etcétera el país el mundo dinero columnas
águila y sol gente ciberia medios
ensayos libros cultura espectáculos
etcétera
águila y sol

No
¿Prohibir fumar en
lugares públicos?

José Carlos Castañeda

 

Foto: Cigar Aficionado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sí. Es mejor el derecho de los no fumadores

Volga Cecilia del Riego S.

¿Te molesta que fume mientras comes?

¿Y a ti no te molesta que coma mientras fumas?

Hace relativamente poco, era costumbre que los fumadores, encontrándose en grupo, preguntaran a otros "¿les molesta que fume...?" y, sin esperar la respuesta, encendieran un cigarro. Era una simple fórmula de cortesía porque el fumador no esperaría jamás -por una fórmula de cortesía recíproca- una negativa. Pero todo cambia, y también en este aspecto las cosas han cambiado: con el tiempo, las áreas de fumar y de no fumar en los lugares públicos han venido sustituyendo a las fórmulas de cortesía.

Al igual que otro tipo de restricciones necesarias para asegurar la convivencia pacífica y civilizada, los fumadores han ido aceptando, poco a poco, restricciones al ejercicio de su derecho a fumar, en el sitio y a la hora que más les cuadre, si bien tales limitaciones no han representado freno alguno para inhibir el uso del tabaco. (Según algunas estadísticas, en los países desarrollados el consumo anual por adulto se ha incrementado de mil 400 a mil 500 cigarrillos.) Pero la restricción que a partir del 8 de agosto enfrentarán los fumadores para ejercer su derecho a atiborrarse los pulmones con humo de cigarro, cigarrillo, puro, o tabaco para pipa que más les satisfaga, en el lugar que más les agrade, generará sin duda protestas airadas entre los afectados.

A partir de esa fecha, los fumadores verán restringido su derecho a disfrutar de los humos del tabaco en oficinas públicas, aeropuertos y terminales aéreas, centrales camioneras, estaciones de ferrocarril, terminales e instalaciones portuarias, hospitales y clínicas, e instituciones educativas, quedándoles expeditas para ejercer su derecho y su placer de fumar, la vía pública, su propia casa -si es que su pareja y sus hijos se los permiten-, además de los bares, cantinas y las áreas de fumadores en los restaurantes.

A primera vista, la restricción puede parecer excesiva. No lo es. Según cifras de la Organización Mundial de Salud, cerca de tres millones de personas mueren al año en el mundo a consecuencia del consumo del tabaco y, de acuerdo con la tendencia creciente que ha mostrado el índice de mortandad por esta causa, es de esperarse que la cifra aumente cada año. La adicción al tabaco incrementa la propensión de los seres humanos a padecer diversas enfermedades pulmonares: desde una simple tos hasta enfermedades incurables, como el cáncer en los pulmones o el enfisema pulmonar.

¿Y qué si los fumadores, con tal de no perderse del placer de fumar, quieren arriesgarse a morir así? Quizá no habría mayor problema si el humo que inhalan se quedara exclusivamente en sus pulmones; pero no, como cualquier gas, el que desprenden los cigarros encendidos y los fumadores se expande sin límite y sin permiso del no fumador se introduce también en sus pulmones y lo convierte en un fumador pasivo y, por ende, partícipe de la propensión al cáncer, al enfisema o a la tos.

¿Fumar es un derecho? Por supuesto que sí, y para los fumadores sin duda también constituye un placer; pero, como todos los derechos (y todos los placeres), el de fumar tiene sus propias limitantes y obligaciones correlativas. Cabe recordar que el ejercicio de un derecho prevé una obligación: el que compra tiene el derecho a recibir la cosa comprada y la obligación de cubrir el precio pactado; frente al derecho de los ciudadanos a recibir educación básica encontramos la obligación del Estado a proporcionarla, etcétera. Existen también derechos mejores que otros, ya sea por sus alcances o por su mayor antigüedad: un eje vial tendrá por más tiempo la luz verde del semáforo que una calle transversal de menor importancia.

El fumador tiene derecho a fumar y a enfermarse; pero existe un derecho mejor frente al suyo: el derecho del no fumador a no pagar las consecuencias del tabaquismo.

Cuando un ser humano decide autoflagelarse -como sucede con quienes participan de manifestaciones religiosas, en que terminan con las rodillas destrozadas- su decisión causa estragos solamente a su cuerpo y solamente el autoflagelado sufre las consecuencias; pero si decide además flagelar a otros, está incurriendo en un delito castigado por las leyes penales. Quizá el ejemplo sea chocante y excesivo, pero resulta útil para ejemplificar los límites que guarda uno y otro derecho

Volga Cecilia del Riego es asesora del grupo parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados.

principal | correo | publicidad | búsqueda | suscripciones | anteriores