloque de tres o cuatro velas enroscadas".

Sí, en el debate sobre la nueva Ley de Radio y Televisión hay muchas mentiras. Las de arriba suscritas por los dirigentes de la CIRT, son algunas de las que se repiten con bastante frecuencia, envenenando el ambiente y sobrecogiendo incautos. Lo peor es que hay muy pocos medios en donde contestar, replicar, aclarar. Pocas excepciones, sin duda una de ellas: etcétera. Estoy convencido de que al final se abrirán paso las verdaderas razones del avance o retroceso del proyecto que hemos impulsado, confío en que se impondrá la razón moral.





Senador de la República por el PAN.
jcorral@senado.gob.mx



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