![]() |
el país | el mundo | dinero | columnas |
| gente | medios | ciberia | ensayos | |
| mañana | tianguis | libros | cultura | |
| espectáculos | etcétera | |||
|
el país |
||
|
la granja memoria personal
|
textos Democracia laica
José Woldenberg
La Junta General Ejecutiva propuso al Consejo General del IFE sancionar al PAN y al PRI por violar el artículo 38 del Código Federal Electoral. ¿Qué dice la ley en esta materia? De una manera extraordinariamente clara señala que es obligación de los partidos políticos "abstenerse de utilizar símbolos religiosos, así como expresiones, alusiones o fundamentaciones de carácter religioso en su propaganda". No creo que haya lugar a equívocos ni a una interpretación alternativa. Ese es nuestro punto de partida, el que hemos repetido una y otra vez: la autoridad electoral, sea la Junta General Ejecutiva o este Consejo General o cualquier otra, no puede hacer más que tomar sus decisiones en estricto apego a la Constitución y a la ley electoral, sin duda y sin vacilación alguna. Puedo entender que alguien o algunos estén en desacuerdo con esa concepción legal y constitucional, que estén en desacuerdo con la separación clara entre política y religión. Puede discutirse, por supuesto. Pero entiendo dos cosas: como autoridad electoral no podemos sino aplicar la legalidad que existe, al margen de nuestras preferencias, de nuestras filias y fobias. Y en segundo lugar: sólo el Poder Judicial puede juzgar a una ley, sólo éste puede decirnos si una norma se ajusta a la Constitución o no. La Suprema Corte en este mismo año ha emitido dos tesis de jurisprudencia que refuerzan esa obligación: la propia Constitución prevé un mecanismo para realizar esa revisión. Sobre todo, entiendo que respetar la Carta Magna significa, en primer lugar, respetar las vías de revisión que la Constitución misma señala. Ahora bien, si se abriera un debate sobre la validez de la norma en esta materia, una discusión en torno a la separación entre iglesias y partidos, personalmente me inclinaría por el contenido y el sentido actual de la Constitución y de la ley. Habrá quienes consideren a esos preceptos injustos o arbitrarios, pero no son accidentales ni caprichosos. Para bien o para mal son producto de nuestra propia historia. La Constitución y la ley aciertan: creo que la politización de los sentimientos religiosos no es un fenómeno deseable para la sociedad mexicana moderna. Nuestra comunidad nacional, luego de un largo, costoso y complejo proceso histórico, decidió trazar una línea entre lo público y lo privado, colocar el sentimiento religioso en la esfera no política, que las creencias de cada quien estén más allá de la jurisdicción de mayorías y por supuesto de funcionarios. Esta línea que consigna la Constitución y la ley electoral no sólo protege a la esfera privada de cualquier intromisión del Estado sino que también protege a la esfera pública de problemas irresolubles, de las creencias que por ser eso, creencias, fe, no pueden resolverse por medios políticos. Samuel Huntington ha dicho que los sistemas políticos y las culturas que no han logrado establecer una firme separación entre religión y política, "no son hospitalarios para la democracia". Esta no es una postura excluyente. La Iglesia católica, por ejemplo, ha declarado explícitamente y con claridad que no es su intención incorporarse a los asuntos o a las campañas partidistas, que asumen los principios del laicismo y que los asuntos del Estado no son ni pueden ser de su competencia. Así pues, se puede definir al laicismo como la neutralidad religiosa del Estado, como la plena libertad y la garantía para que una sociedad y los individuos que la integran puedan profesar una creencia o una religión, la que ellos deseen, o no profesar ninguna. Pero el laicismo es también el establecimiento de un espacio público, civil, en el que la actitud religiosa queda reservada al ámbito privado. Gracias al laicismo el país ha creado un espacio de civilidad, abierto a todos, en su condición de ciudadanos libres e iguales, que discuten y apelan sólo a la fuerza de sus argumentos. El laicismo coloca a la religión en el espacio donde debe estar: en el ámbito de la conciencia y la fe personales, de las creencias, del culto, los símbolos y los ritos en los templos, pero nunca en los planteamientos ni en la propaganda ni en el litigio político del poder terrenal. Como autoridad tenemos un doble mandato: respetar la Constitución y, asimismo, la ley electoral; nuestro criterio, nuestra intención, nuestra interpretación, no está encima de la ley; si actuásemos en contrario estaríamos abriendo una puerta franca a la discrecionalidad y a la subjetividad. Es decir, a uno de los principales defectos que queremos desterrar de la práctica electoral. La Constitución y la ley están ahí y ése fue el único escalpelo que utilizamos al elaborar este dictamen. Y echamos mano exactamente del mismo rasero. Llamo su atención sobre el punto que el consejero Zebadúa subrayó al principio de esta discusión: el hecho de que el PRI y el PAN se hayan acusado mutuamente, recurriendo a la misma causal; que hayan fundamentado su acusación en el mismo artículo del Código Electoral, es el reconocimiento más elocuente de la vigencia de esa norma, de que los propios actores asumen su importancia y validez. Y me congratulo al escuchar el compromiso de todos los partidos con el principio laico y con la ley que lo traduce. Creo que nuestros partidos políticos, todos, saben que el laicismo es la base histórica y cultural que ha permitido el desarrollo de la competencia política y de la convivencia civilizada. Saben que es un elemento que permite la coexistencia de diferentes credos y de quien no profesa ninguno, y permite descargar a la propia esfera política de tensiones inconvenientes. A fin de cuentas, los partidos políticos saben, mejor que nadie, que la separación entre política y religión es un componente esencial de nuestra historia, de nuestra cultura política, de nuestra democracia y, también, de nuestra modernidad José Woldenberg es consejero presidente del Instituto Federal Electoral. Este es un extracto de la intervención del autor en la sesión del Consejo General del IFE del 30 de noviembre de 1999, donde se sancionó al PAN y al PRI por utilizar símbolos religiosos. |
|
|
|